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BOC-A-2018-131-3247.
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Dña. María de la Luz Álvarez González, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos de Juicio Verbal Desahucio precario nº 809/2017, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Telde, a 26 de abril de 2018.
Vistos por el/la llmo./a. Sr./Sra. D./Dña. Noemí Lázare Gómez, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde los presentes autos de Juicio verbal (desahucio precario-250.1.2), nº 809/2017 seguido entre partes, de una como demandante Buildingcenter, S.A.U., dirigido por el Letrado D./Dña. José Juan Suárez Falcón y representado por el Procurador D./Dña. Elisa Colina Naranjo y de otra como demandada Dña. Eulalia Rodríguez Quintana, dirigido por el Letrado D./Dña. Yeray del Pino Álamo González y representado por el Procurador D./Dña. Yasmina Pérez Santana, y frente a ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Cosmonauta Aldrins, nº 5, planta baja 5-B de Carrizal de Ingenio,
FALLO
Que estimando íntegramente la demanda formulada por Buildingcenter, S.A.U., dirigido por el Letrado D./Dña. José Juan Suárez Falcón y representado por el Procurador D./Dña. Elisa Colina Naranjo frente a Dña. Eulalia Rodríguez Quintana, dirigido por el Letrado D./Dña. Yeray del Pino Álamo González y representado por el Procurador D./Dña. Yasmina Pérez Santana, y frente a ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Cosmonauta Aldrins, nº 5, planta baja 5-B de Carrizal de Ingenio, debo declarar y declaro haber lugar al desahucio por precario interesado por la parte demandante respecto de la finca sita en la calle Cosmonauta Aldrins, nº 5, planta baja 5-B de Carrizal de Ingenio condenando a Dña. Eulalia Rodríguez Quintana e ignorados ocupantes a que la desalojen y dejen a la libre y entera disposición de la actora, bajo apercibimiento de su lanzamiento judicial si no la desaloja en el plazo legal.
Se imponen a la demandada las costas procesales.
Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme, y que contra la cual cabe recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Las Palmas a interponer en el plazo de 20 días desde la notificación, ante este Juzgado.
Se advierte que de conformidad con la D. ad. 15ª de la Ley orgánica del poder judicial -introducida por LO 1/2009, de 3 de noviembre-, salvo las excepciones contempladas en dicha norma la interposición del recurso indicado requiere constituir previamente un depósito por importe de 50 euros en la cuenta del Juzgado. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no haya sido constituido.
Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el Libro de Sentencias.
Así, lo acuerda, manda y firma, Dña. Noemí Lázare Gómez, Magistrada-Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Telde.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido ignorados ocupantes de la vivienda sita en la calle Cosmonauta Aldrins, nº 5, planta baja 5-B de Carrizal de Ingenio, expido y libro el presente en Telde, a 27 de abril de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
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