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BOC Nº 45. Miércoles 6 de marzo de 2019 - 1007

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife

1007 EDICTO de 30 de enero de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000326/2014.

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BOC-A-2019-045-1007. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Juan Emilio Arribas Higuera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arrecife, a veintinueve de octubre de dos mil dieciocho.

Dña. Victoria Motos Rodríguez, Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Arrecife, ha visto los presentes autos de Juicio Ordinario nº 326/2014, seguidos a instancia del Letrado D. Antonio Yáñez García, quien ejercita su propia defensa, representado por la Procuradora Dña. Encarnación Pinto Luque, contra Dña. María de las Nieves Álvarez Domínguez, representada por la Procuradora Dña. Noelia Lemes Rodríguez y asistida por el Letrado D. José Luis Ruiz Nieto, y frente a la mercantil Promociones P8., S.L., en rebeldía procesal, sobre declaración de nulidad contractual por falta de causa.

FALLO

Desestimo la demanda formulada por D. Antonio Yáñez García, representado por la Procuradora Dña. Encarnación Pinto Luque, contra Dña. María de las Nieves Álvarez Domínguez, representada por la Procuradora Dña. Noelia Lemes Rodríguez, y contra la mercantil Promociones P8., S.L., en rebeldía procesal, absolviendo a la parte demandada de los pedimentos en su contra formulados, con expresa imposición de costas a la parte actora.

Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes al de su notificación.

Así por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Promociones P8, S.L., expido y libro el presente en Arrecife, a 30 de enero de 2019.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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