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BOC Nº 126. Lunes 2 de Julio de 2018 - 3129

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

3129 EDICTO de 17 de mayo de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0000755/2016.

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BOC-A-2018-126-3129. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Jenny Mora Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

Sobre: reclamación de cantidad.

Parte demandante: D. José García García.

Procurador: D. Manuel Ángel Álvarez Hernández.

Abogada: Dña. Concepción Elvira Sánchez Méndez.

Parte demandada: D. José Espejo Fresneda.

Procurador:

Abogado:

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales D. Manuel Ángel Álvarez Hernández, en nombre y representación de D. José García García, contra D. José Espejo Fresneda y, por tanto, se condena a D. José Espejo Fresneda a pagar 3.305'03 euros, a D. José García García, con los intereses legales que se devengan desde la interposición de la demanda, el 27 de septiembre de 2016, para las rentas y gastos devengados con anterioridad, y los intereses legales desde cada devengo para las rentas posteriores.

Todo ello, con imposición de las costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución. Asimismo será necesario para poder interponer el recurso, salvo que el recurrente tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, constituir depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, lo que deberá ser acreditado.

Expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones, llevándose el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, en primera instancia, lo acuerdo y firmo.

PUBLICACIÓN.- La precedente fue publicada en legal forma el día de su fecha, incorporándose al Libro de sentencias de este Juzgado con el número que consta.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. José Espejo Fresneda, expido y libro el presente en Arona, a 17 de mayo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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