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BOC-A-2018-221-5246.
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CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la Sentencia, en la cual el Encabezamiento y el Fallo, son del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Arrecife, a 2 de julio de 2018.
Vistos por Dña. Soraya Callejo Carrión, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arrecife, los presentes autos de Juicio Ordinario nº 26/2017, seguidos a instancia Japan Tobacco International Iberia, S.L. contra Rani Ramchand, S.L., en situación de rebeldía procesal, dicta la presente con base en los siguientes
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la entidad mercantil Japan Tobacco International Iberia, S.L. contra Rani Ramchand, S.L., y, en consecuencia, condeno a la parte demandada al pago de la cantidad de quince mil ochocientos nueve euros con cincuenta y cinco (15.809,55 euros) más el interés de demora anual recogido en la Ley 3/2004, desde la fecha en que debieron abonarse las cantidades hasta la fecha en que se produzca el pago total del principal y las costas del proceso.
Notifíquese la presente sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas (artículo 455.1 LEC).
Así, por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.- La Magistrada.
Y como consecuencia del ignorado paradero de D./Dña. Rani Ramchand, S.L., se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
En Arrecife, a 16 de julio de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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