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BOC Nº 251. Viernes 28 de Diciembre de 2018 - 6059

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Obras Públicas y Transportes

6059 ORDEN de 5 de diciembre de 2018, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2016-2018, modificado por Orden de 6 de agosto de 2018.

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BOC-A-2018-251-6059. Firma electrónica - Descargar

Examinado el expediente tramitado por la Secretaria General Técnica para la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2016-2018.

Vista la propuesta formulada por el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes, relativa al proyecto de subvención de su área competencial.

Teniendo en cuenta que con carácter previo al otorgamiento de tal subvención, es necesaria su inclusión en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería, se constatan los siguientes

I. ANTECEDENTES

Primero.- Mediante Orden de la Consejera de Obras Públicas y Transportes nº 37, de 14 de marzo de 2016, se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2016-2018 (BOC nº 57, de 23 de marzo de 2016).

Segundo.- Por Orden del Consejero de Obras Públicas y Transportes nº 110, de 6 de agosto de 2018, se modificó el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2016-2018 (BOC nº 168, de 30 de agosto de 2018).

Tercero.- En la Secretaría General Técnica se ha recibido propuesta, de la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes, de modificación del Plan Estratégico en vigor, para la inclusión de una nueva subvención denominada Aparcamiento Puerto de Órzola, ampliación presupuestaria 11.08.451D.760.00 proyecto de inversión 187G0050.

A los anteriores antecedentes les resulta de aplicación las siguientes

II. CONSIDERACIONES JURÍDICAS

Primera.- La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 8.1, de carácter básico, que los órganos de las Administraciones Públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

Segunda.- El Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, contempla en sus artículos 6, 7 y 8 el procedimiento, alcance, vigencia, contenido y seguimiento de los planes estratégicos de subvenciones.

Tercera.- De conformidad con el artículo 6 del precitado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, se aprobará un plan estratégico de subvenciones para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados.

Cuarta.- Según el apartado 4 del artículo 6 ya mencionado, modificado por el Decreto 5/2015, de 30 de enero, los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente.

Quinta.- La aprobación del Plan corresponde al titular del Departamento y requerirá informe previo de la Dirección General competente en materia de presupuestos, de acuerdo con el apartado 5 del artículo 6, según redacción dada por el Decreto 5/2015.

Sexta.- El plan estratégico tendrá el contenido señalado en el artículo 7.1 del citado Decreto 36/2009.

Séptima.- Según lo previsto en el apartado 5 del artículo 6 del Decreto 36/2009, modificado por el Decreto 5/2015, a la solicitud de informe de la Dirección General competente en materia de presupuestos, se adjuntará el informe sobre el grado de avance de la aplicación del plan anterior, sus efectos y las repercusiones presupuestarias y financieras que se deriven de su aplicación.

Octava.- La Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información publica, dispone en el artículo 31.1.a) en relación con el articulo 16.1 , que los planes estratégicos de subvenciones deben ser publicados en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

En el ejercicio de la competencia que tengo atribuida y vista la propuesta formulada de modificación del Plan Estratégico 2016-2018 y visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuestos de 4 de diciembre de 2018,

R E S U E L V O:

Primero.- Modificar la Orden de la Consejera de Obras Publicas y Transportes nº 37, de 14 de marzo de 2016, por la que se aprobó el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el periodo 2016-2018 (BOC nº 57, de 23 de marzo de 2016), modificado por Orden nº 110, de 6 de agosto de 2018 (BOC nº 168, de 30 de agosto de 2018), manteniendo la vigencia de las líneas y proyectos de inversión incluidas en dichas Órdenes e incluyendo nuevo proyecto de inversión, cuyo detalle se recoge en el anexo a la presente Orden.

Segundo.- En el supuesto que una vez concluido el ejercicio presupuestario 2018, y en trámite la aprobación del nuevo Plan, se entenderá prorrogado este, en aquellas líneas de actuación y proyectos de inversión que sigan contando con consignación presupuestaria adecuada y suficiente en el ejercicio presupuestario 2019, hasta tanto el nuevo Plan Estratégico de Subvenciones entre en vigor.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias y en el Portal de Transparencia.

Santa Cruz de Tenerife, a 5 de diciembre de 2018.

EL CONSEJERO DE OBRAS PÚBLICAS

Y TRANSPORTES,

Pablo Rodríguez Valido.

A N E X O

MODIFICACIÓN DEL PLAN ESTRATÉGICO DE SUBVENCIONES DE LA CONSEJERÍA DE OBRAS PÚBLICAS Y TRANSPORTES 2016-2018

VICECONSEJERÍA DE INFRAESTRUCTURAS Y TRANSPORTES

SUBVENCIÓN APARCAMIENTO PUERTO DE ÓRZOLA

Objetivo: actualmente existen dos líneas marítimas que unen las islas de Lanzarote y La Graciosa, que realizan entre 16 y 19 viajes diarios, según la temporada. El considerable aumento de turistas que visitan La Graciosa, junto con sus vecinos y los de Órzola, además de las fiestas populares y eventos deportivos que se desarrollan en la octava isla, han hecho que este núcleo costero soporte un gran número de vehículos estacionados durante todo el año.

Para dar solución a la escasez de suelo con destino al estacionamiento temporal, se ha estudiado la posibilidad de adquirir varias fincas continguas, cuyas características son las idóneas para la ubicación de una zona de aparcamiento siendo el objeto de la subvención proceder a la adquisición de las parcelas necesarias para posteriormente ejecutar el Proyecto 187G0050 denominado "Aparcamiento Puerto de Órzola".

Área de competencia afectada: infraestructuras.

Aplicación Presupuestaria: 11.08.451D.760.00.187G0050 Aparcamiento Puerto de Órzola.

Fuente de Financiación: CAC.

Coste de realización: 150.000,00 euros.

Beneficiarios: Cabildo Insular de Lanzarote.

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