Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 226.25 Kb.
BOC-A-2018-146-3608.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. María Teresa Rodríguez Villaescusa, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arrecife y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Arrecife, a 3 de julio de 2018.
D. Adalberto de la Cruz Correa, Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Arrecife, habiendo visto los autos seguidos en este Juzgado al nº 870/2015 a instancia de Dña. Anita Gertrud Albers, representada por la Procuradora de los Tribunales Dña. María García Martínez y con asistencia letrada, contra D. Bernhard Albers, en situación procesal de rebeldía, sobre juicio ordinario, ha dictado la presente resolución.
FALLO
Que debo desestimar y desestimo la demanda presentada por la representación acreditada de Dña. Anita Gertrud Albers contra D. Bernhard Albers, al que absuelvo de las peticiones contra él formuladas. Las costas deberán ser abonadas por la parte actora, si proceden.
Notifíquese a las partes haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que resolverá la Audiencia Provincial de Las Palmas, debiéndose interponer, ante este Juzgado, en un plazo de veinte días, a contar desde el día siguiente a la notificación de la presente resolución.
Así por esta mi resolución lo pronuncio, mando y firmo.- El/la Juez.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Bernhard Albers, expido y libro el presente en Arrecife, a 9 de julio de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias