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BOC-A-2019-062-1502.
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BDNS (Identif.): 446159.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Las personas jurídicas bajo cualquiera de las formas admitidas en derecho o las asociaciones sin personalidad jurídica, siempre y cuando entre las finalidades o el objeto social de las mismas figure el suministro o reparto de aguas con fines agrícolas o la explotación de fincas agrícolas.
Dichos beneficiarios deberán además cumplir los requisitos exigidos en la Sección 3ª del Capítulo II de las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020, aprobada por Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas (BOC nº 186, de 23.9.16).
Segundo.- Objeto.
El incremento del ahorro del agua a través de la mejora de las infraestructuras hidráulicas de iniciativa privada que redunden en beneficio exclusivo de la agricultura de una zona concreta o de un grupo de explotaciones.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 15 de septiembre de 2016, de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de determinadas subvenciones previstas en el Programa de Desarrollo Rural de la región de Canarias para el periodo 2014-2020 (BOC nº 186, de 23.9.16).
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan a esta convocatoria créditos por un importe global de noventa y nueve mil treinta y ocho euros con cuarenta y siete céntimos (99.038,47 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 13.10.412A.770.00 15700023 "Inversiones en infraestructuras FEADER 2014-2020 M-4.3", distribuidos en las siguientes anualidades:
- Cuarenta y un mil cuatrocientos cincuenta y nueve euros con cuarenta y siete céntimos (41.459,47 euros) para el ejercicio 2019.
- Cincuenta y siete mil quinientos setenta y nueve (57.579) euros para el ejercicio 2020.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Un (1) mes contado a partir de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias.
Santa Cruz de Tenerife, a 21 de marzo de 2019.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.
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