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BOC Nº 133. Miércoles 11 de Julio de 2018 - 3294

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife

3294 EDICTO de 17 de noviembre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000508/2017.

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BOC-A-2018-133-3294. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Pablo David Sánchez González, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En Santa Cruz de Tenerife, a 14 de noviembre de 2017.

Vistos por el/la Ilmo./a. Sr./Sra. D./Dña. María Carmen Serrano Moreno, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Santa Cruz de Tenerife los presentes autos de juicio verbal (250.2), nº 0000508/2017 seguido entre partes, de una como demandante D./Dña. Grenke Rent, S.L.U., dirigido por el Letrado D./Dña. Andrea Fandos Jahrsetz y representado por el Procurador D./Dña. Manuel Ángel Álvarez Hernández y de otra como demandada D./Dña. Manzana Publicidad, S.L., en rebeldía sobre resolución de contrato y reclamación de cantidad.

FALLO

Que estimando parcialmente, la demanda interpuesta por Grenke Rente, S.A. contra Manzana Publicidad S.L.:

1.- Se declara resuelto el contrato número 121-4846, por incumplimiento de las obligaciones esenciales del contrato.

2.- Se condena a la parte demandada a devolver a la actora el bien objeto de dicho contrato de conformidad, en la forma y plazos pactados en el contrato; en el domicilio de la actora, o de quien esta designe, asumiendo todos los gastos y costes de entrega.

3.- Se condena a la parte demandada a pagar a la actora la cantidad de 1.329,35 euros, como las cuotas debidas hasta el final del contrato y los intereses pactados: intereses calculados, en adición de un 5% al interés legal y oficial del Banco central Europeo aplicable en España, según consta en el artículo 11,1 de las Condiciones Generales del Contrato de arrendamiento, cantidad que se determinará en ejecución de sentencia, a contar desde la reclamación extrajudicial, cantidad, que hasta el momento de la demanda ascendía a 76,74 euros.

No hay condena en costas.

Contra esta sentencia no cabe interponer recurso alguno.

Y para que sirva de notificación al demandado declarado en rebeldía, en paradero desconocido Manzana Publicidad, S.L., expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 17 de noviembre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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