Estás en:
ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.
1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat.
Tamaño: 226.53 Kb.
BOC-A-2018-107-2641.
Firma electrónica
- Descargar
D./Dña. Jesús María Prieto Gutiérrez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 (antiguo Mixto nº 4) de San Cristóbal de La Laguna y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En San Cristóbal de La Laguna, a 6 de febrero de 2018.
Vistos por mí, Dña. Pilar Olmedo López Magistrada Juez del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de La Laguna, los presentes autos de juicio ordinario seguidos bajo el nº 761/2017, promovidos por la Procuradora de los Tribunales Dña. Miriam Alonso Martín en nombre y representación de Puralia Systems, S.L. contra Unión Deportiva Andenes declarada en rebeldía.
FALLO
Estimo íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Dña.Miriam Alonso Martín en nombre y representación de Puralia Systems, S.L. y condeno a la unión Deportiva Andenes al pago de 8.990 euros, más los intereses de demora conforme a lo previsto en la Ley 3/2004, condeno a la demandada a la devolución de la maquinaria arrendada, con expresa condena en costas a la parte demandada.
Así por esta mi sentencia, frente a la que cabe interponer recurso de apelación en un plazo de 20 días lo acuerdo, mando y firmo.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Unión Deportiva Andenes, expido y libro el presente en San Cristóbal de La Laguna, a 14 de marzo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
© Gobierno de Canarias