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BOC-A-2018-201-4742.
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D./Dña. David Rodríguez López, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de San Bartolomé de Tirajana y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Bartolomé de Tirajana, a 20 de junio de 2018.
Carlos Suárez Ramos, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de los de esta ciudad, ha visto los presentes autos del juicio ordinario identificado con el nº 947/2016, promovido por Maspatour Resort, S.L., representado por don Oswaldo Hernández Pesce y asistido del letrado don Fabio Mucci; dirigido contra don Salvador Pérez Cordero, en situación procesal de rebeldía; en nombre de Su Majestad el Rey, dicta la siguiente resolución:
FALLO
Que, estimando la demanda interpuesta por Maspatour Resort, S.L. contra don Salvador Pérez Cordero, condeno al demandado a abonar al actora la cantidad de treinta y dos mil ciento once euros con veintiséis céntimos (32.111,26 euros), que devengará el interés legal del dinero desde la fecha de interposición de la demanda. Se imponen al demandado las costas del procedimiento.
Notifíquese esta sentencia a las partes.
Esta sentencia no es firme, y contra ella cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas, que se interpondrá en plazo de 20 días ante este Juzgado, conforme a la nueva redacción del artº. 455 dada por la L 37/2011, de 10 de octubre.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo, D. Carlos Suárez Ramos, Magistrado del Juzgado de Primera Instancia nº Cuatro de San Bartolomé de Tirajana.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Salvador Pérez Cordero, expido y libro el presente en San Bartolomé de Tirajana, a 22 de junio de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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