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BOC Nº 235. Martes 4 de Diciembre de 2018 - 5591

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

5591 ORDEN de 15 de noviembre de 2018, por la que se cesan y nombran vocales, titular y suplente, del Consejo General de Empleo, en representación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas.

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BOC-A-2018-235-5591. Firma electrónica - Descargar

La Ley 12/2003, de 4 de abril, creó el Servicio Canario de Empleo, como organismo autónomo de carácter administrativo competente en materia de empleo, que se estructura en los siguientes órganos superiores: el Presidente, el Consejo General de Empleo y el Director.

El Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo, establece que el Consejo General de Empleo, órgano de carácter tripartito y paritario, está compuesto por representantes de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, y de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas, conforme a la legalidad vigente. De otra parte, la citada Ley 12/2003, de 4 de abril, dispone que la Secretaría del Consejo será designada por el presidente entre los funcionarios del Servicio Canario de Empleo.

Vista la propuesta de cese y nombramiento formulada el 6 de septiembre de 2018 por la Secretaría General de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife.

Vista la propuesta de cese y nombramiento formulada el 3 de octubre de 2018 por el Secretario General de Comisiones Obreras de Canarias, facultad delegada mediante acuerdo adoptado por la Comisión Ejecutiva de dicha organización sindical en sesión celebrada con fecha 2 de junio de 2017.

Vista la naturaleza de los asuntos que se abordan en el ámbito del Consejo General de Empleo, la trascendencia que pueden tener entre amplios sectores de la población, y la diversidad de intereses representados por las organizaciones sindicales y empresariales más representativas que forman parte del mismo constituyen razones de interés público, que determinan la conveniencia de la publicación de la presente orden, a tenor de lo dispuesto en el artículo 45.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 13.3 y 18.1.a) de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública.

Visto el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 7, apartado 3 del Decreto 118/2004, de 29 de julio, por el que se aprueba la estructura orgánica y de funcionamiento del Servicio Canario de Empleo,

R E S U E L V O:

Primero.- Cesar como vocales, titular y suplente, del Consejo General de Empleo, en representación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativa a:

- Suplente: D. Andrés Baute Fernández, en representación de Comisiones Obreras de Canarias.

- Titular: Dña. María Eulalia García Silva, en representación de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife.

Segundo.- Nombrar como vocales, titular y suplente, del Consejo General de Empleo, en representación de las organizaciones sindicales y empresariales más representativas a:

- Suplente: D. Enrique S. Borrel Padrón, en representación de Comisiones Obreras de Canarias.

- Titular: Dña. Elena Vela Sánchez, en representación de la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife.

Tercero.- Publicar la relación actualizada de la composición del Consejo General de Empleo del Servicio Canario de Empleo:

* Presidente/a: el/la Presidente/a del Servicio Canario de Empleo.

* Vicepresidente/a: el/la Director/a del Servicio Canario de Empleo.

Suplente del Vicepresidente/a: el/la Subdirector/a de Formación del Servicio Canario de Empleo.

* Vocales en representación de la Administración Pública de Canarias:

Titulares:

- El/la Viceconsejero/a de Turismo.

- El/la Consejero/a de Educación y Universidades.

Suplentes:

- El/la Director/a General de Ordenación y Promoción Turística.

- El/la Director/a General de Formación Profesional y Educación de Adultos.

* Vocales en representación de las organizaciones sindicales más representativas:

a) Por la Unión General de Trabajadores (UGT).

Titulares:

- D. José Ángel Ramírez González.

- D. Gustavo Santana Martel.

Suplentes:

- Dña. Patricia Trujillo Vega.

- Dña. Yuri Más Expósito.

b) Por Comisiones Obreras Canarias (CCOO).

Titulares:

- D. José Ángel Brito Brito.

- D. Inocencio González Tosco.

Suplentes

- Dña. Esther Martín Martín.

- D. Enrique S. Borrel Padrón.

* Vocales en representación de las organizaciones empresariales más representativas:

a) Por la Confederación Canaria de Empresarios (CCE).

Titulares:

- D. José Cristóbal García García.

- D. Juan Carlos Betancor García.

Suplentes:

- D. José Antonio Newport Machín.

- D. Jacobo Viera Ramírez.

b) Por la Confederación Provincial de Empresarios de Santa Cruz de Tenerife (CEOE-Tenerife).

Titulares:

- D. Eduardo Bezares Carretero.

- Dña. Elena Vela Sánchez.

Suplentes:

- Dña. Juana Martín Brito.

- D. Jorge Asín Sánchez.

* Secretaría del Consejo General de Empleo:

- Titular: un funcionario público de la Secretaría General del Servicio Canario de Empleo adscrito al Grupo A (Subgrupo A1 o A2).

- Suplente: un funcionario público de la Subdirección de Empleo del Servicio Canario de Empleo adscrito al Grupo A (Subgrupo A1 o A2).

Cuarto.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias, para general conocimiento.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda en el plazo de un mes contado desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a aquel en que tenga lugar la publicación, de conformidad con lo previsto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, no pudiendo interponerse simultáneamente ambos recursos.

Santa Cruz de Tenerife, a 15 de noviembre de 2018.

LA CONSEJERA DE EMPLEO,

POLÍTICAS SOCIALES Y VIVIENDA,

Cristina Valido García.

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