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BOC Nº 44. Martes 5 de marzo de 2019 - 992

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V. ANUNCIOS - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

992 Servicio Canario de Empleo.- Extracto de la Resolución de 7 de febrero de 2019, por la que se aprueba la convocatoria para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo a menores de 30 años, a entidades colaboradoras sin ánimo de lucro.

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BOC-A-2019-044-992. Firma electrónica - Descargar

BDNS (Identif.): 440155.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Primero.- Beneficiarios.

Entidades e instituciones que, teniendo personalidad jurídica propia y careciendo de fines lucrativos, tengan su ámbito de actuación dentro de la Comunidad Autónoma de Canarias y deseen colaborar con el SCE en la realización de cualquiera de las acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia al autoempleo en la citada Comunidad.

Segundo.- Objeto.

Convocar subvenciones dirigidas a Entidades e instituciones sin ánimo de lucro para realizar, en colaboración con el SCE, acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo a menores de 30 años. Las acciones irán dirigidas a personas inscritas como desempleadas en el SCE, preferentemente a los colectivos que determine el Servicio Canario de Empleo de acuerdo con las líneas de actuación prioritarias establecidas en el Plan Anual de Política de Empleo 2019.

Tercero.- Bases reguladoras.

- Orden del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales de 20 de enero de 1998 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo.

- Orden TAS/816/2005, de 21 de marzo, que adecua al régimen jurídico establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, las normas reguladoras de subvenciones que se conceden por el Servicio Público de Empleo Estatal en los ámbitos de empleo y de formación profesional ocupacional, y más en concreto, las referidas para la realización de acciones de orientación profesional para el empleo y asistencia para el autoempleo y con lo previsto.

- Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

- Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Cuarto.- Cuantía.

Las subvenciones previstas en la presente convocatoria se financiarán con cargo al crédito consignado en la siguiente aplicación del Estado de Gastos del Presupuesto del SCE para el año 2019:

Aplicación Presupuestaria 50.01.241H.480.00; proyecto 50400042 "Programas Integrados de Empleo", por un importe estimado de dos millones ochocientos mil (2.800.000) euros, si bien la determinación final del importe quedará condicionada al reparto de fondos que se determine en Conferencia Sectorial, en aplicación del artículo 75 Ley 7/2018, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2019.

Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales, que comenzará a computar a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias, con independencia de su publicación en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).

Sexto.- Otros datos.

1. Las entidades interesadas en la obtención de subvenciones de las convocadas por la presente Resolución han de presentar la solicitud ajustada al modelo que se adjunta como Anexo III, que se encuentra en la sede electrónica del SCE https://sede.gobiernodecanarias.org/empleo/.

La declaración responsable, incluida en este anexo, contempla, entre otros, la prevención contenida en el artículo 13.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, referente a la justificación, por parte de las personas o entidades solicitantes de no estar incursos en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, señaladas en los apartados 2 y 3 del mismo artículo.

Las personas físicas y jurídicas solicitantes de subvenciones pueden inscribirse en el Registro de Solicitantes de Subvenciones del SCE, creado por la Orden de 21 de julio de 2008 de la Consejería de Empleo, Industria y Comercio; para su inscripción pueden encontrar toda la información en la web del SCE https://www3.gobiernodecanarias.org/empleo/portal/web/sce/servicios/registro_solicitantes_subvenciones_sce

2. A la solicitud se ha de acompañar la siguiente documentación:

a) Proyecto-Memoria de las acciones a realizar, según modelo que se adjunta como Anexo IV, en que deberá contenerse previsión de la cantidad de demandantes a atender y tipología y número de las acciones a realizar, en base a las especificaciones técnicas que, con relación a las acciones y sus tiempos, se concretan en el Anexo I.

b) Documento Presupuesto máximo a subvencionar, adjuntando convenio colectivo de aplicación, tablas salariales, escrito del representante legal sobre las "tarifas para la cotización por accidentes de trabajo y enfermedades profesionales" del personal a contratar (Anexo V).

c) Aquellas entidades que estén exentas del pago del IGIC, tendrán que aportar "Declaración responsable de exención del IGIC" (Anexo VI).

Previa certificación del inicio de las acciones, podrá adelantarse a las entidades beneficiarias, en concepto de anticipo, hasta el 100 por 100 del total de la subvención aprobada, previa la acreditación fehaciente de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, una vez obtenida la oportuna autorización de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de febrero de 2019.- La Presidenta, Cristina Valido García.

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