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BOC Nº 110. Viernes 8 de Junio de 2018 - 2716

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

2716 Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (ICCA).- Resolución de 24 de mayo de 2018, del Director, por la que se nombran los vocales representativos de los sectores vitícola y vinícola, de los Plenos de los Consejos Reguladores de las denominaciones de origen de "Gran Canaria", "La Gomera", "Tacoronte-Acentejo", "Valle de Güímar" e "Ycoden-Daute-Isora".

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BOC-A-2018-110-2716. Firma electrónica - Descargar

Vistos los expedientes, que han tenido entrada en este Instituto, relativos al proceso electoral celebrado en los consejos reguladores de las denominaciones de origen protegidas de vinos "Gran Canaria", "La Gomera", "Tacoronte-Acentejo", "Valle de Güímar" e "Ycoden-Daute-Isora", y teniendo en cuenta los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Resolución, de 13 de diciembre de 2017, del Director del Instituto Canario de Calidad Agroalimentaria (BOC nº 244, de 21.12.17), se convocaron elecciones a vocales representativos de los sectores vitícola y vinícola para conformar los Plenos de los Consejos Reguladores de las denominaciones de origen protegidas de vinos de Canarias.

Segundo.- Tras el desarrollo del proceso electoral y una vez transcurrido el plazo de exposición de los Acuerdos, de las respectivas Comisiones Electorales, proclamando las candidaturas definitivas, los Consejos Reguladores de las denominaciones de origen protegida de "Gran Canaria", "La Gomera", "Tacoronte-Acentejo", "Valle de Güímar" e "Ycoden-Daute-Isora", remitieron a este Instituto el expediente completo, donde consta la proclamación definitiva de una sola candidatura por sector, para conformar cada uno de los Plenos de los citados Consejos Reguladores.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- La Resolución de convocatoria en su base 10, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 18 del Decreto 146/2007, de 24 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Consejos Reguladores de Vinos de Canarias, establece que, en caso de que, respecto de un sector, se proclamase con carácter definitivo una única candidatura, el Director del Instituto procederá al nombramiento de sus integrantes como vocales, mediante Resolución que se publicará en el Boletín Oficial de Canarias.

Examinados los expedientes remitidos, se observa que se han presentado y proclamado una única candidatura para cada uno de los sectores, vitícola y vinícola, para conformar los Plenos de cada uno de los citados Consejos, no habiéndose impugnado ninguna de las candidaturas proclamadas.

Segundo.- El artículo 57 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la posibilidad de acumular procedimientos, cuando estos guarden entre sí identidad sustancial o íntima conexión, no siendo dicho acuerdo susceptible de recurso.

En el supuesto que nos ocupa los expedientes guardan entre sí una identidad sustancial, cual es el nombramiento de vocales para conformar los Plenos de los Consejos Reguladores, por lo que cabe acumular en una única resolución el nombramiento de los mismos.

Por todo ello visto el informe-propuesta de la Secretaria de este organismo y en virtud de las competencias que tengo atribuidas,

R E S U E L V O:

Primero.- Nombrar los vocales que se relacionan para conformar los Plenos de los Consejos Reguladores de las denominaciones de origen de vinos "Gran Canaria", "La Gomera", "Tacoronte-Acentejo", "Valle de Güímar", e "Ycoden Daute-Isora".

Ver anexo en las páginas 19319-19321 del documento Descargar

Segundo.- Notificar esta resolución a los interesados mediante su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente a su publicación, sin perjuicio de que pueda interponerse recurso potestativo de reposición, ante este órgano, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de la presente resolución, con los efectos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, sin perjuicio de cualquier otro que estimaran oportuno.

Santa Cruz de Tenerife, a 24 de mayo de 2018.- El Director, José Díaz-Flores Estévez.

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