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BOC Nº 42. Viernes 1 de marzo de 2019 - 929

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona

929 EDICTO de 11 de febrero de 2019, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Guarda, custodia o alimentos de hijos menores no matrimoniales no consensuados nº 0000583/2017.

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BOC-A-2019-042-929. Firma electrónica - Descargar

Dña. Flora Benita Arteaga Herrera, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en Granadilla de Abona, a 8 de febrero de 2019. Vistos por mí, Juan Manuel Reyes Alvarado, Juez del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 2 de Granadilla de Abona y su Partido, han sido los presentes autos de Medidas de Guarda y Custodia y Alimentos sobre menores, tramitados bajo el nº 583/2017, a instancias de la Procuradora de los Tribunales Dña. María José Arroyo Arroyo, en nombre y representación de Dña. Mayerling Alejandra Suárez Febles, bajo la dirección letrada y defensa jurídica de la Sra. Dña. Rosario Irene Nestares Rodríguez, frente a D. Leonardo Blanco Febles, declarado en situación de rebeldía procesal, constando suficientemente en las actuaciones las circunstancias personales de todos ellos, y con la asistencia del Ministerio Fiscal. Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación, que deberá ser preparado ante este Juzgado dentro de los veinte días siguientes al de su notificación y resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D. Leonardo Blanco Febles, expido y libro el presente en Granadilla de Abona, a 11 de febrero de 2019.-La Letrada de la Administración de Justicia.

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