Gobierno de Canarias

Comunidad Autónoma de Canarias

Boletín Oficial de Canarias

Estás en:

BOC Nº 83. Lunes 30 de Abril de 2018 - 2066

ATENCION. La versión HTML de este documento no es oficial. Para obtener una versión oficial, debe descargar el archivo en formato PDF.

IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santa Cruz de Tenerife

2066 EDICTO de 19 de marzo de 2018, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de procedimiento ordinario nº 0000213/2016.

1 páginas. Formato de archivo en PDF/Adobe Acrobat. Tamaño: 228.01 Kb.
BOC-A-2018-083-2066. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. Pablo David Sánchez González, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Santa Cruz de Tenerife y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

En la ciudad de Santa Cruz de Tenerife, a veintisiete de febrero de dos mil dieciocho.

Vistos por mí, María Dolores Aguilar Zoilo, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia nº Nueve de esta ciudad, los presentes autos de Juicio Ordinario, que con el nº 213/16 se han seguido en este Juzgado a instancias del Procurador Dña. Esther Hernández Dávila, en nombre y representación de Ucemen Tenerife, S.L., bajo la dirección letrada de D. Javier Coto del Valle, contra Seguros Mapfre, representada por el Procurador Dña. Mercedes Aranaz y bajo la dirección letrada de Dña. Carmen Arozena y Dña. Mercedes Pérez Duque y contra Euro Green Express, S.L.

FALLO

Que debo desestimar y desestimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador Dña. Esther Hernández Dávila, en nombre y representación de Ucemen Tenerife, S.L., bajo la dirección letrada de D. Javier Coto del Valle, contra Seguros Mapfre, representada por el Procurador Dña. Mercedes Aranaz y bajo la dirección letrada de Dña. Carmen Arozena y Dña. Mercedes Pérez Duque y contra Euro Green Express, S.L.; todo lo anterior lo es con condena en costas a la parte actora.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que la misma no es firme y que contra ella cabe interponer recurso de apelación en plazo de veinte días siguientes a su notificación ante este Juzgado.

Así por esta mi sentencia de la que deducirá testimonio para su unión a autos, la pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido Euro Green Express, S.L., con CIF B76597293 expido y libro el presente en Santa Cruz de Tenerife, a 19 de marzo de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

© Gobierno de Canarias