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BOC Nº 25. Miércoles 6 de febrero de 2019 - 526

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Hacienda

526 Agencia Tributaria Canaria.- Resolución de 28 de enero de 2019, de la Directora, por la que se modifica el modelo 412 de Autoliquidación Ocasional del Impuesto General Indirecto Canario.

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BOC-A-2019-025-526. Firma electrónica - Descargar

El vigente modelo 412 de "Autoliquidación ocasional. Solicitud de devolución comerciante minorista" del Impuesto General Indirecto Canario se aprueba en el Anexo I de la Orden de 24 de marzo de 1998, por la que se aprueba el modelo 412 "Declaración-Liquidación Ocasional" del Impuesto General Indirecto Canario, y ha sido objeto de modificaciones posteriores siendo la última mediante Orden de 15 de enero de 2007.

Dicho modelo debe ser objeto de actualización teniendo en cuenta las modificaciones introducidas por el Decreto 111/2018, de 30 de julio, que modifica el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, así como determinados ajustes de carácter técnico.

La Disposición adicional quinta del Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias, añadida por el apartado uno del artículo primero del Decreto 111/2018, de 30 de julio, autoriza a la persona titular de la Dirección de la Agencia Tributaria Canaria para aprobar mediante Resolución la adaptación de los modelos tributarios a los cambios normativos que se produzcan y a los requerimientos derivados de los cambios en los procedimientos tributarios, así como la modificación de las ayudas para su cumplimentación incorporados en los mismos.

En virtud de todo ello,

D I S P O N G O:

Primero.- Se modifica el modelo 412 de autoliquidación ocasional del Impuesto General Indirecto Canario recogido en el Anexo I de la Orden de 24 de marzo de 1998, por la que se aprueba el modelo 412 "Declaración-Liquidación Ocasional" del Impuesto General Indirecto Canario, en los términos señalados en el anexo de la presente Resolución. El modelo que consta en el anexo se utilizará en tanto no se modifique.

El modelo consta de tres ejemplares: ejemplar para el sujeto pasivo, ejemplar para la entidad colaboradora y ejemplar para el sobre de la autoliquidación ocasional.

Segundo.- La presente Resolución entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias y surtirá efectos para las autoliquidaciones ocasionales correspondientes a los períodos de liquidación mensual o trimestral del año 2019 y siguientes.

Las Palmas de Gran Canaria, a 28 de enero de 2019.- La Directora, María Jesús Varona Bosque.

Ver anexo en las páginas 4663-4674 del documento Descargar

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