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BOC Nº 185. Lunes 24 de Septiembre de 2018 - 4311

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Consejería de Educación y Universidades

4311 ORDEN de 12 de septiembre de 2018, por la que se declara la superación de la fase de prácticas de doña Susana Osuna Gutiérrez y doña María Loredana Martín Quintero y se modifica la Orden de 24 de septiembre de 2010, en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado mediante Orden de 16 de abril de 2007.

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BOC-A-2018-185-4311. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta del Director General de Personal relativa a la superación de la fase de prácticas de doña Susana Osuna Gutiérrez y doña María Loredana Martín Quintero, las cuales se nombraron funcionarias en prácticas por Orden de 25 de enero de 2018 (BOC nº 25, de 5.2.18), y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de 25 de enero de 2018, se nombran, en ejecución de sentencia, funcionarias en prácticas a las aspirantes doña Susana Osuna Gutiérrez y doña María Loredana Martín Quintero en el procedimiento selectivo para ingreso en el Cuerpo de Maestros convocado mediante Orden de 16 de abril de 2007 (BOC nº 25, de 5.2.18).

Segundo.- Recibidas las Actas de las Comisiones Evaluadoras, se ha comprobado que las dos funcionarias han superado las mismas, habiendo sido declaradas "aptas" y que reúnen los requisitos generales y específicos establecidos en la base 2 de la Orden de 16 de abril de 2007 (BOC nº 83, de 26.4.07).

A los anteriores hechos les son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de ingreso, accesos y adquisición de nuevas especialidades en los cuerpos docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (BOE nº 53, de 2.3.07), en cuanto sea de aplicación.

Segundo.- La Orden de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes (BOC nº 83, de 26.4.07), por la que se convocan y publican procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de Maestros establece en su base 14 (Nombramiento de funcionarios de carrera) que:

"Concluida la fase de prácticas y tras comprobar que todos los aspirantes declarados "aptos" en la misma reúnen los requisitos generales y específicos establecidos en la convocatoria, la Consejería de Educación, Cultura y Deportes aprobará el expediente del procedimiento selectivo, haciéndolo público en el Boletín Oficial de Canarias.

Una vez aprobado el expediente, la Dirección General de Personal remitirá las listas de seleccionados al Ministerio de Educación y Ciencia para la formalización de sus nombramientos como funcionarios de carrera y la expedición de los correspondientes títulos administrativos ...".

Tercero.- Los Autos de 8 de enero y 8 de febrero de 2017 de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Canarias, con sede en Santa Cruz de Tenerife que promovió la revisión de la Resolución de la Dirección General de Personal de 14 de abril de 2016 (BOC nº 80, de 26.4.16), por la que se modificó la Resolución de 6 de mayo de 2009, que publicó las listas de aspirantes seleccionados de la especialidad de Educación Infantil para realizar la fase de prácticas en los procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocados por Orden de 16 de abril de 2007.

Cuarto.- La Orden EDU/3421/2010, de 20 de diciembre, por la que a propuesta de la Consejería de Educación, Universidades, Cultura y Deportes de la Comunidad Autónoma de Canarias, se nombran, con efectos de 1 de septiembre de 2010, funcionarios de carrera del Cuerpo de Maestros, especialidad Educación Infantil, a los aspirantes seleccionados en el procedimiento convocado por Orden de 16 de abril de 2007 (BOE nº 3, de 4.1.11).

Conforme a los anteriores Fundamentos Jurídicos y en virtud de las atribuciones conferidas en el artículo 29.1.m) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1.8.90), en el artículo 5 del Decreto 135/2016, de 10 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades (BOC nº 203, de 19.10.16), de conformidad con la previsión contenida en el artículo 9 del Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10.7.15), y el Decreto 105/2015, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10.7.15),

R E S U E L V O:

Primero.- Declarar que doña Susana Osuna Gutiérrez y doña María Loredana Martín Quintero han superado la fase de prácticas en el procedimiento selectivo de ingreso al Cuerpo de Maestros, convocados por Orden de 16 de abril de 2007, de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes.

Segundo.- Modificar la Orden de 24 de septiembre de 2010 (BOC nº 196, de 4.10.10), por la que se aprueba el expediente de los procedimientos selectivos de ingreso al Cuerpo de Maestros en la especialidad de Educación Infantil, convocados por Orden de 16 de abril de 2007, de esta Consejería, incluyendo a Dña. Susana Osuna Gutiérrez y a Dña. María Loredana Martín Quintero en el anexo de dicha Orden.

Tercero.- Elevar la presente Orden al Ministerio de Educación y Formación Profesional para la formalización del nombramiento como funcionarias de carrera de doña Susana Osuna Gutiérrez y doña María Loredana Martín Quintero, con efectos 1 de septiembre de 2010.

Cuarto.- Ordenar la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer en el plazo de un mes recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades o directamente recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa que corresponda de la Comunidad Autónoma de Canarias, en el plazo de dos meses, sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Dichos plazos comenzarán a contar a partir del día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias. En el caso de presentarse recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que se resuelva expresamente el de reposición o se produzca la desestimación presunta del mismo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 12 de septiembre de 2018.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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