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BOC Nº 33. Lunes 18 de febrero de 2019 - 734

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V. ANUNCIOS - Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad

734 Viceconsejería de Política Territorial.- Anuncio por el que se hace pública la Resolución de 5 de febrero de 2019, sobre sometimiento a consulta interadministrativa y a los interesados del borrador y del documento inicial estratégico del Plan de Gestión de Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria.

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BOC-A-2019-033-734. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES

Primero.- Con fecha 4 de febrero de 2019, tiene entrada en el registro de entrada oficio del Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria, por el que se solicita el inicio del procedimiento de evaluación ambiental estratégica del Plan de Gestión de Riesgos de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria. A tales efectos se hace constar que con fecha 30 de enero de 2019 la Junta de Gobierno adoptó, en cumplimiento del artículo 6.a) del Decreto 116/1992, de 9 de julio, tomar en consideración el Documento Borrador y el Documento Inicial Estratégico del citado plan. Se adjunta, en formato digital, la siguiente documentación:

- Documento borrador del Plan de Gestión de Riesgos de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria.

- Documento inicial estratégico del Plan de Gestión de Riesgos de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria.

Segundo.- Al tratarse de planes que carecen de carácter territorial se procede por parte de esta Viceconsejería de Política Territorial y de conformidad con lo establecido en el artículo 18.2 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, aprobado por Decreto 137/2016, de 24 de octubre, según el cual, entre las funciones de la Viceconsejería de Medio Ambiente, se encuentra la de proponer a la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias la emisión de las declaraciones e informes estratégicos respecto de los planes y programas sin efectos territoriales o urbanísticos, a dar traslados de los expedientes a los efectos de que se proceda con la continuación de la tramitación.

Tercero.- Con fecha 27 de julio de 2017, se recibe en el Servicio de Planeamiento Territorial, nota del régimen interior emitida por el Viceconsejero de Política Territorial por el que se nos insta, con carácter temporal y tras conversaciones mantenidas con la Viceconsejería de Medio Ambiente al inicio de los citados expedientes en aras de garantizar la celeridad del procedimiento.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

I.- De conformidad con lo establecido en el artículo 6.1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de Evaluación Ambiental, serán objeto de evaluación ambiental estratégica ordinaria los planes que se adopten o aprueben por una Administración Pública y cuya elaboración o aprobación venga exigida por una disposición de rango legal o reglamentaria cuando establezcan el marco para la futura autorización de proyectos sometidos a evaluación de impacto ambiental y se refieran, entre otros, a la gestión de recursos hídricos, ocupación del dominio público marítimo y uso del suelo.

II.- Según el artículo 5.1.d) de la Ley 21/2013, segundo inciso, se considerará órgano sustantivo el órgano de la Administración Pública que ostenta las competencias para adoptar o aprobar el plan o programa. En este caso, el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria.

III.- De conformidad con el artículo 18 de la Ley 21/2013, el procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria se inicia, dentro del procedimiento sustantivo de adopción o aprobación del plan, mediante la presentación por parte del promotor ante el órgano sustantivo del borrador del plan junto con su documento inicial estratégico y, una vez comprobada la documentación por el órgano sustantivo, este remitirá al órgano ambiental la solicitud de inicio y los documentos que deban acompañar. En este caso, la Comisión de Ordenación del Territorio y Medio Ambiente de Canarias.

Seguidamente, de conformidad con el artículo 19 de la Ley 21/2013, el órgano ambiental someterá el borrador del plan y su documento inicial estratégico a consultas de las Administraciones afectadas y de las personas interesadas, por un plazo de 45 días hábiles.

IV.- De conformidad con la instrucción relativa a la adecuación a la legislación estatal de los trámites previstos para la evaluación ambiental estratégica en la legislación autonómica canaria, aprobada mediante acuerdo adoptado por la COTMAC en sesión celebrada en fecha de 1 de junio de 2016 (BOC nº 116, de 17 de junio de 2016), el documento inicial estratégico se ha de presentar por el órgano sustantivo ante la citada Comisión acompañado del borrador del plan, este órgano, en su caso, resolverá su inadmisión, y en caso positivo, procederá a la realización de las consultas a las Administraciones Públicas afectadas. Mediante notificación individual -y a las personas interesadas- a través de la publicación en el diario oficial correspondiente.

En su virtud,

R E S U E L V O:

Primero.- Iniciar el procedimiento de evaluación ambiental estratégica ordinaria del Plan de Gestión del Riesgo de Inundación de la Demarcación Hidrográfica de Gran Canaria, promovido por el Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria.

Segundo.- Someter a consulta de las Administraciones Públicas afectadas y de las personas interesadas el documento inicial estratégico, acompañado del borrador del citado instrumento, por un plazo de 45 días hábiles.

Se consideran Administraciones Públicas afectadas las siguientes:

- Cabildo Insular de Gran Canaria.

- Ayuntamiento de Arucas.

- Ayuntamiento de Teror.

- Ayuntamiento de Las Palmas de Gran Canaria.

- Ayuntamiento de Santa Brígida.

- Ayuntamiento de Valsequillo.

- Ayuntamiento de Telde.

- Ayuntamiento de Ingenio.

- Ayuntamiento de Aguimes.

- Ayuntamiento de Santa Lucía de Tirajana.

- Ayuntamiento de San Bartolomé de Tirajana.

- Ayuntamiento de Mogán.

- Ayuntamiento de Tejeda.

- Ayuntamiento de la Aldea de San Nicolás.

- Ayuntamiento de San Mateo.

- Ayuntamiento de Artenara.

- Ayuntamiento de Agaete.

- Ayuntamiento de Gáldar.

- Ayuntamiento de Santa María de Guía.

- Ayuntamiento de Moya.

- Ayuntamiento de Firgas.

- Ayuntamiento de Valleseco.

- Federación Canaria de Municipios.

- Dirección General de Ordenación del Territorio (Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad).

- Dirección General de Protección de la Naturaleza (Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad).

- Dirección General de Seguridad y Emergencias (Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad).

- Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas.

- Instituto Canario de Estadística (Consejería de Hacienda).

- Viceconsejería de Industria, Energía y Comercio (Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento).

- Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

- Dirección General de Patrimonio y Contratación (Consejería de Hacienda).

- Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes (Consejería de Obras Públicas y Transportes).

- Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías (Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad).

- Dirección General de Infraestructura Turística (Consejería de Turismo, Cultura y Deportes).

- Viceconsejería de Cultura y Deportes (Consejería de Turismo, Cultura y Deportes).

- Consejería de Sanidad.

- Entidad Pública Empresarial Puertos Canarios (Consejería de Obras Públicas y Transportes).

- Instituto Canario de Igualdad (Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad).

- Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y el Mar (Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente).

- Dirección General de Calidad y Evaluación Ambiental y Medio Natural (Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente).

- Dirección General de Telecomunicaciones y Tecnologías de la Información (Ministerio de Energía, Turismo y Agenda Digital).

- Delegación de Economía y Hacienda (Ministerio de Hacienda y Función Pública).

- Dirección General de Aviación Civil (Ministerio de Fomento).

- Secretaria General de Infraestructuras (Ministerio de Fomento).

- Autoridad Portuaria (Ministerio de Fomento).

- Subsecretaria del Interior (Ministerio del Interior).

Y se consideran personas afectadas:

- Ben Magec-Ecologistas en acción.

- WWF/Adena.

Tercero.- Publicar el correspondiente anuncio en el Boletín Oficial de Canarias, en uno de los diarios locales de mayor difusión y en la página web de la Consejería de Política Territorial, Sostenibilidad y Seguridad, Sección Participación Ciudadana (https://www.gobiernodecanarias.org/politicaterritorial/temas/participacionciudadana/index.html).

Cuarto.- Notificar la presente Resolución al Consejo Insular de Aguas de Gran Canaria.

Contra el presente acto, por ser de trámite no cualificado, no cabe interponer recurso, sin perjuicio de la oposición al mismo para su consideración en la resolución definitiva del procedimiento, conforme a lo dispuesto en el artículo 112.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Las Palmas de Gran Canaria, a 5 de febrero de 2019.- El Viceconsejero de Política Territorial, Jesús Romero Espeja.

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