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BOC Nº 225. Martes 20 de Noviembre de 2018 - 5331

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

5331 EDICTO de 3 de septiembre de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000890/2017.

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BOC-A-2018-225-5331. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Jenny Mora Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

Arona, 3 de septiembre de 2018.

Juez Francisco Borja Abeijón Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Procuradora de los Tribunales Dña. María de los Ángeles García-Sanjuan Fernández-Castillo, en nombre y representación de Caixabank, S.A., presentó escrito en virtud del cual interponía demanda de juicio ordinario, por resolución contractual y reclamación de cantidad, contra D. Aleksandr Safonov y Dña. Marina Safonova.

FALLO

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. María de los Ángeles García-Sanjuan Fernández-Castillo, en nombre y representación de Caixabank S.A., contra D. Aleksandr Safonov y Dña. Marina Safonova y, por tanto:

- Se declara el vencimiento anticipado del contrato de préstamo hipotecario convenido por las partes mediante escritura de préstamo con garantía hipotecaria autorizada por el Notario de Arona-Los Cristianos D. Nicolás Castilla García, el día 29 de julio de 2008, bajo el número de protocolo 941, por causa de la insolvencia y el incumplimiento grave y esencia de la obligación de pago del deudor acreditado en autos así como la pérdida del beneficio del plazo.

- Se condena a D. Aleksandr Safonov y Dña. Marina Safonova, de forma solidaria, al pago de la totalidad de las cantidades debidas por principal e intereses ordinarios devengados, cantidad que asciende a ciento setenta y siete mil noventa y seis euros con veintiséis céntimos de euro (177.096,26 euros), junto con el interés remuneratorio que se genere al tipo pactado desde la presentación de la demanda, el 4 de octubre de 2017, hasta el dictado de la presente sentencia y, a partir de la misma, los intereses establecidos en el artº. 576 de la LEC, hasta el completo pago.

Todo ello sin hacer una especial imposición de costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Aleksandr Safonov y Marina Safonova, expido y libro el presente en Arona, a 3 de septiembre de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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