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BOC Nº 28. Lunes 11 de febrero de 2019 - 601

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana

601 EDICTO de 7 de mayo de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000753/2016.

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BOC-A-2019-028-601. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Rocío Hanna Rosales, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 7 de mayo de 2018.

Que dicto, Olga Martín Álvarez, Magistrada del Juzgado de 1ª Instancia nº 1 de San Bartolomé de Tirajana y su partido judicial, en los presentes autos correspondientes al procedimiento ordinario 753/2016 seguidos a instancia de D. Diego Antonio López González representado por Dña. Veneranda Rodríguez y bajo la asistencia letrada de Dña. Madeline Collazo, frente a D. Jorge Luis Jaime Martínez en situación de rebeldía procesal.

FALLO

Que se estima parcialmente la demanda interpuesta por D. Diego Antonio López González representado por Dña. Veneranda Rodríguez y bajo la asistencia letrada de Dña. Madeline Collazo, frente a D. Jorge Luis Jaie Martínez en situación de rebeldía procesal y se condena al demandado al pago de 5.649,61 euros en concepto de las cantidades satisfechas por el demandante en virtud del contrato de afianzamiento suscrito, así como la condena al pago de las mensualidades que se abonen por el demandante a partir del dictado de la presente resolución, en base al artº. 220 del CC, más 800 euros por daños morales.

No se formula condena en costas.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que frente a la misma procede interponer recurso de apelación, conforme a los artículos 455 y ss. de la LEC, sin perjuicio de lo establecido en relación a la rescisión de las sentencias firmes dictadas en rebeldía.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Jorge Luis Jaime Martínez, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 7 de mayo de2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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