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BOC Nº 28. Lunes 11 de febrero de 2019 - 596

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

596 Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.- Resolución de 1 de febrero de 2019, por la que se convoca la tercera edición de los Premios de Emprendimiento de Formación Profesional de Canarias 2018-2019.

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ANTECEDENTES DE HECHO

El Proyecto Enlaza, aprobado el 28 de octubre de 2016 por el Consejo Canario de Formación Profesional, es una iniciativa del Gobierno de Canarias que se desarrolla en los centros públicos con ofertas de enseñanzas de formación profesional y se alinea con los objetivos de la Estrategia Europea 2020.

Se trata de un proyecto que se desarrolla coordinadamente desde las áreas de Educación y Empleo del Gobierno de Canarias, bajo el liderazgo de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos para promover la empleabilidad a través de la formación profesional, fomentando la innovación y el emprendimiento y vinculando la empresa y la formación del alumnado, como principales destinatarias/os para la creación de empleo, estable y de calidad.

Enlaza incorpora la gestión de redes de conocimiento como instrumentos de trabajo para avanzar en la calidad de la formación profesional y para la mejora de la consecución de la empleabilidad, promueve el desarrollo de la actitud emprendedora y coordina acciones que se llevan a cabo en los centros educativos para la adquisición de esta competencia como herramienta de acceso al mercado de trabajo.

La Iniciativa 2.5 del Proyecto Enlaza contempla específicamente como objetivo, el impulso desde la formación profesional de una oferta integrada y equilibrada por parte de las administraciones públicas con competencias en formación profesional, que responda a la demanda de la población y a las necesidades de las empresas, integrando modalidades formativas en la oferta educativa y de empleo y que permitan al alumnado seguir un itinerario adecuado a sus posibilidades profesionales, laborales y de emprendimiento como vía para el acceso al mercado laboral.

Para lograr este objetivo es necesario centrar los esfuerzos en mejorar la calidad del aprendizaje y profesionalizar la promoción del emprendimiento, creando un marco en la formación profesional y una red de centros emprendedores que promueva e impulse entre el alumnado sus iniciativas para estimular en el mismo las actitudes emprendedoras.

En este sentido, una de las acciones más significativas recogidas en el Proyecto Enlaza es la promoción de concursos de emprendimiento mediante la organización y convocatoria de los mismos. Estos concursos deben promoverse en el contexto de los centros de las redes Enlaza y desde la propia Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

Mediante esta Resolución se consolida el compromiso de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos con la línea de la iniciativa 2.5 del Proyecto Enlaza, que consiste, entre otras, en "crear el Concurso de Proyectos de Emprendimiento en Formación Profesional para el alumnado de todos los centros que imparten formación profesional" convocándose la tercera edición de los Premios de Emprendimiento de Formación Profesional de Canarias 2018-2019.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 106, 4 de mayo de 2006), modificada por Ley Orgánica 8/2013, de 29 de julio, para la mejora de la calidad educativa (BOE nº 295, de 10 de diciembre de 2013) (LOMCE), en su artículo 2 establece que el sistema educativo español orientará a la consecución de los siguientes fines: "f) El desarrollo de la capacidad de los alumnos para regular su propio aprendizaje, confiar en sus aptitudes y conocimientos, así como para desarrollar la creatividad, la iniciativa personal y el espíritu emprendedor."

Segundo.- El Real Decreto 1147/2011, de 29 de julio, de ordenación general de la formación profesional del sistema educativo (BOE nº 182, de 30 de julio), en el artículo 3.1 establece que las enseñanzas de formación profesional tienen por objeto conseguir que el alumnado adquiera las competencias profesionales, personales y sociales, según el nivel de que se trate, necesarias para potenciar la creatividad, la innovación y la iniciativa emprendedora.

Tercero.- Por otra parte, el Decreto 212/1991, de 11 de septiembre, de organización de los Departamentos de la Administración Autonómica de Canarias (BOC nº 122, de 16 de septiembre), establece en su artículo 4. "1. Los órganos departamentales, en el ámbito de atribuciones que les sea propio, podrán dictar instrucciones y directrices a los órganos y unidades que dependan funcionalmente de los mismos. 2. Las instrucciones son obligatorias para sus destinatarios en todos sus elementos".

Cuarto.- La Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público (BOE nº 236, de 2 de octubre), en su artículo 6.1 dispone "Los órganos administrativos podrán dirigir las actividades de sus órganos jerárquicamente dependientes mediante instrucciones y órdenes de servicio. Cuando una disposición específica así lo establezca, o se estime conveniente por razón de los destinatarios o de los efectos que puedan producirse, las instrucciones y órdenes de servicio se publicarán en el boletín oficial que corresponda, sin perjuicio de su difusión de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno".

Quinto.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, de acuerdo con todo lo anterior, y en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 11.2.b).j del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 203, de 19 de octubre),

R E S U E L V E:

Primero.- Convocar la tercera edición de los Premios al Emprendimiento de Formación Profesional en Canarias, así como determinarlas bases para su desarrollo.

Segundo.- Encomendar a los equipos directivos de los centros educativos que arbitren el procedimiento más adecuado para que la presente resolución sea conocida y difundida entre los distintos sectores de la comunidad educativa, haciéndole llegar copia de la misma cuando así se solicite por la persona interesada y exponiendo permanentemente una de esta en el tablón de anuncios y en la web del centro, en su caso.

Tercero.- Encomendar a la Inspección de Educación la supervisión y asesoramiento, además de la de carácter general, la específica derivada de aquellos aspectos que le soliciten los equipos directivos de los centros que imparten las enseñanzas objeto de esta resolución.

Cuarto.- Las bases de esta convocatoria estarán disponibles en las secretarías de los centros pertenecientes a la Consejería de Educación y Universidades con oferta de formación profesional de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Quinto.- Contra la presente resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Educación y Universidades, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, conforme a lo previsto en los artículos 121 y 122, en relación con el artículo 30.4, de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOE nº 236, de 2 de octubre de 2015).

Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de febrero de 2019.- El Director General de Formación Profesional y Educación de Adultos, Manuel Jorge Pérez.

A N E X O I

BASES DE LA CONVOCATORIA

Primera.- Objetivos.

Los objetivos de la presente convocatoria son los siguientes:

a) Promover el emprendimiento, la creatividad y la innovación entre el alumnado de 2º curso de los Ciclos Formativos de Grado Superior de las diversas familias profesionales de la formación profesional que se ofertan en la Comunidad Autónoma de Canarias.

b) Fortalecer las destrezas asociadas al espíritu emprendedor apoyando iniciativas empresariales promovidas por el mismo alumnado, fomentando la cultura emprendedora y estableciendo relaciones con entidades y agentes del mundo empresarial que puedan aportar su conocimiento y experiencia, prestando especial atención al asesoramiento y la orientación.

c) Ofrecer una oportunidad de visibilizar los proyectos de emprendimiento surgidos entre el alumnado de formación profesional en Canarias y prestar apoyo a dicho alumnado con perfil emprendedor, a fin de dar viabilidad a sus aspiraciones emprendedoras.

d) Promover la creación de empresas surgidas desde la iniciativa emprendedora del alumnado como vía para la generación de empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Canarias.

Segunda.- Requisitos de participación del alumnado.

Podrá participar en esta convocatoria el alumnado que, además de cumplir con los requisitos señalados en la base tercera del presente documento, presente un proyecto realizado por un equipo compuesto por un mínimo de 2 y un máximo de 5 participantes, siendo necesario ademas el cumplimiento de los siguientes requisitos:

a) Estar matriculado y cursando estudios de 2º curso en un Ciclo Formativo de Grado Superior de las familias profesionales existentes en la red de Centros de Formación Profesional de la Consejería de Educación y Universidades de la Comunidad Autónoma de Canarias durante el curso escolar 2018-19.

b) Solicitar la inscripción en la Secretaría del Centro educativo al que pertenezca el alumnado, mediante la presentación y registro del Anexo III debidamente cumplimentado y adjuntando la siguiente documentación:

* Fotocopias de los DNI de todo el alumnado del equipo.

* Proyecto.

c) Conjuntamente con esta documentación, se debe entregar un pendrive con un video de presentación del proyecto en formato AVI o MP4 cuya duración no excederá de 5 minutos.

Tercera.- Requisitos y contenido del proyecto.

a) Requisitos del proyecto.

El proyecto debe ser propuesto por el centro educativo conforme al procedimiento de selección que dicho centro haya establecido y deberá estar avalado por un/a docente-tutor/a del mismo centro.

Deberá haber sido elaborado en el centro durante el presente curso escolar 2018-2019 y no haber sido presentado con anterioridad en concursos de emprendimiento o de índole similar de entidades tanto públicas como privadas. Con la finalidad de cumplir con este requisito, es necesario que junto con el proyecto se incluya la Declaración Responsable que figura en el Anexo II y que se adjuntara conjuntamente con la solicitud de inscripción en la 3ª edición de los Premios al Emprendimiento en Formación Profesional de Canarias que figura en el Anexo III.

No podrá exceder de 50 páginas escritas en tipografía Times New Roman cuerpo 11 y espaciado sencillo.

b) Contenidos del proyecto.

El proyecto deberá contener un índice con los siguientes apartados:

* Equipo emprendedor.

* Idea de negocio.

* Mercado.

* Plan de Marketing.

* Localización.

* Plan de recursos humanos.

* Forma jurídica, trámites de constitución y puesta en marcha.

* Plan económico-financiero.

Cuarta.- Requisitos de participación de los centros.

Se presentará un solo proyecto por centro.

El centro educativo que desee presentar un proyecto de su alumnado deberá establecer un procedimiento de selección para elegir el proyecto que le represente.

La solicitud de participación del centro y la documentación del proyecto se registrara en la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos, y se enviará, en formato digital con la siguiente documentación: una copia del registro con la solicitud de participación, la declaración responsable, la documentación del proyecto y el video de presentación a la siguiente dirección de correo electrónico: enlazafp.ceu@gobiernodecanarias.org.

Quinta.- Criterios de valoración.

Para la valoración de los proyectos presentados se tendrán en consideración los siguientes criterios:

* Carácter innovador de la idea o modelo de negocio: 40%.

* Viabilidad técnica, económica y financiera: 30%.

* Presentación: 15%.

* Responsabilidad social y medioambiental: 15%.

Sexta.- Preselección de proyectos.

La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos constituirá una Comisión técnica de evaluación para la valoración y preselección de los proyectos que pasarán a la fase final. Esta Comisión técnica estará formada por:

1. Dos representantes de la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

2. Cuatro docentes que impartan formación en el área de emprendimiento, condicionados a que el centro educativo al que pertenezcan no presenten proyecto.

3. Un inspector/a perteneciente a la Inspección Educativa de la Consejería de Educación y Universidades del Gobierno de Canarias.

La Comisión, en sesión celebrada para este fin y una vez valorados los proyectos presentados según los criterios especificados en la base quinta, seleccionará los cinco proyectos que obtengan mayor puntuación.

Se levantará acta de la sesión y del resultado de la selección realizada indicando estos cinco proyectos preseleccionados para la fase final.

Las decisiones de la comisión son inapelables.

Séptima.- Jurado.

La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos nombrará un jurado para la fase final, constituido por los siguientes miembros:

* Un representante de la Consejería de Educación y Universidades.

* Un representante de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda.

* Dos docentes coordinadores gestores de la red de emprendimiento, condicionados a que los proyectos seleccionados no procedan del centro educativo al que pertenecen.

* Dos docentes universitarios.

* Un experto en análisis de empresas.

Octava.- Planificación temporal y metodología.

La planificación temporal de todo el proceso es la siguiente:

* Los centros educativos deberán registrar en la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos antes del 1 de marzo de 2019, el proyecto que les representará en los Premios de Emprendimiento.

Simultáneamente enviarán copia de toda la documentación en formato digital, incluido el vídeo, a la dirección de correo enlazafp.ceu@gobiernodecanarias.org.

* La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos publicará los proyectos admitidos antes del 9 de marzo de 2019.

El periodo de reclamaciones a la relación de proyectos admitidos estará comprendido entre el 11 y el 12 de marzo de 2019, ambos inclusive.

La publicación de la relación final de proyectos admitidos se realizará con fecha límite del 14 de marzo de 2019.

* La Comisión técnica de evaluación se constituirá antes del 14 de marzo de 2019. Esta comisión deberá trasladar su fallo a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos antes del 21 de marzo de 2019.

* El Jurado de los premios se constituirá antes del 21 de marzo de 2019. Una vez constituido deberá acordar el llamamiento del alumnado promotor y del docente tutor/a de los proyectos seleccionados para que expongan su proyecto utilizando la presentación que ha sido enviada según la base segunda, apartado c). Una vez expuestos los proyectos y valorados los contenidos establecidos en la base tercera, apartado b), y de acuerdo a la valoración indicada en la base quinta, el Jurado trasladará su fallo a la Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos en el plazo de 3 días hábiles a partir de la sesión de exposición y de valoración.

* El fallo del Jurado se dará a conocer antes del 2 de abril de 2019.

* El fallo del jurado será inapelable.

Novena.- Premios.

Los proyectos ganadores tendrán los siguientes premios:

* Se otorgará un primer, segundo y tercer premio, recibiendo cada uno de estos un diploma y un objeto conmemorativo. Estos diplomas se distribuirán de la siguiente manera: diploma para cada uno de los miembros del alumnado que haya resultado ganador, diploma para el profesorado que haya realizado la tutorización de cada proyecto y diploma para cada centro.

* Premio en metálico y/o en material a determinar para cada uno de los tres proyectos premiados.

* Apoyo de orientación profesional, asesoramiento y mentorización mediante la Red de Información y Orientación Profesional de los Centros Integrados de Formación Profesional de Canarias, para la puesta en marcha del proyecto.

Así mismo, este apoyo de asesoramiento y mentorización se hará extensivo a todos aquellos proyectos presentados a esta convocatoria, que así lo solicitaren.

Décima.- Entrega de premios.

La Dirección General de Formación Profesional y Educación de Adultos organizará la presentación de los proyectos ganadores y la entrega de los premios que consistirá en un acto público presidido por responsables de la Consejería de Educación y Universidades.

Los promotores de los proyectos ganadores serán invitados por la Consejería de Educación y Universidades a desplazarse a la isla donde se celebre el acto de entrega de los premios.

Undécima.- Aspectos generales.

Aceptación de las bases.

La participación en el concurso implica la aceptación íntegra de las presentes bases, cuya interpretación corresponde al Jurado.

Confidencialidad.

Se garantiza la confidencialidad de las candidaturas presentadas durante todo el proceso. En cualquier caso, se podrán difundir las características generales de las mismas y en su momento el nombre de los proyectos ganadores, su logo, actividad y principales logros así como las personas integrantes del equipo promotor.

Protección de datos de carácter general.

El tratamiento de los datos de carácter personal se realizará según lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), y al cumplimiento de lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPDGDD).

Ver anexo en las páginas 5047-5048 del documento Descargar

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