Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 237. Viernes 7 de Diciembre de 2018 - 5640

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

5640 Viceconsejería de Sector Primario.- Resolución de 23 de noviembre de 2018, por la que se revoca parcialmente, la Resolución de 26 de junio de 2018, que concede las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2017.

7 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 475.55 Kb.
BOC-A-2018-237-5640. Firma electrónica - Descargar

Sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES

Primero.- Por Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 23 de mayo de 2018, se conceden provisionalmente las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2017 (BOC nº 99, de 23.5.18).

Segundo.- Transcurrido el plazo establecido para el trámite de audiencia, por Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 26 de junio de 2018, se conceden las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2017 (BOC nº 130, de 6.7.18).

Tercero.- Con fecha 21 de noviembre de 2018, por el Jefe de Sección que gestiona la ayuda se emite informe con el visto bueno de la Jefa de Servicio del Organismo Pagador, en el que indica que revisada la documentación que consta en el expediente, se ha comprobado que en la Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 26 de junio de 2018, por la que se conceden las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2017, se cometió un error en el cálculo que ha supuesto que se propusiera un importe inferior a algunos solicitantes.

El error detectado consistente en que no se tuvo en cuenta la totalidad de la superficie SIGPAC en convergencia con catastro de determinados municipios y parcelas, lo que supuso una reducción de los importes de ayuda concedidos o incluso la exclusión del solicitante, por lo que propone la modificación de la citada Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 26 de mayo de 2018, en el sentido de conceder a los solicitantes relacionados en el Anexo I A la ayuda establecida  en la Acción I.3 y a los solicitantes relacionados en el Anexo I B un importe complementario al ya concedido,con las reducciones aplicadas, que en su caso se indican, cuyos códigos se describen en el Anexo II.

A los citados hechos son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El órgano competente para dictar la presente Resolución es el Viceconsejero de Sector Primario, órgano competente para conceder la ayuda establecida en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2017, en virtud de lo establecido en el artículo 5.2.c) del Reglamento Orgánico de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, aprobado por el Decreto 40/2012, de 17 de mayo (BOC nº 103, de 25.5.12 y BOC nº 248, de 23.12.15), en vigor en la fecha de concesión de la ayuda.

Por Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario nº 1027, de 20 de septiembre de 2017, se delega en el titular del puesto denominado "Director Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos" la firma de las resoluciones y actos Administrativos referidos a las siguientes funciones:

"3. Resolver la autorización y/o el pago de las distintas ayudas".

Segundo.- El artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece en su apartado primero que: "las Administraciones públicas podrán revocar, mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción, sus actos de gravamen o desfavorables, siempre que tal revocación no constituya dispensa o exención no permitida por las leyes, ni sea contraria al principio de igualdad, al interés público o al ordenamiento jurídico.

Tercero.- Del informe emitido por el Jefe de Sección que gestiona la ayuda se comprueba que procede atender, total o parcialmente, las solicitudes presentadas por los peticionarios relacionados en los Anexos de la presente Resolución, y en consecuencia, en aplicación de lo dispuesto en el citado artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, efectuar la revocación parcial de la Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 26 de junio de 2018, por la que se conceden las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, Campaña 2017.

Vista las disposiciones legales de aplicación y en uso de las competencias que me han sido atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Revocar parcialmente la Resolución de la Viceconsejería de Sector Primario de 26 de junio de 2018, por la que se conceden las ayudas establecidas en la Acción I.3 "Ayuda por hectárea para el mantenimiento del cultivo de vides destinadas a la producción de vinos con denominación de origen protegida (DOP)" del Programa Comunitario de Apoyo a las Producciones Agrarias de Canarias, campaña 2017, concediendo la citada ayuda a los beneficiarios que se relacionan en el Anexo I A y un importe de ayuda complementaria a la ya concedida, a los solicitantes relacionados en el Anexo I B, por las cantidades y con las reducciones, que en su caso se indican, cuyos códigos se describen en el Anexo II en base a los hechos y fundamentos de derecho citados con anterioridad.

Segundo.- Que se efectúe el pago correspondiente a los beneficiarios incluidos en los citados Anexos, por los importes que allí se indican, en las cuentas corrientes declaradas en la solicitud de ayuda.

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Santa Cruz de Tenerife, a 23 de noviembre de 2018.- El Viceconsejero de Sector Primario, p.d.f. (Resolución nº 1027, de 20.9.17), la Directora del Organismo Pagador de Fondos Agrícolas Europeos, Estefanía González Núñez.

Ver anexo en las páginas 41526-41529 del documento Descargar

© Gobierno de Canarias