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BOC Nº 147. Martes 31 de Julio de 2018 - 3627

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Educación y Universidades

3627 ORDEN de 25 de julio de 2018, por la que se conceden los Premios a la Excelencia Académico-Deportiva de Canarias 2016-2017 para deportistas matriculados en las universidades públicas de Canarias.

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BOC-A-2018-147-3627. Firma electrónica - Descargar

Vista la propuesta del Ilmo. Sr. Director General de Universidades, relativa a la concesión de los premios a la excelencia académico-deportiva de Canarias 2016-2017 para deportistas matriculados en las universidades públicas de Canarias, y de acuerdo con lo siguiente:

Primero.- Por Orden de 15 de mayo de 2018, se convocan los Premios a la Excelencia Académico-Deportiva de Canarias 2016-2017 para deportistas matriculados en las universidades públicas de Canarias, se designa al jurado y se aprueban las bases que han de regir la convocatoria (BOC nº 99, de 23 de mayo).

Segundo.- En el resuelvo segundo de la citada orden se designó a las personas integrantes del Jurado.

Tercero.- Vista la propuesta formulada por el Jurado en atención a las solicitudes presentadas y en cumplimiento de la base séptima de la Orden de convocatoria que señala: "Reunido al efecto, el jurado, tras deliberar, emitirá su fallo con la relación de deportistas universitarios premiados. Se elevará la propuesta de adjudicación de los premios a la persona titular de la Consejería de Educación y Universidades, sin perjuicio de las delegaciones de firma aprobadas de acuerdo con el artículo 12 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y se publicará dicha Resolución en el Boletín Oficial de Canarias, junto con la fecha de la ceremonia de entrega de premios, que será organizada por la Consejería de Educación y Universidades y las universidades públicas de Canarias".

Por todo ello, y en virtud de las competencias atribuidas en el artº. 29 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias (BOC nº 96, de 1 de agosto), el artículo 7 del Reglamento Orgánico de la Consejería de Educación y Universidades, aprobado por el Decreto 135/2016, de 10 de octubre (BOC nº 203, de 19 de octubre), el Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías (BOC nº 133, de 10 de julio), y el Decreto 105/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se nombra a los Consejeros del Gobierno de Canarias (BOC nº 133, de 10 de julio),

R E S U E L V O:

Primero.- Conceder los siguientes premios a la excelencia académico-deportiva de Canarias 2016-2017 para deportistas matriculados en las universidades públicas de Canarias:

Deportes en general. Categoría masculina. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Desierto.

Deportes en general. Categoría femenina. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

Dña. Pilar Caba Hernández.

Dña. Clara Valle Guerra.

Deportes en general. Categoría masculina. Universidad de La Laguna.

Desierto.

Deportes en general. Categoría femenina. Universidad de La Laguna.

Dña. Patricia Suárez Bravo.

Dña. Nerea Martín Raya.

Lucha Canaria y Vela Latina Canaria. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

D. Carlos Santana Lozano.

Lucha Canaria y Vela Latina Canaria. Universidad de La Laguna.

Desierto.

Deportes adaptados. Universidad de Las Palmas de Gran Canaria.

D. Alejandro Rojas Cabrera.

Deportes adaptados. Universidad de La Laguna.

Desierto.

Segundo.- La fecha de ceremonia de entrega de los premios será el día 1 de agosto de 2018.

Tercero.- Publicar la presente Orden en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer recurso potestativo de reposición ante la Excma. Sra. Consejera de Educación y Universidades en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación, o bien directamente, recurso contencioso-administrativo ante la correspondiente Sala del Tribunal Superior de Justicia de Canarias en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la publicación. En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá acudirse a la vía contencioso administrativa hasta que aquél sea resuelto expresamente o desestimado por silencio administrativo, lo cual acontecerá si no recae resolución expresa tras el transcurso de un mes desde su interposición. Todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime oportuno interponer.

Las Palmas de Gran Canaria, a 25 de julio de 2018.

LA CONSEJERA DE EDUCACIÓN

Y UNIVERSIDADES,

Soledad Monzón Cabrera.

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