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BOC Nº 5. Miércoles 9 de Enero de 2019 - 95

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

95 ORDEN de 27 de diciembre de 2018, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el período 2017-2019, aprobado por Orden de 27 de enero de 2017.

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Examinado el expediente de modificación del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para 2017-2019, tramitado por la Secretaría General Técnica de esta Consejería.

Vista la propuesta formulada por la Dirección General de Comercio y Consumo.

Teniendo en cuenta los siguientes

I. ANTECEDENTES

1º) Mediante Orden del titular de este Departamento nº 16/2017, de 27 de enero de 2017, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para el período 2017-2019 (BOC nº 26, de 7 de febrero de 2017), modificado por Orden nº 61/2017, de 28 de marzo de 2017 (BOC nº 68, de 6 de abril de 2017), por Orden nº 148/2017, de 11 de julio de 2017 (BOC nº 139, de 20 de julio de 2017), por Orden nº 248/2017, de 27 de diciembre de 2017 (BOC nº 6, de 9 de enero de 2018) y por Orden nº 41/2018, de 13 de marzo de 2018 (BOC nº 57, de 21 de marzo de 2018).

2º) El Gobierno, en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2018, adoptó el acuerdo de declarar, por razones de coyuntura económica, ampliables los créditos de distintas aplicaciones presupuestarias para atender gastos del ejercicio corriente en diversas áreas, recogiéndose en el marco de la Sección 15 "Economía, Industria, Comercio y Conocimiento", entre otros, los proyectos de inversión nominados de nueva creación 187G160 denominado "Ayuntamiento Breña Alta. Edificio aparcamientos Plaza Bujaz" y 187G0161 "Ayuntamiento Mogán. Edificios aparcamientos Avenida Constitución". Así mismo, se acuerda autorizar la modificación de crédito que da soporte presupuestario a sendos proyectos como órgano competente para la resolución de este procedimiento.

3º) En la Secretaría General Técnica ha tenido entrada, con fecha 20 de diciembre de 2018, propuesta de la Dirección General de Comercio y Consumo de modificación del vigente plan estratégico departamental de subvenciones, referido al ejercicio 2018, con el fin de actualizar el contenido del plan mediante la incorporación de dos nuevas líneas de subvención gestionadas por la citada Dirección General, correspondientes a los nuevos proyectos de inversión consignados en el capítulo 7 "Transferencias de capital" del estado de gastos de los vigentes presupuestos.

4º) A iniciativa de dicho órgano directivo, la Secretaría General Técnica ha llevado a cabo los trámites necesarios para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2017-2019, a efectos de la preceptiva emisión de informe por la Dirección General de Planificación y Presupuesto, previsto en el artículo 6.5 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

A los que son de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, de carácter básico, que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberían concretar en un Plan Estratégico de Subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, establece en los artículos 6, 7 y 8 que se aprobará un Plan Estratégico para cada departamento así como el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- El artículo 6.1 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, dispone que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados".

Cuarta.- En cumplimiento de la previsión contenida en el artículo 6.1 del mencionado Decreto 36/2009, y con el objetivo de dar continuidad a las actuaciones que viene desarrollando este Departamento, a través de los diferentes centros directivos que tiene adscritos, en aquellas áreas en las que tiene atribuidas competencias, procede la modificación de dicho Plan.

Quinta.- El apartado 4 del artículo 6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, conforme a la nueva redacción contenida en el Decreto 5/2015, de 30 de enero, determina que "Los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años ...".

Sexta.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, dispone en el artículo 31.1.a), en relación con el artículo 16.1 del mismo cuerpo legal, que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Séptima.- El Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, modificado por el Decreto 143/2015, de 20 de julio, del Presidente, crea la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, y en virtud de lo establecido en el Decreto 183/2015, de 21 de julio, se determina la estructura central y periférica, así como las sedes de las Consejerías del Gobierno de Canarias.

Octava.- Por Decreto 23/2016, de 4 de abril, se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, dando cumplimiento a las previsiones del mencionado Decreto 183/2015, en relación a la aprobación por el Gobierno de los correspondientes proyectos de estructura orgánica y funcional de los Departamentos.

Novena.- El artículo 6 del precitado Decreto 36/2009 establece que la aprobación o modificación de los planes estratégicos de subvenciones corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General competente en materia de presupuestos.

Décima.- Con fecha 26 de diciembre de 2018 la Dirección General de Planificación y Presupuesto emite informe previo favorable al contenido de la presente Orden.

Vistas las normas citadas, la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, y las demás de aplicación.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para el período 2017-2019, en los términos recogidos en el anexo a la presente Orden.

Segundo.- Mantener la vigencia de las demás previsiones contenidas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento para el período 2017-2019, aprobado por Orden nº 16/2017, de 27 de enero de 2017, modificado por Orden nº 61/2017, de 28 de marzo de 2017 (BOC nº 68, de 6 de abril de 2017), por Orden nº 148/2017, de 11 de julio de 2017 (BOC nº 139, de 20 de julio de 2017), por Orden nº 248/2017, de 27 de diciembre de 2017 (BOC nº 6, de 9 de enero de 2018) y por Orden nº 41/2018, de 13 de marzo de 2018 (BOC nº 57, de 21 de marzo de 2018).

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Las Palmas de Gran Canaria, a 27 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONOCIMIENTO,

Pedro Ortega Rodríguez.

A N E X O

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES 2017-2019

Se modifica el apartado II del Anexo del Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento 2017-2019, correspondiente a la Dirección General de Comercio y Consumo.

II. DIRECCIÓN GENERAL DE COMERCIO Y CONSUMO.

Considerando que el Gobierno, mediante acuerdo adoptado en sesión celebrada el día 10 de diciembre de 2018, autorizó la modificación presupuestaria para dotar de crédito dos nuevos proyectos de inversión nominados, consignados en el Capítulo 7 "Transferencias de capital" del estado de gastos del Servicio 1505 "Dirección General de Comercio y Consumo" de la Sección 15 "Economía, Industria, Comercio u Conocimiento", es preciso que ambos proyectos a gestionar mediante subvención sean incorporados al plan en materia de comercio interior, promoviéndose a tal efecto la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones vigente, en su anualidad 2018.

A) EN MATERIA DE COMERCIO INTERIOR.

Se modifican los apartados relativos a las fuentes de financiación y a la previsión de costes anuales e indicadores para 2018 en los términos siguientes:

II.3. FUENTES DE FINANCIACIÓN.

Partidas financiadas con recursos propios 100%. Las actuaciones descritas en este plan se financiarán con fondos del Gobierno de Canarias con cargo a los créditos contemplados y que prevé contemplar en el programa 431B "Comercio Interior" de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma Canarias, en las partidas siguientes:

- 187G0160 AYUNTAMIENTO BREÑA ALTA. EDIFICIO APARCAMIENTOS PLAZA DE BUJAZ.

- 187G0161 AYUNTAMIENTO DE MOGÁN. EDIFICIO APARCAMIENTOS AVENIDA CONSTITUCIÓN.

El objetivo específico de estos dos proyectos de inversión es dar cobertura a una subvención nominada a cada uno de los citados Ayuntamientos para la creación de una infraestructura comercial consistente en un edificio de aparcamientos para ampliar la dotación de aparcamientos de la Zona Comercial Abierta de los respectivos municipios.

II.4. PREVISIÓN DE COSTES ANUALES E INDICADORES

Las previsiones de costes, indicadores y magnitudes son los que se reflejan en el siguiente cuadro:

Ver anexo en las páginas 1563-1563 del documento Descargar

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