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BOC-A-2018-093-2326.
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El 2 de mayo de 2018 el Sr. Consejero Insular del Área de Sostenibilidad, Medio Ambiente y Seguridad del Cabildo Insular de Tenerife dictó resolución conforme al siguiente contenido:
Primero.- Aprobar las bases reguladoras del procedimiento de autorización para el control de la población del conejo en el Parque Nacional del Teide que se incluyen en el Anexo 1 de la presente resolución.
Segundo.- Delegar en la Dirección del Parque Nacional del Teide la competencia para resolver los procedimientos de concesión de autorizaciones para el control de la población del conejo.
Tercero.- Publicar las bases reguladoras aprobadas en el Boletín Oficial de Canarias, así como la delegación de competencia efectuada.
A N E X O 1
Bases reguladoras del procedimiento de autorización para el control de la población del conejo silvestre (Oryctolagus cuniculus) en el Parque Nacional del Teide.
1.- Objeto.
Es objeto de estas bases regular el procedimiento de autorización para la obtención del permiso especial y tarjeta de identificación de vehículos a que se refiere el artículo 2.1.c) que habilita para participar en el control de la población de conejo en el espacio natural protegido (T-0) Parque Nacional del Teide, en cumplimiento de lo dispuesto en las normas reguladoras de la actividad. Este permiso sólo es válido si va acompañado de toda la documentación que exige la normativa de control de conejo en el Parque Nacional del Teide, en los periodos y condiciones que establezca dicha normativa.
2.- Período de vigencia.
Los permisos tendrán una vigencia de cinco años, contados desde la fecha de su expedición. Con carácter previo a su vencimiento podrán ser objeto de renovación.
3.- Cupos máximos.
El cupo máximo del total de permisos se fija en 3.500, con la siguiente distribución:
Cupo de 3.300 reservados para renovaciones de permisos.
Cupo de 200 reservados para nuevos permisos. Dentro de este cupo, se reservará cada año un número máximo de 40 permisos para aquellas personas solicitantes que hayan superado las pruebas de aptitud para la obtención por primera vez de la licencia de caza de canarias en las convocatorias celebradas entre el 15 de junio del año anterior y el 15 de junio del año en curso.
4.- Personas interesadas.
Podrán solicitar la concesión del permiso todas aquellas personas que acrediten la obtención de licencia de caza de Canarias en vigor antes del fin del plazo de presentación de la solicitud.
5.- Plazo y lugar de presentación de solicitudes.
Las solicitudes se presentarán en el modelo oficial en el Registro General del Parque Nacional del Teide. El plazo de presentación será de treinta (30) días naturales contados desde el primer día hábil siguiente al 15 de junio de cada año.
6.- Criterios de adjudicación de permisos.
En caso de que el número de solicitudes exceda el cupo de número máximo de permisos, se aplicarán los siguientes criterios de adjudicación, por el orden indicado:
1º) Mayor número de días en los que la persona solicitante haya pasado por alguno de los puestos de control de capturas del Parque Nacional del Teide, en el transcurso de las últimas dos campañas, conforme a los registros de las bases de datos del Parque Nacional del Teide. Se establece como requisito mínimo para la aplicación de este criterio el haber pasado como mínimo en una ocasión por algún punto de control.
2º) Residentes en área de influencia socioeconómica del Parque Nacional del Teide.
3º) Orden de presentación de solicitudes en el Registro General del Parque Nacional del Teide, hasta completar el cupo máximo fijado.
7.- Resolución del procedimiento.
La resolución de los procedimientos de solicitud de autorizaciones corresponderá a la Dirección del Parque Nacional del Teide.
Ver anexo en las páginas 17139-17142 del documento Descargar
Esta resolución no es definitiva en la vía administrativa. Contra ella pueden los interesados interponer recurso de alzada en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial de Canarias ante el Presidente del Cabildo de Tenerife, o ante la Consejería del Gobierno de Canarias con competencias en materia de medio ambiente si el recurso versara sobre materias de gestión del Parque Nacional del Teide objeto de delegación, sin perjuicio de que puedan utilizar cualquier otro recurso o acción que estimen procedente
San Cristóbal de La Laguna, a 7 de mayo de 2018.- El Consejero Insular del Área, José Antonio Valbuena Alonso.
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