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BOC-A-2018-218-5174.
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El Consejo Insular de Aguas de Lanzarote, conforme con lo previsto en el artículo 17 dcl Reglamento de Control de vertidos para la protección del Dominio Público Hidráulico (aprobado por el Decreto 174/1994, de 29 de julio),
HACE SABER
Que examinada la solicitud presentada por el Consejero Delegado de la Entidad Pública Empresarial Local "Centros de Arte, Cultura y Turismo de Lanzarote'', relativa a la renovación de la autorización de la planta depuradora de aguas residuales del Centro Turístico Mirador del Río, con una capacidad de 6 m3/día, no interesándose constitución de servidumbre o declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios, se somete al trámite de información pública por un plazo de treinta (30) días.
Arrecife, a 19 de junio de 2017.- El Presidente, Pedro San Ginés Gutiérrez.
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