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BOC Nº 33. Lunes 18 de febrero de 2019 - 723

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Sanidad

723 Servicio Canario de la Salud.- Resolución de 6 de febrero de 2019, del Secretario General, por la que se delegan competencias en materia de contratación de tecnologías, en Directores Gerentes de Centros Sanitarios adscritos al Servicio Canario de la Salud.

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BOC-A-2019-033-723. Firma electrónica - Descargar

I.- El Decreto 32/1997, de 6 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento regulador de la actividad económico-financiera del Servicio Canario de la Salud, atribuye, en su artículo 10.1, la condición de órganos de contratación del Servicio Canario de la Salud, hasta los límites cuantitativos señalados en el Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, entre otros, a la Secretaría General.

En el mismo sentido, el artículo 16.3 del Decreto 32/1995, de 24 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Organización y Funcionamiento del Servicio Canario de la Salud, determina que la Secretaría General es órgano de contratación con todas las facultades inherentes hasta un límite de 540.910,89 euros.

II.- Por su parte, el artículo 15 del Decreto 32/1995 citado anteriormente, atribuye a la Secretaría General del Servicio Canario de la Salud, la competencia sobre coordinación administrativa general del Servicio y en especial, ostenta las competencias en materia de tecnología de la información, que incluye los planes de actuación en sistemas de tratamiento de la información y comunicación de órganos y unidades del servicio, quedando centralizada en la misma, la necesidad de emitir informe favorable previo para las adquisiciones de bienes y servicios relativos al ámbito de las tecnologías de la información, así como la petición de informes preceptivos y previos a la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías.

La gestión integral en el desarrollo de Sistemas de Información y en la contratación en el ámbito de las Tecnologías de la Información en el Servicio Canario de la Salud, sigue siendo una prioridad estratégica del Servicio Canario de la Salud.

Sin perjuicio de mantener la citada competencia en esta Secretaría, y debido al elevado número de procedimientos que se tramitan en la misma y que se prevén tramitar en esta anualidad, razones de índole técnica y territorial aconsejan efectuar una delegación puntual en los Directores Gerentes de los Centros sanitarios integrados en la Red Hospitalaria de Utilización Pública, para la contratación del suministro, instalación y mantenimiento de Centralitas Telefónicas para los Centros Hospitalarios: Hospital Universitario Dr. Negrín, Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil y Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria, bajo la finalidad de lograr una mayor celeridad y eficacia en la gestión administrativa de determinados expedientes de contratación.

III.- El artículo 61.2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, dispone que los órganos de contratación podrán delegar o desconcentrar sus competencias y facultades en esta materia con cumplimiento de las normas y formalidades aplicables en cada caso. Por su parte, el artículo 4.1 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, aprobado por Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, establece que, sin perjuicio de que la delegación disponga de otra cosa, la facultad para celebrar contratos, lleva implícita la de aprobación del proyecto, la de aprobación de los pliegos, la de adjudicación del contrato, la de formalización del mismo y la de las restantes facultades que la Ley y el citado Reglamento atribuyen al órgano de contratación.

IV.- El artículo 9.3 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece que las delegaciones de competencias y su revocación deberán publicarse en el Boletín Oficial del Estado, en el de la Comunidad Autónoma o en el de la Provincia, según la Administración a que pertenezca el órgano delegante, y el ámbito territorial de competencia de este.

En base a lo expuesto, y de conformidad a la normativa antes citada, y con base en el artículo 32 de la Ley Territorial 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias,

R E S U E L V O:

Primero.- Delegar la competencia para actuar como órgano de contratación en los Directores Gerentes de los Centros Hospitalarios: Hospital Universitario Dr. Negrín, Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil y Hospital Universitario Nuestra Señora de la Candelaria respecto a la tramitación, formalización y ejecución de los contratos para la adquisición, instalación y suministro de Centralitas Telefónicas, con cargo a la Partida Presupuestaria 3919 311A 21600 de esta Secretaría General.

Segundo.- Se recabará en todo caso de la Secretaría General del SCS, el informe previo al que hace referencia la Instrucción 15/2016 del Director del Servicio Canario de la Salud, relativa a la adquisición de bienes y servicios en materia de tecnologías de la información, así como se solicitará, a través del Área de Sistemas Electromédicos y de Información de la Secretaría General, el preceptivo informe de la Dirección General de Telecomunicaciones y Nuevas Tecnologías al que hace referencia el artículo 74 del Decreto 382/2015, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Presidencia, Justicia e Igualdad.

Tercero.- Las resoluciones administrativas que se adopten por delegación, así como los contratos firmados en el ejercicio de la misma, indicarán expresamente esta circunstancia y se consideran dictados o suscritos por el órgano delegante, de conformidad a lo dispuesto en el apartado 4 del articulo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre.

Cuarto.- La presente delegación surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, y estará en vigor hasta el final del ejercicio presupuestario 2019, según las fechas concretas que establezca la Orden por la que se regule la ordenación contable en la ejecución y cierre del presupuesto de gastos e ingresos para el ejercicio 2019 de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Notifíquese la presente Resolución a las Direcciones Gerencias de los Hospitales Universitarios Dr. Negrín y Nuestra Señora de la Candelaria, a la del Complejo Hospitalario Universitario Insular-Materno Infantil, así como al Área de Sistemas Electromédicos y de la Información.

Las Palmas de Gran Canaria, a 6 de febrero de 2019.- El Secretario General, Abraham Luis Cárdenes González.

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