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BOC-A-2019-043-961.
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BDNS (Identif.): 441155.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3, letra b) y 20.8, letra a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index).
Primero.- Beneficiarios.
Personas físicas y jurídicas, que cumplan con los requisitos exigidos en el artículo 7 de la Orden de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo previstas en la Submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Canarias, para el periodo 2014-2020.
Segundo.- Objeto.
Establecer las normas por las que se regirá la convocatoria de 2019 de las subvenciones destinadas a la realización de las operaciones conforme a la estrategia de Desarrollo Local Participativo previstas en la Submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de la región canaria para el periodo 2014-2020.
Tercero.- Bases reguladoras.
Orden de 19 de diciembre de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de las subvenciones destinadas a la realización de las operaciones conforme a la estrategia de desarrollo local participativo previstas en la Submedida 19.2 del Programa de Desarrollo Rural de la Región de Canarias, para el periodo 2014-2020 (BOC nº 1, de 2.1.19).
Cuarto.- Cuantía.
Se destinan a esta convocatoria réditos por un importe global de un millón (1.000.000,00) de euros con cargo a la aplicación presupuestaria 13.10. 412A.77000. P.l.: 15.7000.31 "Apoyo a las estrategias de desarrollo rural FEADER 2014-2020 m-19", distribuidos de la siguiente manera:
- Trescientos mil (300.000,00) euros con cargo a la anualidad de 2019.
- Setecientos mil (700.000,00) euros con cargo a la anualidad de 2020.
Quinto.- Plazo de presentación de solicitudes.
Dos (2) meses contados a partir del día siguiente a la publicación de este extracto en el Boletín Oficial de Canarias, en los términos previstos en el artículo 12 de las bases reguladoras de las subvenciones.
Santa Cruz de Tenerife, a 19 de febrero de 2019.
EL CONSEJERO DE AGRICULTURA,
GANADERÍA, PESCA Y AGUAS,
Narvay Quintero Castañeda.
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