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BOC-A-2018-196-4597.
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D. David García Muñoz, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 3 de Arona y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arona, a 17 de julio de 2018.
Vistos por Dña. María de los Ángeles Antón Padilla, Jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº Tres de Arona, los presentes autos de Juicio ordinario seguidos bajo el nº 919/2017, promovidos como demandantes, por Caixabank, S.A. representada por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez contra los codemandados D. Simon Mark Smith y Susan Vera Smith, en rebeldía procesal, que versan sobre resolución o vencimiento de contrato y,
FALLO
Que estimando sustancialmente la demanda formulada por Caixabank, S.A. representada por la Procuradora Dña. Ana Jesús García Pérez contra los codemandados D. Simon Mark Smith y Susan Vera Smith, en rebeldía procesal:
1. Declaro vencido anticipadamente el contrato de préstamo hipotecario suscrito por las partes mediante escritura de préstamo con garantía hipotecaria y posterior novación, autorizadas por Notario, en fechas 12 de marzo de 2004 y 27 de junio de 2013, respectivamente.
2. Condeno solidariamente a los codemandados a que abonen a la parte actora la cantidad de 75.981,98 euros de principal más el interés remuneratorio al tipo pactado desde la presentación de demanda hasta el dictado de sentencia, y con más el interés legal del dinero sumado en dos puntos desde dictado de sentencia hasta su completo pago.
3. Condeno en costas a los codemandados.
Notifíquese esta resolución en forma legal a las partes, con la advertencia de que contra la misma podrán interponer recurso de apelación, a preparar ante este Juzgado, y para la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de veinte días, insertándose este original en el legajo correspondiente y testimoniándose en las actuaciones.
Insértese este original en el legajo correspondiente, testimoniándose en las actuaciones.
Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Juez.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Simon Mark Smith y Susan Vera Smith, expido y libro el presente en Arona, a 24 de julio de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
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