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BOC Nº 245. Miércoles 19 de Diciembre de 2018 - 5893

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Universidad de Las Palmas de Gran Canaria

5893 RESOLUCIÓN de 7 de diciembre de 2018, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad que aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de esta Universidad para 2018.

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BOC-A-2018-245-5893. Firma electrónica - Descargar

Visto el mandato conferido por el Consejo de Gobierno de esta Universidad, en sesión celebrada el 3 de diciembre de 2018,

R E S U E L V O:

Publicar en el Boletín Oficial de Canarias el siguiente

Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de esta Universidad para 2018.

El artículo 19.Uno.2 de la Ley 6/2018, de 4 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, fija la Oferta de Empleo Público en el ámbito de las Administraciones Públicas que en el ejercicio anterior hayan cumplido los objetivos de estabilidad presupuestaria y deuda pública y la regla de gasto, en el 100% de la tasa de reposición de efectivos, disponiendo de una tasa adicional del 8% destinado a aquellos ámbitos o sectores que requieran un refuerzo de efectivos, siempre dentro del marco de la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera.

De acuerdo con lo señalado en el párrafo anterior, la tasa de reposición de efectivos de los Cuerpos docentes universitarios y de Profesores con contrato laboral indefinido de esta Universidad, asciende a cincuenta y una plazas, a las que se añade cuatro plazas correspondientes al 8% de tasa adicional, lo que hace un total de cincuenta y cinco plazas.

Por otro lado, el último párrafo del artículo 19.Uno.7 establece que no computarán, dentro del límite máximo de plazas derivadas de la tasa de reposición de efectivos, aquellas plazas que se convoquen para su provisión mediante procesos de promoción interna y las correspondientes al personal declarado indefinido no fijo mediante sentencia judicial.

A este respecto, la Disposición final segunda del Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, por el que se conceden créditos extraordinarios y suplementos de crédito en el presupuesto del Estado y se adoptan otras medidas en materia de empleo público y de estímulo a la economía (BOE nº 219, de 12.9.15), modifica el apartado 2 del artículo 62 de la LOU, añadiendo un segundo párrafo mediante el cual se establece la figura de la promoción interna para acceder al Cuerpo de Catedráticos de Universidad, bajo cuya modalidad de acceso se podrán convocar plazas en número que no supere las que sean objeto de oferta de empleo público de turno libre, en ese mismo año, para el acceso a los cuerpos docentes del artículo 56 de la LOU. Esto representa la posibilidad de ofertar, al menos, cuatro plazas al turno de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad.

Con la presente Oferta de Empleo Público se pretende continuar abordando la solución a las carencias del personal de los Cuerpos docentes universitarios que se han ido acumulando en los años de congelación o limitación de las Ofertas de Empleo Público, que ponen en riesgo el cumplimiento de los límites establecidos en el artículo 48 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, así como la problemática descrita en la exposición de motivos del citado Real Decreto Legislativo 10/2015, según la cual "Tras varios años en las que las nuevas incorporaciones y promociones del profesorado universitario han estado limitadas por la aplicación de la tasa de reposición, la política de las Universidades por retener el talento y, por tanto, aplicar la tasa de reposición en retener jóvenes profesores ha tenido, por otro lado, un efecto negativo sobre el cuerpo de catedráticos de universidad. La jubilación de los Catedráticos de Universidad no ha podido ser compensada con nuevos catedráticos al carecer las universidades de tasas de reposición para poderlo hacer. Esto ha provocado una evidente y acelerada descompensación en las plantillas de profesores funcionarios universitarios, que queda resuelta con la aplicación de la promoción interna. La promoción interna, abierta al cuerpo de Profesores Titular de Universidad, va a permitir establecer en plantillas la distribución adecuada entre Profesores Titulares de Universidad y Catedráticos de Universidad, al tiempo que no modifica el número total de funcionarios docentes". Circunstancias, estas, que concurren en esta Universidad.

De conformidad con lo previsto en el artículo 19. Seis de la Ley 6/2018, de 4 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, se acumulará al sector del Personal de Administración y Servicios, cuatro plazas para que puedan acumularse a la tasa de reposición de dicho sector para atender las necesidades de refuerzo de efectivos en este colectivo, por lo que las plazas a ofertar en el turno libre quedan reducidas a cincuenta y uno.

La oferta de Empleo Pública que se acuerda, ha sido negociada con los representantes del Personal Docente e Investigador en sesiones conjuntas de 30 de octubre de 2018, 9 de noviembre de 2018 y 19 de noviembre de 2018, dándose por cerrada la negociación sin acuerdo.

En su virtud, el Consejo de Gobierno de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria, en sesión celebrada el 3 de diciembre de 2018, adopta el siguiente

ACUERDO:

Primero.- Aprobación de la Oferta de Empleo Público.

Se aprueba la Oferta de Empleo Público de Personal Docente e Investigador de la Universidad de Las Palmas de Gran Canaria para 2018, en los términos que se establecen en el presente acuerdo. Este incluye las plazas con asignación presupuestaria que deben proveerse por el turno libre; las plazas que deben proveerse por el turno de promoción interna para el acceso al Cuerpo de Catedráticos de Universidad; así como las plazas a ceder al Personal de Administración y Servicios.

Segundo.- Cuantificación de la Oferta de Empleo Público.

1. La Oferta de Empleo Público está integrada por cincuenta y cinco plazas con la siguiente distribución:

* Turno libre:

- Quince plazas de Profesor Titular de Universidad.

- Treinta y seis plazas de Profesor Contratado Doctor tipo I.

* Turno de promoción interna: cuatro plazas de Catedráticos de Universidad.

* Cesión de cuatro plazas al Personal de Administración y Servicios para incrementar la Oferta Pública de Empleo de dicho sector en 2018.

Tercero.- Procedimientos de acceso.

1. Las plazas del turno libre correspondientes al Cuerpo de Profesores Titulares de Universidad se proveerán por los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos para el acceso a dicho Cuerpo.

2. Las plazas correspondientes a personal laboral fijo se proveerán por los procedimientos legal y reglamentariamente establecidos para el acceso a la categoría de Profesor Contratado Doctor.

3. Las plazas del turno de promoción interna correspondientes al Cuerpo de Catedrático de Universidad se proveerán por el procedimiento previsto en el segundo párrafo del artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades, en la redacción dada por el Real Decreto-ley 10/2015, de 11 de septiembre, con los requisitos establecidos en el mismo.

Cuarto.- Publicidad.

Por el Sr. Rector Magnífico se procederá a la publicación del presento Acuerdo en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 7 de diciembre de 2018.- El Rector, Rafael Juan Robaina Romero.

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