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BOC Nº 189. Viernes 28 de Septiembre de 2018 - 4415

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife

4415 EDICTO de 25 de mayo de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000146/2017.

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BOC-A-2018-189-4415. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Luis Sancho Villarreal, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Arrecife, a 15 de abril de 2018.

Dña. Silvia Muñoz Sánchez, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife habiendo visto los autos del juicio ordinario seguido con el nº 146/2017, sobre reclamación de cantidad por responsabilidad contractual, promovido por el Procurador Dña. Milagros Cabrera Pérez en nombre y representación de la mercantil "Ducavi, S.L.", y bajo la dirección del Letrado D. Juan José Delgado Cabrera, contra Dña. Victoria Silva Hernández; vengo a resolver con base en los siguientes,

FALLO

Que estimo íntegramente la demanda interpuesta por Dña. Milagros Cabrera Pérez, en nombre y representación de Ducavi, S.L. contra Dña. Victoria Silva Hernández y en su virtud, condeno a Dña. Victoria Silva Hernández, a pagar a Ducavi, S.L., la cantidad de 9.629,79 euros de principal, más las costas del juicio.

Notifíquese esta sentencia a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas que, en su caso, deberá interponerse ante este mismo Juzgado dentro de los veinte días hábiles siguientes al en que se practique su notificación. Deberá asimismo, salvo que el recurrente tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, constituirse depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, lo que deberá ser acreditado.

Expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones, llevándose el original al libro de sentencias.

Así lo dispongo. Dña. Silvia Muñoz Sánchez, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Arrecife.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Victoria Silva Hernández, expido y libro el presente en Arrecife, a 25 de mayo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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