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BOC-A-2019-015-295.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Santa Cruz de Tenerife, a 10 de octubre de 2018.
Vistos por la Ilma. Sra. Dña. Juana María Hernández Hernández, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Diez de los de esta ciudad, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el nº 259/2018 y promovidos, como demandante, Canarias de Mármoles y Triturados, S.L. representada por el Procurador de los Tribunales D. Antonio de la Vega Feliciano y asistida por el Letrado D. Francisco Alejandro Ruiz Menéndez contra D. Emilio Jesús González Herrera en rebeldía que versan sobre reclamación de cantidad.
FALLO
Que estimando la demanda formulada por el demandante Canarias de Mármoles y Triturados, S.L. representada por el Procurador de los Tribunales D. Antonio de la Vega Feliciano y asistida por el Letrado D. Francisco Alejandro Ruiz Menéndez contra D. Emilio Jesús González Herrera declarado en rebeldía de las circunstancias de identificación que constan en autos:
1.- Condeno al demandado D. Emilio Jesús González Herrera al pago de la cantidad de treinta y dos mil seiscientos noventa y dos euros con setenta y ocho céntimos (32.692,78 euros). Junto con más los intereses correspondientes.
2.- Con las costas.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que contra la misma podrá interponerse recurso de apelación por escrito presentado en este Juzgado en el plazo de veinte días.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Emilio Jesús González Herrera, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Santa Cruz de Tenerife, a 19 de diciembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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