Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 246. Jueves 20 de Diciembre de 2018 - 5915

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

5915 Secretaría General Técnica.- Resolución de 30 de noviembre de 2018, por la que se ordena la publicación de la Adenda decimosegunda de prórroga del Convenio de Colaboración suscrito el 10 de diciembre de 2010, entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca para la gestión del Centro Casa Familiar "Manolo Torras II".

5 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 306.71 Kb.
BOC-A-2018-246-5915. Firma electrónica - Descargar

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- El 10 de diciembre de 2010, se formalizó un Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias y Los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca para la Gestión del Centro Casa Familiar "Manolo Torras II".

Está inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 14 de diciembre de 2010 y con el nº RCO2010TF00062, con una vigencia desde el 1 de enero de 2011, hasta el 31 de diciembre de 2011.

El mencionado Convenio y las sucesivas Adendas primera firmada el 14 de noviembre de 2011, la segunda de fecha 26 de diciembre de 2012, la tercera de fecha 18 de diciembre de 2013, y la cuarta de fecha 30 de diciembre de 2014, han sido publicadas en el Boletín Oficial de Canarias nº 217, de fecha 9 de noviembre de 2015.

Segundo.- En fecha 11 de diciembre de 2015, se firmó la Adenda quinta de modificación y prórroga del Convenio, ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016 y fue publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 19, de 19 de enero de 2016.

Tercero.- Con fecha 23 de diciembre de 2016, se firmó la Adenda sexta de prórroga del Convenio desde el 1 de enero de 2017 hasta el 31 de marzo de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 26, de 7 de febrero de 2017.

Cuarto.- Con fecha 31 de marzo de 2017, se firmó la Adenda séptima de modificación y prórroga del Convenio ampliando su vigencia desde el 1 de abril de 2017 hasta el 30 de septiembre de 2017 y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 76, de 20 de abril de 2017.

Quinto.- Con fecha 22 de septiembre de 2017, se firmó la Adenda octava de prórroga del Convenio ampliando su vigencia desde el 1 de octubre de 2017, hasta el 31 de diciembre de 2017 y ha sido publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 198, de 13 de octubre de 2017.

Sexto.- Con fecha 29 de diciembre de 2017, se firmó la Adenda novena de prórroga del Convenio ampliando su vigencia desde el 1 de enero de 2018 hasta el 30 de abril de 2018 y se publicó en el Boletín Oficial de Canarias nº 25, de 5 de febrero de 2018.

Séptimo.- Con fecha 17 de abril de 2018, se firmó la Adenda décima de prórroga del Convenio, ampliando su vigencia desde el 1 de mayo de 2018, hasta el 30 de junio de 2018 y publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 88, de 8 de mayo de 2018.

Octavo.- Con fecha 26 de junio de 2018, se firmó la Adenda decimoprimera de prórroga del Convenio, ampliando su vigencia desde el 1 de julio de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 135, de 13 de julio de 2018.

Noveno.- Con fecha 9 de noviembre de 2018, se firmó la Adenda decimosegunda de prórroga del Convenio, ampliando su vigencia desde el 1 de enero de 2019 hasta el 28 de febrero de 2019.

A los anteriores, le son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS JURÍDICOS

Único.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo, los Convenios que se celebren por los órganos de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y de los organismos y entidades vinculadas o dependientes de la misma, con otras administraciones públicas y otros sujetos, públicos o privados, así como las modificaciones, prórrogas y anexos o adendas a los mismos, deberán publicarse, en el Boletín Oficial de Canarias, dentro de los veinte días siguientes a su firma.

Por lo anterior, considerando que, en virtud del artº. 3 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda, así como las relativas a la materia de empleo, que tenía asignada la Consejería de Empleo, Industria y Comercio; y en ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 12.2.r) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre,

R E S U E L V O:

Ordenar la publicación en el Boletín Oficial de Canarias de la Adenda decimosegunda de Prórroga del Convenio de Colaboración suscrito el 10 de diciembre de 2010 entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias y Los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca para la Gestión del Centro Casa Familiar "Manolo Torras II", cuyo texto se acompaña como anexo.

Santa Cruz de Tenerife, a 30 de noviembre de 2018.- La Secretaria General Técnica, Natalia Escuder y Gutiérrez de Salamanca.

a n e x o

ADENDA DECIMOSEGUNDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN SUSCRITO EL 10 DE DICIEMBRE DE 2010, ENTRE LA EXTINTA CONSEJERÍA DE BIENESTAR SOCIAL, JUVENTUD Y VIVIENDA DEL GOBIERNO DE CANARIAS Y LOS HERMANOS FRANCISCANOS DE CRUZ BLANCA PARA LA GESTIÓN DEL CENTRO CASA FAMILIAR "MANOLO TORRAS II".

En Santa Cruz de Tenerife, a 9 de noviembre de 2018.

INTERVIENEN

De una parte, la Excma. Sra. Cristina Valido García, en calidad de Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda del Gobierno de Canarias, en virtud de nombramiento efectuado mediante Decreto 2/2017, de 4 de enero, del Presidente, por el que se le nombra Consejera del Gobierno de Canarias (BOC nº 4, de 5 de enero de 2017), actuando en nombre de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma en virtud de las competencias que le otorga el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas Canarias, así como de conformidad con lo dispuesto en los artículos 1.d) y 5.5 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre.

De otra parte, el Sr. D. Mario Suárez Rodríguez, con DNI 78474780E, en nombre y representación de la Casa Familiar "Manolo Torras" de los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca, en su condición de Superior de la Casa Familiar Manolo Torras de la Entidad Instituto Hermanos de la Cruz Blanca, CIF R3800363 H, nombrado en Consejo General celebrado el 2 de octubre de 2015, entidad inscrita en el Registro de Entidades Religiosas del Ministerio de Justicia con el nº 2.436/10 de la Sección Especial, Grupo B (nº 2.436/10-SE/B) y habilitada como entidad colaboradora por Resolución de la entonces Dirección General de Protección del Menor y la Familia de fecha 16 de abril de 2007, según certificación del Secretario de fecha 5 de noviembre de 2018.

Los intervinientes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen, mutua y recíprocamente, la capacidad legal necesaria para la formalización de la presente Adenda y, en su mérito

EXPONEN

Primero.- Con fecha 10 de diciembre de 2010 se formalizó un Convenio de Colaboración entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda y la Congregación de Los Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca para la gestión del Centro Familiar Manolo Torras II, inscrito en el Registro de Convenios del Departamento con fecha 14 de diciembre del mismo año y con nº 62, publicado en el Boletín Oficial de Canarias nº 217, de 9 de noviembre de 2015.

Segundo.- Con fecha 14 de noviembre de 2011, se firmó Adenda primera de modificación y prórroga del Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 217, de 9 de noviembre de 2015.

Tercero.- Con fecha 26 de diciembre de 2012, se firmó Adenda segunda de prórroga del Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 217, de 9 de noviembre de 2015.

Cuarto.- Con fecha 18 de diciembre de 2013, se firmó Adenda tercera de modificación y prórroga del Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 217, de 9 de noviembre de 2015.

Quinto.- Con fecha 30 de diciembre de 2014, se firmó Adenda cuarta de modificación y prórroga del Convenio, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 217, de 9 de noviembre de 2015.

Sexto.- Con fecha 11 de diciembre de 2015, se firmó Adenda quinta de modificación y prórroga del Convenio, ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2016, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 19, de 19 de enero de 2016.

Séptimo.- Con fecha 23 de diciembre de 2016, se firmó Adenda sexta de prórroga del Convenio, ampliando su vigencia hasta el 31 de marzo de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 26, de 7 de febrero de 2017.

Octavo.- Con fecha 31 de marzo de 2017, se firmó Adenda séptima de prórroga y modificación del Convenio, ampliando su vigencia hasta el 30 de septiembre de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 76, de 20 de abril de 2017.

Noveno.- Con fecha 22 de septiembre de 2017, se firmó Adenda octava de prórroga ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 198, de 13 de octubre de 2017.

Décimo.- Con fecha 29 de diciembre de 2017, se firmó Adenda novena de prórroga ampliando su vigencia hasta el 30 de abril de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 25, de 5 de febrero de 2018.

Decimoprimero.- Con fecha 17 de abril de 2018, se firmó Adenda décima de prórroga ampliando su vigencia hasta el 30 de junio de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 88, de 8 de mayo de 2018.

Decimosegundo.- Con fecha 26 de junio de 2018, se firmó Adenda decimoprimera de prórroga al Convenio de Colaboración ampliando su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2018, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 135, de 13 de julio de 2018.

Decimotercero.- La cláusula octava del Convenio, según modificación de la cláusula segunda de la Adenda cuarta suscrita el 30 de abril de 2014 recoge que el coste efectivo asciende a 120 euros plaza ocupada/día, abonándose el 80% de dicho importe, es decir 96 euros, durante el tiempo que las plazas disponibles no se encuentren ocupadas.

Decimocuarto.- La cláusula decimonovena del Convenio establece que el Convenio podrá ser objeto de prórrogas, previa conformidad de las partes, acreditación de la existencia de crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias y suscripción de la pertinente Addenda de prórroga debiéndose fijar la aportación económica máxima que se prevé para la prórroga.

Decimoquinto.- En la actualidad se está en disposición de prorrogar nuevamente este marco de Colaboración para poder garantizar la continuidad de la actividad objeto del Convenio, existiendo crédito adecuado y suficiente en el presupuesto de gastos del ejercicio 2019 de la Comunidad Autónoma de Canarias. Con esta Adenda se mantendrán los mismos términos de su redacción vigente, tras la incorporación del nuevo texto y compromisos de las posteriores Adendas.

Las partes, según están representadas, firman la presente Adenda y se comprometen a las siguientes

CLÁUSULAS

Primera.- La vigencia del Convenio de Colaboración suscrito el 10 de diciembre de 2010 entre la extinta Consejería de Bienestar Social, Juventud y Vivienda del Gobierno de Canarias y la Congregación de Los Hermanos Franciscanos de La Cruz Blanca para la gestión del Centro Familiar Manolo Torras II, se prorroga desde el 1 de enero de 2019 hasta el 28 de febrero de 2019, o hasta la fecha en que se formalice el contrato del servicio regional de acogimiento residencial de atención a menores con discapacidad leve, moderada, grave y/o profunda, si esta fuese anterior, contrato en el que se incluye entre otras, la actividad objeto de este Convenio.

Segunda.- La aportación máxima por parte del Departamento, en atención al número de plazas y al periodo que se prorroga es parte del Departamento, en atención al número de plazas y al periodo que se prorroga asciende a ciento sesenta y nueve mil novecientos veinte (169.920,00) euros, fijando como importe máximo mensual el que resulte de multiplicar el coste plaza/día (120,00 euros) por veinticuatro plazas, por el número de días del mes. Dicho importe se imputará en la aplicación presupuestaria 23.17.231H 2290900, quedando condicionada su efectividad a la existencia de crédito adecuado, suficiente y disponible en el Presupuesto de Gastos de la Comunidad Autónoma de Canarias para el año 2019.

El gasto efectivo estará condicionado por las necesidades reales de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, que, por tanto, no queda obligada a concertar un determinado número de plazas ni a gastar la totalidad de la cantidad indicada, existiendo a su vez la posibilidad de incrementar el crédito inicial en función del número de menores que a los que dé cobertura el Hogar, o sus ampliaciones.

Tercera.- Las condiciones acordadas por las partes en el Convenio citado, seguirán siendo las mismas y en los mismos términos, con las modificaciones introducidas por las sucesivas Adendas.

Y para que así conste a los efectos oportunos, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por cuadriplicado ejemplar, y a un solo efecto y tenor, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- Por la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, Cristina Valido García.- Por la Congregación Hermanos Franciscanos de Cruz Blanca, Mario Suárez Rodríguez.

© Gobierno de Canarias