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BOC Nº 91. Viernes 11 de Mayo de 2018 - 2260

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V. ANUNCIOS - Cabildo Insular de Fuerteventura

2260 ANUNCIO de 25 de abril de 2018, por el que se hace público el Decreto de 18 de abril de 2018, que establece sectores funcionales homogéneos a los que corresponden las Áreas Insulares de la organización desconcentrada insular, designa empresas de Áreas, delega competencias en las Consejerías de Áreas y establece suplencias en caso de vacante, ausencia o enfermedad.

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BOC-A-2018-091-2260. Firma electrónica - Descargar

Por el Ilmo. Sr. Presidente del Excmo. Cabildo Insular de Fuerteventura, D. Marcial Morales Martín, ha sido adoptado con fecha 18 de abril de 2018, el Decreto nº 1.466 del tenor literal siguiente:

"DECRETO DE LA PRESIDENCIA

Visto que la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público establece en su artículo 3 como uno de los principios generales de actuación de las Administraciones Públicas el de desconcentración.

Visto que la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local contempla la gestión desconcentrada como uno de los mecanismos adecuados para mejorar la gestión de los asuntos que le corresponden así como para facilitar la participación ciudadana y, en la misma línea, el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, contempla expresamente la posibilidad de desconcentrar las facultades de reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos así como la autorización y disposición de gastos.

Visto que el Reglamento Orgánico del Cabildo Insular de Fuerteventura aprobado en sesión de 19 de septiembre de 2016 atribuye a la Presidencia, en el marco de la organización desconcentrada prevista por aquel, la determinación del número, denominación y ámbito funcional de las áreas insulares, que responderán a los sectores funcionales homogéneos siguientes:

a) Área Insular de Infraestructuras, territorio y medio ambiente.

b) Área Insular de Sector Primario.

c) Área Insular de Turismo.

d) Área Insular de Políticas Sociales.

e) Área Insular de Cultura, ocio y deporte.

f) Área Insular de Desarrollo económico, modernización tecnológica y fomento del empleo.

g) Área Insular de Gobernanza y gestión de recursos y servicios.

Visto que el artículo 45.3 del citado Reglamento Orgánico atribuye a la Presidencia la facultad de modificar por Decreto la agregación anterior en otros sectores que incluyan dichas funciones homogéneas.

Visto que conforme a lo dispuesto en el artículo 48.2.f) del Reglamento Orgánico corresponde a las Consejerías de Área actuar como órgano de contratación cuando sean competentes para autorizar y disponer el gasto, por razón de la cuantía, conforme a lo dispuesto en las normas de contratación y/o en las Bases de Ejecución del Presupuesto de la Corporación para cada ejercicio, y teniendo presente que estas últimas no contienen previsión expresa al respecto, por lo cual con la finalidad de hacer operativa la mecánica de contratación conforme al nuevo marco normativo en vigor desde el pasado día 9 de marzo, resulta pertinente establecer un nuevo marco de delegación de atribuciones de la Presidencia en materia de autorización y disposición del gasto, hasta que se produzca la adecuación necesaria de las Bases de Ejecución de Presupuesto.

Visto que según el artículo 46 del citado Reglamento Orgánico los titulares de las áreas insulares serán designados y cesados libremente por la Presidencia mediante Decreto, que surtirá efecto desde el día siguiente a aquel en que se dicte, salvo que en él se disponga otra cosa, sin perjuicio de las preceptivas publicaciones.

R E S U E L V O:

Primero.- Establecer como sectores funcionales homogéneos a los que se corresponderán las Áreas Insulares de la organización desconcentrada insular, los siguientes:

- Área de Medio Ambiente (Decreto nº 2.640, de 29.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Medio Ambiente, Parque Móvil y Servicios; Decreto nº 3.252, de 4.8.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Residuos; Decreto nº 2.629, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Aguas).

- Área de Sector Primario (Decreto nº 2.635, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Agricultura, Ganadería y Pesca).

- Área de Territorio y Turismo (Decreto nº 3.250, de 4.8.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia Ordenación del Territorio y Decreto nº 2.693, de 3.7.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia Turismo).

- Área de Políticas Sociales (Decreto nº 3.249, de 4.8.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia Bienestar Social, Sanidad, Vivienda y Consumo; Decreto nº 2.064, de 20.5.16 de inclusión en el ámbito del Decreto de delegación de competencias nº 3.249, de 4.8.15, el ejercicio efectivo de las facultades correspondientes a las asignaciones que en materia de tutela y curatela se efectúen por resolución judicial hacia este Cabildo Insular; Decreto nº 2.639, de 29.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Transportes; Decreto nº 3.251, de 4.8.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Igualdad).

- Área de Cultura, ocio y deporte (Decreto nº 2.633, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Recursos Humanos, Educación, Cultura y Patrimonio Histórico; Decreto nº 2.629, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Deportes y Caza).

- Área de Desarrollo económico, modernización tecnológica y fomento del empleo (Decreto nº 2.630, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Hacienda, Promoción Económica, Innovación y Empleo; Decreto nº 2.634, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Transparencia y Nuevas Tecnologías; Decreto nº 2.639, de 29.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Seguridad y Emergencias; Decreto nº 2.627, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Comercio, Industria y Red de Centros y Museos).

- Área de Infraestructuras, Gobernanza y gestión de recursos y servicios (Decreto nº 2.628, de 25.6.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Obras Públicas, Carreteras, Patrimonio y Régimen Interior; Decreto nº 3.252, de 4.8.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Coordinación con los Municipios y Participación Ciudadana; Decreto nº 4.158, de 26.10.15 de delegación de competencias de la Presidencia en materia de Cooperación Internacional al Desarrollo).

Segundo.- Designar Consejeros/as de Áreas en los términos que sigue:

- Consejera Insular de Área de Medio Ambiente, Dña. Natalia del Carmen Évora Soto.

- Consejero Insular de Área de Sector Primario, D. Juan Estárico Quintana.

- Consejero Insular de Área de Territorio y Turismo, D. Blas Acosta Cabrera.

- Consejera Insular de Área de Políticas Sociales, Dña. Rosa Delia Rodríguez Clavijo.

- Consejero Insular de Área de Cultura, ocio y deporte, D. Domingo Juan Jiménez González.

- Consejero Insular de Área de Desarrollo económico, modernización tecnológica y fomento del empleo, D. Rafael Florentino Páez Santana.

- Consejera Insular de Área de Infraestructuras, Gobernanza y gestión de recursos y servicios, Dña. Edilia Rosa Pérez Guerra.

Tercero.

a) Delegar en las Consejerías de área establecidas en el apartado primero de esta Resolución la autorización, disposición y reconocimiento de gastos dentro de los límites competencia de la Presidencia y los expresamente previstos en las Bases de Ejecución del Presupuesto, incluidos los referidos a todos los expedientes de contratación correspondientes a la Consejería de Área, incluida la ordenación de todos los pagos que se ejecuten con los fondos del Cabildo correspondientes a la Consejería de Área.

En tanto las Bases de Ejecución del Presupuesto no establezcan otro criterio, la delegación a que se refiere el párrafo anterior se ejecutará bajo el criterio de que corresponde a cada Consejería de Área el ámbito funcional/presupuestario a que se refieren los vigentes decretos de delegación de competencias de la Presidencia en los titulares de las citadas Consejerías de Área.

b) Mantener la delegación conferida en el Consejero D. Rafael Florentino Páez Santana mediante Decreto de la Presidencia nº 900 de fecha 27 de marzo de 2017, para la realización del pago material que implica la disposición de fondos de las cuentas corrientes, depósitos bancarios y cajas de la Corporación, así como autorizar con su firma y, en su caso, asistir a los arqueos ordinarios y extraordinarios.

c) Como consecuencia de lo dispuesto en los dos párrafos anteriores resulta de aplicación respecto de las Consejerías de Área el artículo 48.2.f) del Reglamento Orgánico, de tal modo que las Consejerías de Área actuarán como órgano de contratación en virtud de la competencia delegada respecto de la autorización y disposición del gasto.

d) Corresponderá a las Consejerías de Área, en cuanto órganos gestores, elevar a la Presidencia las discrepancias que puedan presentarse respecto de los reparos formulados por la Intervención de Fondos, formulando tal discrepancia por escrito y con cita de los preceptos legales en los que sustenten su criterio, elevando la Presidencia la propuesta motivada de resolución de las discrepancias aportada por las Consejerías de Área directamente a la Intervención General de la Administración del Estado junto con el expediente completo, comunicándose al órgano interventor y demás partes interesadas.

Cuarto.- Establecer en caso de vacante, ausencia o enfermedad la suplencia de los Sres./as. Consejeros/as de Área, de la siguiente manera:

- La Consejera Insular de Área de Medio ambiente, Dña. Natalia del Carmen Évora Soto, suplirá a la Consejera Insular de Área de Infraestructuras, Gobernanza y Gestión de Recursos y Servicios, Dña. Edilia Rosa Pérez Guerra y viceversa.

- El Consejero Insular de Área de Territorio y Turismo, D. Blas Acosta Cabrera, suplirá al Consejero Insular de Área de Sector Primario, D. Juan Estárico Quintana.

- El Consejero Insular de Área de Territorio y Turismo, D. Blas Acosta Cabrera suplirá al Consejero Insular de Área de Cultura, ocio y deporte, D. Domingo Juan Jiménez González, y viceversa.

- El Consejero Insular de Área de Desarrollo económico, modernización tecnológica y fomento del empleo, D. Rafael Florentino Páez Santana, suplirá a la Consejera Insular de Área de Políticas Sociales, Dña. Rosa Delia Rodríguez Clavijo, y viceversa.

Quinto.- Quedan sin efecto las delegaciones otorgadas mediante los Decretos mencionados en el apartado primero, al ejercerse ahora las funciones a que aquellos se refieren en régimen de desconcentración y no de delegación".

Puerto del Rosario, a 25 de abril de 2018.- El Presidente, Marcial Morales Martín.

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