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BOC Nº 148. Miércoles 1 de Agosto de 2018 - 3643

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II. AUTORIDADES Y PERSONAL - Universidad de La Laguna

3643 RESOLUCIÓN de 19 de julio de 2018, relativo a la convocatoria para la contratación de personal laboral temporal para la participación en la preparación y presentación de proyectos en convocatorias competitivas internacionales en las áreas del Campus de Excelencia Internacional (CEI), Campus Atlántico Tricontinental de la Universidad de La Laguna.

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En el marco de la Estrategia Universidad 2015, a través de la convocatoria del Campus de Excelencia Internacional (CEI), el Campus Atlántico Tricontinental, compuesto por la agregación de las dos Universidades Públicas Canarias (Universidad de Las Palmas de Gran Canaria y Universidad de La Laguna), obtuvo la categoría de Campus de Excelencia Internacional de ámbito Regional en el 2010 (https:ceicanarias.ulpgc.es/).

Con las acciones enmarcadas en el CEI se persigue que Canarias sea la referencia atlántica en Europa como eje receptor y catalizador de talento y proyectos estratégicos con África y Latinoamérica. El elemento indispensable para el desarrollo regional hacia la nueva estructura económica y social en Canarias, bajo el concepto de una economía sostenible y global, y como potenciador de las oportunidades hacia África y Latinoamérica.

También se persigue ser el eje universitario del liderazgo de Canarias entre las Regiones Ultraperiféricas de la Unión Europea (RUP) para la competitividad y el avance de la educación, la formación y el empleo en el marco de las RUP, así como el eje atlántico de transferencia de conocimiento para la cooperación al desarrollo con África y Latinoamérica.

Dado el enorme potencial en capital humano que tiene Tenerife, mejorar la capacidad para seguir captando fondos europeos y de convocatorias competitivas internacionales en estos ámbitos temáticos es crucial para la consolidación de la I+D+i en las distintas áreas del CEI en la Universidad de La Laguna y en Canarias.

BASES

Primera.- Objeto.

1. El objeto de la presente convocatoria es la selección de personal investigador cualificado para colaborar en la preparación y posterior solicitud de proyectos de investigación de ámbito internacional en el ámbito del CEI-Canarias. El número máximo de contratos a suscribir será de 15 en la modalidad de contrato de obra o servicio determinado.

2. Las solicitudes deberán contener una propuesta de proyecto de investigación y deberán estar avaladas por un investigador doctor de la Universidad de La Laguna (en adelante ULL) con vinculación funcionarial o contrato laboral a tiempo completo en alguna de las modalidades previstas en la Ley Orgánica de Universidades. También podrán respaldar las solicitudes los investigadores del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, Subprograma Estatal de Incorporación "Ramón y Cajal" y "Juan de la Cierva" o del Programa "Viera y Clavijo" de la Universidad de La Laguna. Los investigadores que avalen la solicitud actuarán como tutores del solicitante en el caso de resultar seleccionados y contratados, encargándose de la supervisión y coordinación de las actividades realizadas.

Segunda.- Características de la convocatoria.

1. La convocatoria va dirigida a Doctores con una trayectoria científica relevante que presente una propuesta de investigación en el ámbito del CEI, propuesta de proyecto que de resultar seleccionado pueda ser posteriormente presentado en una convocatoria internacional competitiva.

2. El Doctor seleccionado será contratado por la ULL por un periodo comprendido entre tres y seis meses, periodo durante el cual deberá colaborar en la elaboración de la propuesta del proyecto internacional a presentar con la finalidad señalada en el punto 1 anterior. El plazo de duración de los contratos se fijará en la Resolución de concesión definitiva.

3. La modalidad contractual será la de contrato temporal de obra o servicio determinado.

4. La jornada de trabajo será a tiempo parcial (35 horas/semana). El investigador contratado no podrá participar en tareas de colaboración docente.

5. El investigador contratado se incorporará al equipo de investigación de la ULL al que pertenece el tutor que avale el proyecto presentado.

6. El proyecto de investigación estará vinculado a la ULL en caso de ser concedido. En proyectos colaborativos, la ULL puede ir de coordinadora o como un socio colaborador.

Tercera.- Tutor de la ULL.

1. El tutor del contratado tendrá la condición de Doctor y su vinculación con la ULL será la que se indica en el punto 2 de la base primera además de encontrarse en servicio activo. Deberá pertenecer a un grupo de investigación de la ULL que tenga al menos un proyecto de investigación activo concedido en convocatorias competitivas.

2. También podrán participar como tutor ULL los investigadores del Programa Estatal de Promoción del talento y su empleabilidad, Subprograma Estatal de Incorporación "Ramón y Cajal" y "Juan de la Cierva" o del Programa ULL "Viera y Clavijo".

Cuarta.- Financiación.

1. El crédito total máximo previsto en esta convocatoria será de 150.000 euros que se financiarán con cargo a la subvención directa nominada concedida a la Universidad de La Laguna para el apoyo a la actividad de I+D+I, Campus de Excelencia Internacional concedida por Orden del Consejero de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento nº 87/2018, de fecha 15 de mayo de 2018, expediente SD 18/02.

Quinta.- Importe de los contratos. Otros gastos financiables.

1. El importe bruto mensual de los contratos será de 2.800 euros. En todos los pagos se efectuará la correspondiente retención del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas conforme a lo previsto en la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, sobre el Impuesto de la Renta de las Personas Físicas.

Asimismo, en dicho importe está incluida la cuantía correspondiente a la cuota obrera y empresarial a la Seguridad Social.

2. A cada proyecto se le asignará una cantidad de 1.500 euros para gastos asociados al desarrollo del proyecto, tales como asistencia a reuniones, talleres o infodays, reuniones con potenciales socios del proyecto, contratación de servicios de asesoramiento para la mejora en la redacción y presentación del proyecto, etc.

Estos gastos deberán ser autorizados previamente a su realización por el Vicerrector de Investigación.

Sexta.- Requisitos del solicitante.

Los interesados deberán cumplir los siguientes requisitos:

1. Estar en posesión del Título de Doctor en la fecha de presentación de la solicitud. Los títulos extranjeros deberán estar traducidos oficialmente al castellano y homologados antes de la firma del contrato.

2. No se exigen requisitos específicos en cuanto a nacionalidad o residencia de los solicitantes para la participación en el procedimiento. No obstante, la contratación de investigadores no comunitarios, la cual se formalizará a los solos efectos de realización de tareas de investigación o técnicas propias del contrato, quedará condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de residencia que les autorice a residir y trabajar en España al amparo de la Ley Orgánica 4/2000 y Reglamento de desarrollo, o al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.

Séptima.- Presentación de solicitudes.

1. Los interesados presentarán su solicitud dirigida al Vicerrector de Investigación, a través del Registro Electrónico de la Sede Electrónica de la Universidad de La Laguna ("Solicitud General para trámites" https://sede.ull.es/registry). No se admitirán solicitudes en papel. Aquellas solicitudes que no se presenten en la forma indicada quedaran excluidas automáticamente del procedimiento.

2. A la solicitud se adjuntará la siguiente documentación en copia digitalizada:

a) Modelo adjunto (Anexo I) debidamente cumplimentado con los datos del solicitante Doctor y del tutor de la ULL.

b) Propuesta de proyecto de investigación según modelo del Anexo II. Dicha propuesta avalará la solicitud que se vaya a preparar a convocatorias internacionales (máximo 5 páginas).

c) Curriculum vitae (CV) del solicitante, acompañado de su DNI o Pasaporte y acreditación de su titulación. El formato del CV es libre.

d) CVN del tutor de la ULL.

e) Méritos baremables del solicitante. Se explicitarán los requisitos y méritos del CV a baremar según los requisitos de la presente convocatoria (base novena).

f) Méritos baremables del Tutor de la ULL. Se explicitarán los requisitos y méritos del CVN a baremar según los requisitos de la presente convocatoria (base novena).

3. Solo se considerarán, a efectos de la baremación, los méritos contenidos en el Curriculum Vitae [puntos e) y f) de esta base].

Octava.- Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo para la presentación de las solicitudes será de 15 días hábiles a partir de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Canarias.

Novena.- Criterios de evaluación de las solicitudes.

Los proyectos que se presenten serán valorados de acuerdo a los criterios que se indican a continuación:

Bloque 1. El Solicitante (Max. 50 puntos).

Se evalúan los siguientes aspectos:

a) Producción científica entre 2008 y 2017 (Máx. 25 puntos).

Solo se valorarán las publicaciones en JCR en el Q1 (7 puntos/artículo), en el Q2 (5 puntos/artículo), en el Q3 (4 puntos/artículo) y en el Q4 (3 puntos/artículo).

b) Experiencia en participación de proyectos internacionales en convocatorias competitivas entre 2006 y 2016 (Máx. 15 puntos).

* Programas FP7, Horizon 2020 (6 puntos participación, 10 puntos coordinación).

* Otros proyectos de ámbito nacional e internacional competitivos (4 puntos participación, 6 puntos coordinación).

* Otros proyectos de ámbito regional competitivos (2 puntos participación, 4 puntos coordinación).

c) Estancias post-doctorales entre 2006 y 2016 (Máx. 10 puntos).

Se valorarán estancias formativas en centros españoles y extranjeros de relieve, institutos de investigación, centros en red, etc., en los campos del CEI (0.6 punto/mes en post-doctorales).

Bloque 2. Presentación de una propuesta de proyecto de investigación susceptible de presentarlo en convocatoria competitiva (Máx. 30 puntos).

La propuesta avalará la solicitud que se vaya a preparar a convocatorias internacionales (máximo 5 páginas). Se valorará la propuesta de proyecto a través de los siguientes aspectos:

* la adecuación de la convocatoria propuesta a los objetivos de la presente convocatoria (Máx. 6 puntos),

* los antecedentes y las hipótesis de partida (Máx. 5 puntos),

* el interés de los objetivos generales y específicos perseguidos (Máx. 5 puntos),

* los resultados y el impacto esperados (Máx. 5 puntos),

* la claridad y viabilidad del plan de trabajo (Máx. 5 puntos),

* el consorcio y de los actores clave propuestos para el proyecto (Máx. 4 puntos).

Bloque 3. El tutor de la ULL (Máx. 20 puntos).

a) Producción científica entre 2008 y 2017 (Máx. 10 puntos).

Solo se valorarán las publicaciones en JCR en los campos del CEI en requisitos mínimos en el Q1 (2 puntos/artículo) y en el Q2 (1 puntos/artículo).

b) Experiencia en participación de proyectos internacionales en convocatorias competitivas entre 2006 y 2016 (Máx. 10 puntos).

* Programas FP7, Horizonte H2020 (3 puntos participación, 5 puntos coordinación).

* Otros proyectos de ámbito nacional e internacional competitivos (2 puntos participación, 3 puntos coordinación).

* Otros proyectos de ámbito regional competitivos (1 puntos participación, 2 puntos coordinación).

Décima.- Procedimiento de selección de las solicitudes.

1. La Comisión evaluadora valorará las solicitudes en una única fase conforme a los criterios establecidos en la base novena. La Comisión elevará la correspondiente propuesta de selección al Vicerrectorado de Investigación.

2. El informe de la Comisión asignará a cada una de las solicitudes la calificación de: A (mayor o igual a 80), B (menor de 80 y mayor o igual a 55), C (menor de 55 y mayor o igual a 35) o D (menor de 35).

3. Para que las propuestas opten a ser financiables, estas deberán obtener una calificación mínima de B.

4. La Comisión de Evaluación valorará las solicitudes conforme a los criterios establecidos en la presente convocatoria y elaborará una relación priorizada de los proyectos que se consideren financiables ordenados de mayor a menor puntuación.

5. La Comisión de Evaluación podrá solicitar informes de evaluación o de asesoramiento externo en caso de considerarlo necesario.

6. Por motivos presupuestarios o de tiempo de ejecución de la subvención, la Comisión podrá proponer un menor número de meses (con un mínimo de 3 meses) para el contrato.

Undécima.- Comisión de Evaluación.

La Comisión Evaluadora tendrá la composición siguiente:

Presidente: el Director/a de Secretariado de Proyectos Internacionales de la ULL.

Secretario: Director/a de Secretariado en Política Científica de la ULL.

Vocales:

- El Director/a de Secretariado de Análisis y Seguimiento de la Investigación de la ULL.

- El Director de la OTRI de la ULL.

En ningún caso, los miembros de la Comisión podrán tener implicación directa o indirecta con los proyectos solicitados. Si este fuera el caso, será sustituido por el director de secretariado de la ULL que designe el Vicerrector de Investigación de la ULL.

Los miembros de la Comisión estarán sujetos a lo establecido en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en relación a la abstención y recusación en los procedimientos, así como al artículo 55.2 del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, que alude a la transparencia, a la imparcialidad y a la profesionalidad de los miembros de los órganos de selección, la independencia y discrecionalidad técnica en la actuación y la adecuación entre el contenido de los procesos selectivos y las funciones o tareas a desarrollar y la agilidad, sin perjuicio de la objetividad, en los procesos de selección.

Duodécima.- Resolución provisional y definitiva.

1. Los contratos serán adjudicados por Resolución del Vicerrector de Investigación, en uso de las competencias atribuidas por la Resolución de 3 de octubre de 2016, por la que se aprueban la delegación de competencias del Rector y las suplencias de la Universidad de La Laguna (BOC nº 199, de 13.10.16).

2. El Vicerrector de Investigación dictará Resolución provisional con la relación de solicitudes seleccionadas por orden decreciente de puntuación obtenida una vez aplicados los criterios de evaluación fijados en la presente convocatoria. El número de proyectos seleccionados no podrá suponer un mayor gasto que el establecido en la base cuarta de la presente convocatoria. El plazo de alegaciones a la Resolución provisional será de 10 días hábiles y se presentarán por el registro de la sede electrónica. Se desestimarán las alegaciones que no se presenten en la forma indicada.

3. Transcurrido el plazo de alegaciones a la Resolución provisional y atendidas las mismas en su caso, se dictará resolución definitiva. La citada resolución fijará la duración y fecha de inicio de los contratos. No obstante, se podrá aplazar, siempre de acuerdo con el Vicerrectorado de Investigación, la fecha de incorporación un plazo máximo de 6 meses a contar desde el día siguiente al de la publicación de la Resolución definitiva de los contratos en la web de la ULL. En tal caso, la fecha de incorporación debe quedar reflejada en los contratos. En ningún caso se autorizará la incorporación en fecha posterior al 31 de mayo de 2019.

4. El plazo máximo para la publicación de la resolución de adjudicación definitiva será de cuatro meses a partir de la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Decimotercera.- Comunicación con los interesados. Publicaciones.

1. Las resoluciones de admisión al procedimiento, subsanación de solicitudes, de adjudicación provisional y definitiva de los contratos serán publicadas en la dirección web https://www.ull.es/portal/convocatorias/categorias/campus-excelencia-internacional-canarias/, publicaciones que tendrán el carácter de notificación practicada de acuerdo a lo señalado en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. No obstante, se podrá enviar al correo que el interesado haya consignado en su solicitud, aviso de las publicaciones realizadas; estos avisos no tendrán carácter de notificación y no eximen al interesado de su obligación de acceder a la web para el conocimiento de las publicaciones que se produzcan.

Los plazos correspondientes comenzarán a computarse a partir del día siguiente de la publicación electrónica.

2. Cualquier otra comunicación que se tenga que efectuar durante el procedimiento se realizará al correo electrónico que el interesado haya hecho constar en la solicitud.

3. Una vez formalizado el contrato, las comunicaciones con el interesado se realizarán mediante notificación electrónica a través de la sede electrónica de la ULL. Para ello el contratado deberá tener abierta cuenta de correo institucional, cuenta de correo en la que recibirá aviso de las notificaciones electrónicas practicadas.

Decimocuarta.- Formalización de los contratos. Renuncia.

1. Dictada resolución definitiva, los candidatos seleccionados deberán presentar en el plazo de diez días hábiles la siguiente documentación:

a) Copia cotejada del título. En el caso de títulos extranjeros, la correspondiente homologación.

b) Declaración jurada de no haber sido separado de las Administraciones Públicas en virtud de expediente disciplinario y de no hallarse inhabilitado, mediante sentencia firme, para el ejercicio de la función pública. Si el aspirante no posee la nacionalidad española, deberá presentar declaración jurada de no estar sometido a sanción disciplinaria o condena penal que impida, en su Estado, el acceso a la función pública.

c) Certificado médico de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio de las tareas a desarrollar.

d) Formulario normalizado de Toma de datos.

e) Comunicación de datos al pagador (modelo 145 Administración tributaria).

f) Documentación de afiliación a la Seguridad Social.

g) Certificado Médico de no padecer enfermedad ni defecto físico o psíquico que le incapacite para el ejercicio de las tareas a desarrollar.

h) Declaración responsable de no estar incurso en ningún supuesto de incompatibilidad de conformidad con lo establecido en la vigente Ley de Incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas y de estar al corriente en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

i) Escrito indicando la fecha propuesta de inicio del contrato en el caso de que sea intención del interesado aplazar la fecha de incorporación de acuerdo a lo señalado en la base 12.3 de la presente convocatoria.

Los modelos de los documentos indicados en las letras b), d), e) y h) anteriores están a disposición del interesado en la dirección web https://www.ull.es/investigacion/impresos-contratos-laborales-cargo-proyectos/.

2. En el caso de extranjeros no comunitarios, la formalización del contrato quedará condicionada a la obtención de la correspondiente autorización de residencia y trabajo (arts. 73 y siguientes del reglamento de extranjería), al amparo de la Ley Orgánica 4/2000 y Reglamento de desarrollo, o al amparo de la Ley 14/2013, de 27 de septiembre, de Apoyo a los Emprendedores y su Internacionalización.

3. En el caso de renuncia a la formalización del contrato por parte de un investigador seleccionado se podrá proceder al llamamiento y formalización de contrato al candidato suplente correspondiente siguiendo el orden de prelación. Lo mismo se podrá aplicar en el caso de renuncia a un contrato dentro del mes siguiente a su formalización. En todo caso, la formalización de nuevos contratos se supeditará a las condiciones de ejecución de la subvención con cargo a la que se financian los mismos.

4. En el caso de renuncia de un investigador contratado, se dará por concluido el proyecto correspondiente.

Decimoquinta.- Recursos.

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse por los interesados recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Santa Cruz de Tenerife, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de su publicación. No obstante lo anterior, también se podrá interponer con carácter potestativo recurso de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta la resolución expresa o presunta del recurso de reposición interpuesto. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro que se estime oportuno interponer

San Cristóbal de La Laguna, a 19 de julio de 2018.- El Rector, p.d. (Resolución de 3.10.16; BOC nº 199, de 13.10.16), el Vicerrector de Investigación, Francisco Carmelo Almeida Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 25289-25291 del documento Descargar

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