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BOC Nº 208. Viernes 26 de Octubre de 2018 - 4917

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona

4917 EDICTO de 24 de mayo de 2018, relativo al fallo y auto aclaratorio de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000389/2016.

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BOC-A-2018-208-4917. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Esperanza Torregrosa Sala, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arona, a 31 de marzo de 2018.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Lara Etelvina López Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona los presentes autos de Procedimiento ordinario (LPH- 249.1.8), nº 0000389/2016 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Comunidad de Propietarios Paraíso del Sur, dirigido por el Letrado D./Dña. Carlos J. Otero González y representado por el Procurador D./Dña. María José Arroyo Arroyo y de otra como demandada D./Dña. Román Peraza y de León, S.L., declarado en rebeldía procesal

FALLO

Único.- Estimo íntegramente la demanda presentada por Dña. María José Arroyo Arroyo, Procurador de los Tribunales, en nombre y representación de Comunidad de Propietarios Paraíso del Sur, frente a Román Peraza, S.L. y, en consecuencia condeno a este última a abonar a la primera la suma de 6.451,31 euros más los intereses legales devengados por tal cantidad.

Así lo mando y firmo.

Contra esta resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los veinte días siguientes a la notificación de la presente resolución, recurso que deberá interponerse ante este Juzgado de conformidad con lo prevenido por el artículo 458 de la LEC en la redacción dada por la Ley 37/2011, de 10 de octubre.

La interposición del recurso de apelación deberá cumplir con las obligaciones establecidas por la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses.

Llévese original de la presente resolución al libro de Sentencias de conformidad con lo prevenido en el artículo 213 de la LEC y dedúzcase testimonio de la misma para su incorporación a los autos.

PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el/la D./Dña. Juez Titular que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en Arona, a 31 de marzo de 2018.

Se ha dictado auto aclaratorio de dicha sentencia, cuyos antecedentes de hecho y parte dispositiva son del tenor literal siguiente:

AUTO

En Arona, a 21 de mayo de 2018.

Dada cuenta;

ANTECEDENTES DE HECHO

Único.- Con fecha 31 de marzo de 2018 se dictó resolución que, notificada a las partes, por la representación procesal de D./Dña. Comunidad de Propietarios Paraíso del Sur, se solicitó la aclaración en el sentido de que en el fundamento de derecho cuarto de la sentencia "se impone a la demandada el pago de todas las costas causadas en este proceso", habiéndose omitido dicha mención en el Fallo de la resolución.

PARTE DISPOSITIVA

Acuerdo.- Aclarar la sentencia de 31 de marzo de 2018 en el sentido de que debe añadirse en su Fallo: "con expresa condena en costas a la parte demandada".

MODO DE IMPUGNACIÓN.- Contra la presente resolución no cabe recurso alguno, sin perjuicio de los recursos que procedan, en su caso, contra la resolución a la que se refiera la solicitud o actuación de oficio (artº. 214.4 LEC).

Así lo dispone, manda y firma D./Dña. Lara Etelvina López Jiménez, Juez Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arona; doy fe.- El/la Juez Titular.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Román Peraza y de León, S.L., expido y libro el presente en Arona, a 24 de mayo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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