Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
2 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 230.98 Kb.
BOC-A-2018-194-4545.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. María Victoria Batista Estévez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de junio de 2018.
Vistos por Enrique Criado del Real, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria los presentes autos de Juicio verbal (250.2), nº 657/2017 seguido entre partes, de una como demandante Dña. Francisca Susana Bautista Herrera, dirigida por el Letrado D. Carlos Gustavo Falcón Pérez y representada por la Procuradora Dña. Noemi Arencibia Sarmiento y de otra como demandada D. Francisco Javier Navarro Martín.
FALLO
Estimando parcialmente a demanda formulada por la representación procesal de Dña. Francisca Susana Bautista Herrera contra D. Francisco Javier Navarro Martín, realizo los siguientes pronunciamientos:
1º) Declaro haber lugar a la resolución del contrato suscrito entre el demandante y el demandado, por incumplimiento del demandado.
2º) Condeno al demandado a restituir a la parte actora la cantidad de 300 euros, entregadas a cuenta del contrato incumplido, con los intereses legales correspondientes desde su entrega.
3º) Condeno al demandado al pago de la suma de 930,9 euros, en concepto de los daños y perjuicios ocasionados debido a su incumplimiento, más los intereses legales desde presentación de la demanda.
No ha lugar a imposición de costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes haciéndoles saber que la misma es firme y que no cabe interponer recurso.
Así por esta mi Sentencia, definitivamente juzgando en Primera Instancia, de la que se expedirá testimonio para su unión a los autos, la pronuncio, mando y firmo.
PUBLICACIÓN.- Dada, leída y publicada fue la anterior sentencia por el Magistrado-Juez que la dictó, estando el/la mismo/a celebrando audiencia pública en el mismo día de la fecha, de lo que yo, el/la Letrado de la Administración de Justicia doy fe, en Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de junio de 2018.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Francisco Javier Navarro Martín, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 21 de junio de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias