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BOC Nº 21. Jueves 31 de Enero de 2019 - 432

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Cristóbal de La Laguna

432 EDICTO de 19 de diciembre de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento de familia. Divorcio contencioso nº 0000798/2017.

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BOC-A-2019-021-432. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Pilar Jiménez Camacho, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Cristóbal de La Laguna, a veintinueve de noviembre de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, Dña. Raquel Díaz Díaz, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Seis de San Cristóbal de La Laguna, los presentes autos de Divorcio nº 798/2017, promovidos a instancia de Dña. Beatriz Sierra Martín, representada por el Procurador D. José Alberto Poggio Morata y asistida por la Letrada Dña. Paula Beatriz García Marrero, contra D. Alexis Rodríguez Maestro, dicto la presente en base a los siguientes antecedentes de hecho y fundamentos de derecho.

FALLO

Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda promovida por Dña. Beatriz Sierra Martín, representada por el Procurador D. José Alberto Poggio Morata, contra Dña. Alexis Rodríguez Maestro, por lo que debo declarar y declaro la disolución por divorcio del matrimonio por ellos contraído, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.

No ha lugar a ha realizar expresa condena al pago de las costas procesales causadas en esta primera instancia.

Notifíquese la presente resolución a las partes personadas.

Dedúzcase testimonio literal de esta sentencia que quedará unida a estas actuaciones, con inclusión de la literal en el Libro de Sentencias.

Firme que sea esta resolución, expídase el oportuno despacho para que se proceda a la inscripción marginal de la misma en la inscripción del matrimonio en el Registro Civil que corresponda.

Así por esta mi sentencia, la ordeno, mando y firmo.- La Magistrada-Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Alexis Rodríguez Maestro, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 19 de diciembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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