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BOC-A-2018-113-2789.
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D./Dña. Antonio Luis Toledano Cortés, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Puerto de la Cruz y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Puerto de la Cruz, a 25 de febrero de 2016.
Vistos por Dña. María Antonia Benito Bethencourt, Sra. Magistrada-Juez del Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción nº 1 de Puerto de la Cruz, los presentes autos del Juicio Ordinario seguidos ante este Juzgado bajo el nº 281/2015, a instancia de Dña. María José Hernández Pérez, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. González Martín contra D. Abdelmajid Alaoui Abou El Barakat, con intervención del Ministerio Fiscal.
FALLO
Se estima sustancialmente la demanda presentada por la representación procesal de Dña. María José Hernández Pérez contra D. Abdelmajid Alaoui Abou El Barakat y se acuerda la privación de la patria potestad del demandado sobre el hijo común M. A. H., correspondiendo exclusivamente a la demandante la titularidad y ejercicio de la patria potestad sobre el menor.
No ha lugar a la imposición de costas.
Notifíquese a las partes esta sentencia, póngase en su conocimiento que no es firme y que contra ella cabe recurso de apelación que, en su caso, deberá prepararse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a su notificación, correspondiendo la competencia para resolverlo a la Ilma. Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife.
Así lo pronuncio, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Abdelmajid Alaoui Abou El Brakat, expido y libro el presente en Puerto de la Cruz, a 22 de mayo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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