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BOC Nº 17. Viernes 25 de Enero de 2019 - 347

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana

347 EDICTO de 6 de noviembre de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000268/2013.

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BOC-A-2019-017-347. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Miriam Esther Méndez Pérez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En San Bartolomé de Tirajana, a 30 de septiembre de 2016.

Vistos por D. José Manuel Díaz Pavón, juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de esta ciudad y su partido, los presentes autos de juicio ordinario nº 268/2013, en el que han sido partes, como demandantes, D. Raymond Conway y Dña. Toril Conway, representados por el procurador D. Tomás de Paiz Paetow y asistidos por el Letrado D. Óscar Santana González, y como demandada la entidad Viajes Sonnentravel, S.L., declarada en rebeldía, dicta la presente resolución con base en los siguientes

FALLO

Que, estimando la demanda interpuesta y declaro nulo de pleno derecho el contrato suscrito entre las partes en fecha 6 de octubre de 2003 y condeno a la demandada a que abone a los actores la cantidad 15.000, más los intereses legales y las costas procesales.

Condeno a la parte demandada al abono de las costas procesales.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación que habrá de interponerse en el plazo de veinte días, con arreglo a lo establecido en el artº. 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia la que pronuncio, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- Leída y publicada que fue la anterior Sentencia por el juez que la autoriza, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha. Doy fe.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Viajes Sonnentravel, S.L., expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 6 de noviembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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