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BOC Nº 8. Lunes 14 de Enero de 2019 - 164

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona

164 EDICTO de 8 de noviembre de 2018, relativo al auto de rectificación de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000053/2018.

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BOC-A-2019-008-164. Firma electrónica - Descargar

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. Laura Sánchez de Enciso Pachón, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado auto en las presentes actuaciones que luego se dirá, que tienen el siguiente tenor literal:

AUTO

En Arona, a 6 de noviembre de 2018.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- En el presente juicio se ha dictado Sentencia de fecha 27 de septiembre de 2018, que ha sido notificada a la parte actora, estando la parte demandada en rebeldía procesal.

Segundo.- En la referida resolución en el Encabezado se expresa "Vistos por el Iltre. Sr. D. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal nº 973/2017, instados por Buildingcenter, S.A.U. contra ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Los Rodríguez, nº 2, planta segunda, puerta 12, Buzanada", cuando en realidad se debiera haber expresado "Vistos por el Iltre. Sr. D. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgada de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal nº 53/2018, instados por Buildingcenter, S.A.U. contra ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Los Rodríguez, nº 2, planta segunda, puerta 12, Buzanada."

Tercero.- Por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez se ha presentado escrito solicitando la rectificación del error anteriormente reseñado.

PARTE DISPOSITIVA

Se rectifica la Sentencia, de fecha 27 de septiembre de 2018, en el sentido que debe decir "Vistos por el Iltre. Sr. D. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta ciudad y su partido judicial, los presentes autos de juicio verbal nº 53/2018, instados por Buildingcenter, S.A.U. contra ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Los Rodríguez, nº 2, planta segunda, puerta 12, Buzanada.

MODO DE IMPUGNACIÓN: recurso de reposición en el plazo de cinco días ante este Tribunal.

Conforme a la D.A. decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 25 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente de alguno de los anteriores.

El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el Juzgado de Primera Instancia nº 5, en la cuenta de este expediente Santander, S.A. indicando, en el campo "concepto" la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición". Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir, tras la cuenta referida, separados por un espacio la indicación "recurso" seguida del código "00 Civil-Reposición''.

En el caso de que deba realizar otros pagos en la misma cuenta, deberá verificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando, en este caso, en el campo observaciones la fecha de la resolución recurrida con el formato DD/MM/AAAA.

Así lo dispone, manda y firma D./Dña. José Pablo Carrera Fernández, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arona.- El/la Juez.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido ignorados ocupantes del inmueble sito en calle Los Rodríguez, nº 2, planta segunda, puerta 12, Buzanada", expido y libro el presente en Arona, a 8 de noviembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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