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BOC Nº 29. Martes 12 de febrero de 2019 - 626

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V. ANUNCIOS - Ayuntamiento de Tegueste (Tenerife)

626 ANUNCIO de 31 de enero de 2019, relativo a suspensión de otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición para la implantación en suelo urbano de diversas infraestructuras.

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BOC-A-2019-029-626. Firma electrónica - Descargar

El Pleno del Ayuntamiento de la Villa de Tegueste acordó en la sesión celebrada el día 29 de enero de 2019 suspender durante el plazo de un año, contado desde el día siguiente a la fecha de publicación del acuerdo de suspensión en el Boletín Oficial de Canarias, el otorgamiento de licencias de parcelación de terrenos, edificación y demolición para la implantación en suelo urbano de las siguientes infraestructuras:

Infraestructuras Hidráulicas: - De extracción de agua subterránea; - Tomaderos que no se encuentren en barrancos; - Grandes infraestructuras de almacenamiento; - Estanques; - Depósito regulador; - Estaciones de tratamiento que no sean imprescindibles en suelo urbano.

Infraestructuras de Saneamiento: - Fosas sépticas que no sean de aguas residuales domésticas; - Depuradoras.

Infraestructuras de Energía: - Central Térmica; - Central extensiva de producción de energía renovable; - Depósito de almacenaje de productos peligrosos (productos químicos, productos derivados del petróleo, gases combustibles y otros productos peligrosos), a excepción de las instalaciones expresamente excluidas de tramitación en la reglamentación de seguridad industrial de aplicación; - Instalaciones industriales, y de otros tipos, para la producción de electricidad, vapor y agua caliente con una potencia térmica superior a 0,2 MW y que no estén incluidas en el Anexo I de la Ley 16/2002, de prevención y control integrado de la contaminación; - Líneas de transporte que no sean subterráneas; - Líneas de distribución que no sean subterráneas.

Infraestructuras de Telecomunicación: - Torres de comunicación; - Antenas, salvo las que sean imprescindibles en suelo urbano y las domiciliarias; - Líneas troncales terrestres que no sean subterráneas; - Líneas secundarias que no sean subterráneas; - Otras infraestructuras de telecomunicación, salvo las que sean imprescindibles en suelo urbano y las domiciliarias.

Infraestructuras de Tratamiento de Residuos: - Todas las que no sean imprescindibles en Suelo Urbano.

Infraestructuras Viarias y de Transporte Terrestre: - Autopistas y autovías; - Carreteras no contempladas por el planeamiento; - Estaciones de servicios.

Infraestructuras de Transporte Aéreo: - Todas.

De acuerdo con lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, contra el acuerdo del Pleno del Ayuntamiento podrá interponerse por los interesados recurso potestativo de reposición ante el Ayuntamiento en el plazo de un mes o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife en el plazo de dos meses.

Tegueste, a 31 de enero de 2019.- El Alcalde, José Manuel Molina Hernández.

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