Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 2. Jueves 3 de Enero de 2019 - 40

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

40 ORDEN de 14 de diciembre de 2018, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2016-2018.

68 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 1.98 Mb.
BOC-A-2019-002-40. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la modificación del "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes para los ejercicios 2016-2018", y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de esta Consejería nº 45/2016, de 9 de marzo de 2016, se aprueba el "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes para los ejercicios 2016-2018".

Segundo.- Dicho Plan Estratégico de Subvenciones fue modificado por Orden de 29 de julio de 2016, por Orden de 24 de noviembre de 2016, por Orden de 17 de marzo de 2017, por Orden de 17 de mayo de 2017, por Orden de 9 de noviembre de 2017, por Orden de 14 de diciembre de 2017, por Orden de 29 de diciembre de 2017, por Orden de 23 de abril de 2018 y por Orden de 19 de junio de 2018.

Tercero.- Por parte de la Dirección General de Infraestructura Turística, la Dirección General de Deportes y la Viceconsejería de Turismo se han propuesto a través de Memorias debidamente justificadas, nuevas líneas de subvención para el ejercicio 2018, contempladas en la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2018, así como a través de las correspondientes modificaciones presupuestarias tramitadas ante la Dirección General de Planificación y Presupuestos. Dichas líneas de subvención se detallan a continuación:

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURA TURÍSTICA.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8 de abril de 2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo. Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, los ejercicios 2016 y 2017, ya finalizados, y el actual, a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2018.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, se incorporaron, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y en concreto en el Servicio 1605 de la Dirección General de Infraestructura Turística, Programa 432B, Infraestructura Turística y Gestión Integral Núcleos Turísticos, nuevas líneas de actuación que darán cobertura a nuevas subvenciones que no están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2016/2018. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Dirección General de Infraestructura Turística y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir las referidas líneas de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente departamento.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, serán subvenciones directas y se deben añadir a las ya previstas en el Plan Estratégico del departamento, la siguiente subvención:

* La Ola del Lago Martiánez. Puerto de la Cruz.

* Acondicionamiento Playa de Valleseco. Santa Cruz de Tenerife.

En el anexo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, dentro de la Sección 16, Servicio 1605, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (432B), figura el nuevo proyecto que dará cobertura a las siguientes subvenciones directas:

Ver anexo en la página 395 del documento Descargar

II.1.- Objetivos.

El turismo se configura como la principal actividad económica del Archipiélago, tanto por su aportación directa e indirecta a la riqueza generada en Canarias, como por la cantidad de mano de obra que ocupa. De ahí la importancia de una planificación correcta de los recursos, para lograr una actividad turística sostenible y competitiva.

El programa 432B se incardina dentro de los objetivos y estrategias de desarrollo que esta Comunidad está llevando a cabo a través de los diferentes programas e iniciativas teniendo como referencia estratégica la sostenibilidad del desarrollo turístico y cuyo contenido, que se mantiene para el presente ejercicio presupuestario, ha sido el siguiente:

- Continuación de la Estrategia para la mejora del espacio público turístico, para la creación de nuevas infraestructuras turísticas que contribuyan a la mejora y diversificación del atractivo turístico de Canarias, como destino turístico, y que posibiliten la realización de actividades tales como: turismo náutico, deportivo, rural, cultural, de congresos, etc.

- Mejora de las infraestructuras turísticas que tengan por finalidad:

a) El embellecimiento de los atractivos turísticos de las Islas, incluyendo los recursos naturales.

b) Un adecuado desarrollo urbanístico de los distintos enclaves turísticos y el acondicionamiento de los elementos del territorio para un sustento de la diversificación de la oferta, incluyendo segmentos tales como el turismo rural, cultural, de salud, etc.

Las razones que justifican la necesidad de actuación de la Administración y que propician un programa específico de infraestructuras turísticas, son las siguientes:

- Aplicación de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias con especial hincapié en la acción de fomento de la actividad turística, en un sistema de calidad y respeto al medio ambiente.

- Sostenibilidad del desarrollo turístico, tomando como base la mejora de las infraestructuras turísticas existentes.

Las líneas de actuación que se siguen en este Programa se desarrollan y priorizan a través de actuaciones orientadas a:

- Mejorar la calidad del producto turístico y su entorno.

- Fomento de la gestión medioambiental de los enclaves o núcleos turísticos.

En definitiva, el programa presupuestario 432B "Infraestructura Turística y Gestión Integral de Núcleos Turísticos" para el presente ejercicio 2018, trata de impulsar una serie de actuaciones que abordan medidas y acciones de reactivación económica que, en el área de turismo, se centrarán también en la intervención frente a la degradación sufrida por la madurez y declive de los principales enclaves turísticos.

De otro lado, supone dar cobertura a actuaciones que incidan positivamente en la cualificación del espacio turístico, apostando por la renovación urbana, entendiendo por tal la regeneración de las urbanizaciones y núcleos turísticos de Canarias en los que la cooperación lo será mediante intervenciones públicas y privadas.

Es obvio que el logro de la cualificación turística tiene una magnitud estratégica y de interés público que no puede limitarse a las iniciativas que voluntariamente sea impulsadas desde el sector privado, constituyendo un deber del sector público la renovación de la oferta turística obsoleta a través de los medios adecuados y eficaces para remover los obstáculos que puedan interponerse en la marcha de las iniciativas que se orienten a conseguir la cualificación la renovación de la oferta turística promoviendo actuaciones que recuperen la imagen de los núcleos turísticos consolidados, obteniendo un entorno limpio y ordenado, con elevados niveles de satisfacción en cuanto a sus servicios públicos e imagen urbana.

DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo. Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, los ya finalizados ejercicios 2016, 2017 y el actual 2018 y ha sido objeto de diferentes modificaciones.

El artículo 7 del Decreto 36/2009, determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los Objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30 de diciembre), se incorporaron, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes y en concreto en el Servicio 1611 de la Dirección General de Deportes, Programa 336A Servicio de Deportes, nuevas líneas de actuación que darán cobertura a nuevas Subvenciones que no están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2016/2018. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Dirección General de Deportes y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir las referidas líneas de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente departamento, así como una línea del capítulo VII que se añade a través de modificación presupuestaria. Asimismo, una de las subvenciones directas que ya estaban incluidas en el Plan Estratégico debe modificarse, mínimamente, el plazo de realización de la actividad, por motivos ajenos a los beneficiarios y a la propia Comunidad Autónoma. Por otro lado, la Administración del Estado a través del Consejo Superior de Deportes ha concedido a través de dos subvenciones unos ingresos económicos con destino al Centro de Tecnificación de Halterofilia que se tramitará mediante subvención directa.

Así mismo, en el proyecto de Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para el ejercicio 2019 se recogen tres líneas de actuación que darán cobertura a dos convocatorias anticipadas de subvenciones de concurrencia competitiva, que se detallan en el Anexo I. Estas subvenciones se recogerán en el Plan Estratégico que se aprobará mediante Orden de esta Consejería para los ejercicios presupuestarios 2019 a 2021.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, serán subvenciones directas y se deben añadir a las ya previstas en el Plan Estratégico del departamento, las siguientes subvenciones:

1) Subvención Directa por razones de interés público a la Federación Canaria de Vela para gastos en instalaciones deportivas del nuevo Centro de Tecnificación de Vela.

En el anexo de transferencias corrientes de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, dentro de la Sección 16, Servicio 1611, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (336A), figuran los siguientes proyectos que darán cobertura a las siguientes subvenciones directas (por razones de interés público).

Las subvenciones directas de las subvenciones de dos de proyectos de subvenciones del Capítulo 7 del Programa 336A, no estaban recogidos dentro del Plan Estratégico:

Ver anexo en la página 398 del documento Descargar

También, se debe realizar una modificación del Plan Estratégico para modificar el plazo de realización de la actividad de una de las subvenciones directas de Capítulo IV previstas ya en el plan:

1) Subvención Directa por razones de interés público para subvencionar los Campeonatos de España en edad escolar celebrados en el ejercicio 2018:

Ver anexo en la página 399 del documento Descargar

III.- Subvenciones de concurrencia competitiva con carácter anticipado para el ejercicio 2019.

La Dirección General de Deportes, en el marco de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 113/2006, de 26 de julio y 212/1991, de 11 de septiembre, debe elaborar las propuestas de planes y programas en su ámbito de actuación, en el marco normativo de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canarias del Deporte.

De las convocatorias de concurrencia competitiva ya previstas en el Plan Estratégico para 2016-2018, se detallan dos convocatorias con carácter anticipado para el ejercicio 2019, que se recogerán en el Plan que se aprobará por parte de la Consejería para todo el departamento:

Ver anexo en la página 399 del documento Descargar

IV. 1- Objetivos.

La Dirección General de Deportes, en el marco de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 113/2006, de 26 de julio y 212/1991, de 11 de septiembre, debe elaborar las propuestas de planes y programas en su ámbito de actuación, en el marco normativo de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte y para la presente anualidad, en al marco presupuestario establecido en la Ley 7/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Canaria para el ejercicio 2018.

A tal fin, se subvenciona de forma directa a las Federaciones Deportivas Canarias de las modalidades convocadas por el Consejo Superior de Deportes, para los Campeonatos de España en edad escolar. Las Federaciones Deportivas Canarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte, las federaciones deportivas canarias, además de sus funciones propias en el ámbito interno, ejercen, por atribución expresa de esta ley y bajo la tutela de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo, actuando, en este caso, como agentes colaboradores de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias:

h) Colaborar con las Administraciones públicas en la organización de las actividades y competiciones del deporte en edad escolar.

Las competiciones de los Campeonatos de España en edad escolar de las distintas modalidades deportivas convocadas estaba prevista su celebración entre el 1 de enero de 2018 y 30 de octubre de 2018, sin embargo el campeonato de España de Orientación ha sufrido una modificación de fechas por el Consejo Superior de Deportes y se realizará durante los primeros días del mes de noviembre, por lo que resulta necesario modificar el plazo de realización de estas subvenciones directas que ya están incluidas en el Plan Estratégico de la Consejería.

Asimismo, el Consejo Superior de Deportes concede a los Centros de Tecnificación subvenciones para que puedan cubrir los gastos de sus centros de tecnificación realizados durante el año 2017, este dinero es ingresado a la Comunidad Autónoma que debe conceder mediante subvención directa estos ingresos a las Federaciones Canarias que gestionan los Centros. Este año solo accedió el Centro de Tecnificación de Halterofilia, por lo que se debe tramitar subvención directa a la Federación Canaria de Halterofilia.

En el Capítulo VII existe un programa presupuestario denominado instalaciones deportivas, cuyo objetivo es tramitar una subvención directa a la Federación Canaria de Vela para cubrir gastos del nuevo centro de tecnificación de vela, referente a las instalaciones deportivas del mismo, donde se incluyen gastos relacionados con equipamiento de las instalaciones y proyectos y pequeñas obras en las mismas.

Se crea para el Capítulo VII un nuevo programa presupuestario denominado "Plan Estratégico de la Lucha Canaria", a través de modificación presupuestaria, que pretende subvencionar la realización de un trabajo técnico para elaborar el diagnóstico, y una posterior propuesta de acciones, de las características específicas de la lucha canaria en la Comunidad Autónoma.

II.2.- Costes.

Los fondos públicos destinados a tal fin han quedado cifrados, para las subvenciones directas que se quieren incluir de capítulo IV en un total de 5.544,76 euros y las de capítulo VII un total de 131.000,00 euros, para la anualidad de 2018, que son financiados por el propio Gobierno de Canarias.

Ver anexo en la página 400 del documento Descargar

VICECONSEJERÍA DE TURISMO.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8 de abril de 2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo y modificado por Orden nº 149/2018, de 23 de abril. Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, los ya finalizados ejercicios 2016 y 2017, y el actual 2018.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 250, de 30 de diciembre), se incorporaron, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y en concreto en el Servicio 1609 de la Viceconsejería de Turismo, Programa 432 H, Planificación Turística y Sistema de Información, nuevas líneas de actuación que darían cobertura a nuevas subvenciones que no estaban previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2016/2018. Debido a que los objetivos de las mismas entraban dentro de las actuaciones prioritarias de la Viceconsejería de Turismo y que contaban con la debida cobertura presupuestaria, fue necesario incluir la referida línea de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente departamento. Debido a una generación de crédito tramitada por la Dirección General de Presupuestos, este crédito ha ascendido a un importe de 420.000 euros, con ánimo de cubrir la mayor cantidad de solicitudes posibles presentadas al amparo de la Orden de 6 de noviembre de 2018, de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, por la que se convocan para el ejercicio 2018 las subvenciones destinadas a la creación de Productos Turísticos en Corporaciones Locales de la Comunidad Autónoma de Canarias y se aprueban las bases que han de regir las mismas. A dicha convocatoria se presentaron 51 solicitudes y con el crédito presupuestario existente (200.000 euros) en la actualidad se cubrirían un máximo de 10 solicitudes únicamente.  Por lo tanto, a través del expediente de generación de crédito, se amplia el mismo por un importe de 220.000 euros.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones.

En el anexo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, dentro de la Sección 16, Servicio 1609, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (432H), figura el  proyecto de inversión que da cobertura a la siguiente subvención que, de conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, es directa y fue añadida a las ya previstas en el Plan Estratégico del Departamento. Este proyecto se ha aumentado en 220.000 euros como consecuencia de la generación de crédito mencionada, lo que hace un total de 420.000 euros.

1. APOYO A LA CREACIÓN DE PRODUCTOS TURÍSTICOS EN CORPORACIONES LOCALES.

Ver anexo en la página 402 del documento Descargar

II.1.- Objetivos.

El programa 432H se incardina dentro de los objetivos y estrategias de desarrollo que esta Comunidad está llevando a cabo a través de la promoción de la innovación turística, mediante un programa coordinado y cofinanciado con los municipios dirigido a la creación y puesta en marcha de productos y servicios turísticos innovadores que aportan valor diferencial a la oferta turística, centrándose en las necesidades y expectativas de los turistas de los diferentes mercados emisores con presencia en Canarias.

Las líneas de actuación que se siguen en este Programa se desarrollan y priorizan a través de actuaciones orientadas a:

- Apoyar la creación de productos turísticos por las Corporaciones Locales.

- Apoyar políticas de promoción conjunta entre los sectores turísticos y culturales.

Ambos se orientan a apostar por el desarrollo de experiencias, el fomento de los beneficios de la climatología y sus productos asociados, el fomento de la variedad  y riqueza natural, el impulso a la oferta de ocio y complementaria, todo ello para potenciar el cambio de imagen y reposicionando el destino y sus empresas en torno a elementos identitarios. Se insiste en la importancia de los aspectos identitatarios como elemento de valor creciente en la demanda turística. Asimismo pretende reconocer la potencialidad del turismo cultural como generador de patrimonio y por su utilidad social y turística.

El turismo cultural permite desarrollar y consolidar activos ajenos al mercado turístico y genera numerosos efectos positivos, entre los que cabe citar el valor añadido que supone para los destinos turísticos maduros, la capacidad de generar recursos para el mantenimiento y protección de los espacios visitados, el interés añadido que genera en la población receptora por su cultura local y el hecho de que, en último término, fortalece el desarrollo de políticas conjuntas entre el sector turístico y el cultural.

En definitiva, se pretende fomentar y promover el desarrollo turístico, integrando las actividades de ocio y turísticas, con el objeto de incrementar el valor añadido por estas actividades a nivel municipal creándose las sinergias necesarias entre las distintas actividades, de ocio, cultura, gastronómicas ... lo que supone para los destinos turísticos maduros, la capacidad de generar recursos para el mantenimiento y protección de los espacios visitados, el interés añadido que genera en la población receptora su cultura local y el hecho de que fortalece el desarrollo de políticas conjuntas entre el sector turístico y cultural.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la Disposición Final primera de dicha Ley), establece: "Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria". De ahí que, dado el citado Plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones, nace la necesidad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.

Segundo.- A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, regulan dichos planes (artº. 6), su contenido (artº. 7) y seguimiento (artº. 8).

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto (artº. 6.5), la aprobación de los planes estratégicos.

Cuarto.- En el citado artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo,se establece que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados" (artº. 6.1).

Asimismo, se prevé que "los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente" (artº. 6.3).

Quinto.- El artículo 7.2 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos: "El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones, que de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública".

Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009 al determinar que "Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio".

Séptimo.- Procede la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2016-2018, que fue aprobado por Orden departamental nº 45, de 9 de marzo de 2016, consistente en la inclusión de nuevas líneas de subvención, cuya aplicación presupuestaria viene recogida en la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 4.2.h) del Reglamento Orgánico de Departamento, aprobado por Decreto 24/2016, de 4 de abril,

R E S U E L V O:

Modificar el "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes para los ejercicio 2016-2018", aprobado por Orden de esta Consejería nº 45/2016, de 9 de marzo de 2016, modificada por la Orden de 29 de julio de 2016, Orden de 24 de noviembre de 2016, por Orden de 17 de marzo de 2017, Orden 17 de mayo de 2017, Orden de 9 de noviembre de 2017, por Orden de 14 de diciembre de 2017, por Orden de 29 de diciembre de 2017, por Orden de 23 de abril de 2018 y por Orden de 19 de junio de 2018 en los términos expuestos en la presente Orden y su anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO DE TURISMO,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Castellano San Ginés.

Ver anexo en las páginas 405-461 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias