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BOC Nº 32. Viernes 15 de febrero de 2019 - 691

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

691 Servicio Canario de Empleo.- Resolución de 1 de febrero de 2019, por la que se modifica la Resolución de 26 de noviembre de 2018, que resuelve la convocatoria de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de Canarias para el ejercicio 2018, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

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BOC-A-2019-032-691. Firma electrónica - Descargar

Vista la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo nº 681/2019, de 29 de enero de 2019, por la que se revoca parcialmente el Anexo III, en la parte que corresponde a la entidad Sdad Coop Pulsart Servicios Audiovisuales y Comunitarios, de la Resolución nº 7328/2018, de 26 de noviembre de 2018.

Teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES

1º.- Mediante la Resolución nº 3239/2018, de 19 de junio, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, se establece la convocatoria para el ejercicio 2018 de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de Canarias, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, cuyas bases reguladoras vienen establecidas en la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre.

2º.- Mediante la Resolución nº 7328/2018, de 26 de noviembre, de la Dirección del Servicio Canario de Empleo, se resolvió la convocatoria para el ejercicio 2018 de las subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de Canarias (BOC nº 238, de 10.12.18).

3º.- Mediante Resolución nº 681/2019, de 29 de enero, de la Dirección del Servicio Canario de Empleo se revocó parcialmente el resuelvo segundo, Anexo III, de la Resolución nº 7328/2018, de fecha 26 de noviembre de 2018, por la que se resolvió la convocatoria de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de Canarias para el ejercicio 2018, en lo que respecta a la desestimación de la solicitud de subvención a la entidad Sdad Coop Pulsart Servicios Audiovisuales y Comunitarios por la incorporación del socio trabajador Néstor Domínguez Castellano.

4º.- A las citadas subvenciones es de aplicación la modalidad de control financiero permanente en sustitución de la función interventora, en virtud de lo establecido mediante Acuerdo de Gobierno de 6 de octubre de 2009.

CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- Es competente para el dictado de la presente Resolución la Dirección del Servicio Canario de Empleo a tenor de lo establecido en el artículo 9.2, letra c) de la Ley 12/2003, de 4 de abril, del Servicio Canario de Empleo, en relación con lo establecido en el resuelvo séptimo de la Resolución nº 3239/2018, de 19 de junio, de la Presidencia del Servicio Canario de Empleo, que establece la convocatoria para el ejercicio 2018 de subvenciones dirigidas a fomentar la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales de Canarias, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Segunda.- El artículo 17.3.l) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones establece que la norma reguladora de las bases de concesión de las subvenciones concretará las circunstancias que, como consecuencia de la alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión de la subvención, podrán dar lugar a la modificación de la resolución.

Tercera.- El artículo 13 de la Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el fomento del empleo y mejora de la competitividad en las cooperativas y sociedades laborales, establece la modificación de la resolución concesoria y los criterios de graduación.

Cuarta.- El artículo 20.2 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece las circunstancias que pueden dar lugar a la modificación de la resolución de concesión por el órgano que la haya dictado.

Quinta.- La modificación de la resolución de concesión viene motivada en la citada Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo nº 681/2019, de 29 de enero, por la que se revoca parcialmente el Anexo III de la de concesión.

Sexta.- Que en la tramitación de los expedientes se han observado las prescripciones legales de aplicación y en especial las contenidas en la citada Orden TAS/3501/2005, de 7 de noviembre.

En base a lo expuesto, y en aplicación de la normativa legal vigente,

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder a la entidad Sdad Coop Pulsart Servicios Audiovisuales y Comunitarios, la subvención por la incorporación del socio trabajador Néstor Domínguez Castellano, por importe de cinco mil quinientos (5.500,00) euros, con cargo a la aplicación presupuestaria 2019.50.01.241E.470.02 L.A. 23460702 "Recursos, sentencias, discrepancias".

Segundo.- Modificar los Anexos I y II de la Resolución nº 7328/2018, de 26 de noviembre, de tal manera que ahora la lista de entidades beneficiarias de las subvenciones por la incorporación de socios trabajadores o de trabajo a cooperativas y sociedades laborales así como la especificación de las incorporaciones de socio/as trabajadores/as o socio/as de trabajo subvencionado/as, son las relacionadas en los Anexos I y II de la presente Resolución.

Tercero.- Modificar el Anexo III de la Resolución nº 7328/2018, de 26 de noviembre, de tal manera que ahora la lista de solicitudes desestimadas es la relacionada en el Anexo III de la presente Resolución.

Cuarto.- Mantener vigente en todos los demás términos la Resolución de la Dirección del Servicio Canario de Empleo nº 7328/2018, de 26 de noviembre.

Quinto.- En lo que respecta a la justificación y pago de la subvención, así como a las obligaciones de las entidades beneficiarias se estará a lo dispuesto en la Resolución nº 7328/2018, de 26 de noviembre.

Sexto.- Ordenar la publicación de la presente resolución y sus anexos en el Boletín Oficial de Canarias, a efectos de su notificación.

Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la notificación y concluirá el mismo día en que se produjo la notificación en el mes de vencimiento, conforme a lo previsto en los artículos 30, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente.

Santa Cruz de Tenerife, a 1 de febrero de 2019.- El Director, Sergio Fernando Alonso Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 5703-5707 del documento Descargar

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