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BOC Nº 83. Lunes 30 de Abril de 2018 - 2061

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Turismo, Cultura y Deportes

2061 ORDEN de 23 de abril de 2018, por la que se aprueba la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2016-2018.

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BOC-A-2018-083-2061. Firma electrónica - Descargar

Visto el expediente para la modificación del "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes para los ejercicios 2016-2018", y de acuerdo con los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- Por Orden de esta Consejería nº 45, de 9 de marzo de 2016, se aprueba el "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes para los ejercicios 2016-2018".

Segundo.- Dicho Plan Estratégico de Subvenciones fue modificado por Orden de 29 de julio de 2016, por Orden de 24 de noviembre de 2016, por Orden de 17 de marzo de 2017, por Orden de 17 de mayo de 2017, por Orden de 9 de noviembre de 2017, por Orden de 14 de diciembre de 2017 y por Orden de 29 de diciembre de 2017.

Tercero.- Por parte de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, la Dirección General de Infraestructuras Turística, la Dirección General de Deportes, la Dirección General de Patrimonio Cultural, la Dirección General de Promoción Cultural, la Viceconsejería de Cultura y Deportes y la Viceconsejería de Turismo se han propuesto a través de Memorias debidamente justificadas, nuevas líneas de subvención para el ejercicio 2018, contempladas en la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma para 2018, así como a través de las correspondientes modificaciones presupuestarias tramitadas ante la Dirección General de Planificación y Presupuestos. Dichas líneas de subvención se detallan a continuación:

DIRECCIÓN GENERAL DE ORDENACIÓN Y PROMOCIÓN TURÍSTICA.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8 de abril de 2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo. Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, el 2016, el ya finalizado ejercicio 2017 y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2018.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30 de diciembre), se incorpora, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y en concreto en el Servicio 1604 de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística, Programa 432G, Promoción y Apoyo a la comercialización, el proyecto de inversión 177G0073 PROYECTO ECOÁREAS-MARDETODOS- que dará cobertura a nuevas subvenciones que no están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2016/2018. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Dirección General de Ordenación y Promoción Turística y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir el referido proyecto de inversión como línea de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente Departamento.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

En el anexo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, dentro de la Sección 16, Servicio 1604, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (432G), figura el proyecto de inversión que dará cobertura a las siguientes subvenciones que de conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, serán directas y se deben añadir a las ya previstas en el Plan Estratégico del Departamento:

1. A LOS CABILDOS INSULARES Y ENTIDADES LOCALES PARA LOS CONVENIOS DE COLABORACIÓN PARA EL DESARROLLO DE LAS ECOÁREAS-MARDETODOS EN CANARIAS.

Ver anexo en la página 14367 del documento Descargar

II.1.- Objetivos.

El programa 432G dentro de los objetivos y estrategia promocional de la Consejería va también a centrarse en tres proyectos específicos que mejoran y amplían la oferta turística del Archipiélago, que se soportan sobre la necesidad de la sostenibilidad de nuestro modelo turístico.

Uno de esos proyectos es impulsar y consolidar áreas litorales de interés ecoturístico donde se potencian actividades de valorización del patrimonio natural que active la generación de vida marina y el desarrollo de economía sostenible, lo que supone un reto el mantenimiento de la calidad de las aguas del medio marítimo y costero, tanto por su repercusión de la calidad de vida de los habitantes de las islas y de la vida animal y vegetal marina, como por su importancia en la generación de valor de las actividades de turismo azul, actividad turística con gran crecimiento en Europa.

Las razones que justifican la necesidad de actuación de la Administración y que propician un programa específico de infraestructuras turísticas, son las siguientes:

Que la estrategia de desarrollo de Canarias para el periodo 2014-2020 establece como meta u objetivo global la promoción del desarrollo sostenible de la comunidad autónoma, procurando la consolidación de una economía competitiva que cree empleo de manera sostenida, siendo respetuosa con el medio ambiente y los valores naturales del territorio insular.

El proyecto Ecoáreas-mardetodos se contempla en el ámbito del Programa Operativo FEDER Canarias 2014-2020 dentro del "Eje Prioritario-Objetivo Temático OT6. Conservar y Proteger el medio ambiente y promover la eficiencia de los recursos. Prioridad de Inversión PI 6.3. Conservación, protección, fomento y desarrollo del patrimonio natural y cultural. Objetivo Específico OE 6.3.2. Desarrollo y promoción de las áreas naturales en particular las de interés turístico. Campo de Intervención CI 091. Desarrollo y promoción del potencial turístico de espacios naturales".

Que para la realización de este Proyecto es imprescindible el conocimiento de las distintas variables que integran e intervienen en estas áreas naturales y que aporten un conocimiento científico sobre las mismas. La finalidad es contar con un sistema metodológico que sirva para medir los criterios objetivos de sostenibilidad básicos para la creación de la Red de Ecoáreas en Canarias, necesario para poder tener indicadores medioambientales, sociales, económicos y de gestión que permitan la toma de decisiones estratégicas que deban aportarse para el adecuado desarrollo de participación de este proyecto europeo desde la Administración Autonómica y que sea una herramienta fundamental para definir las directrices a seguir.

Ecoáreas Mardetodos es un proyecto de innovación basado en la generación de redes de colaboración entre entidades públicas y privadas que faciliten la gestión sostenible en los entornos costeros. Bajo una metodología creada específicamente en colaboración con administraciones, entidades insulares y locales, centros de investigación y entidades de gestión del medio marino, se pretende potenciar la actividad de usos lúdicos o profesionales que favorezcan la sostenibilidad. La innovación radica en que la metodología se adapta a cualquier espacio costero que cuente con el apoyo de los agentes implicados en su uso y su gestión, estando especialmente diseñada para ser impulsada por la participación ciudadana y la dinamización empresarial.

La metodología de gestión del proyecto Ecoáreas Mardetodos se aplica a zonas litorales que tienen como fin proteger y favorecer la regeneración del patrimonio natural y cultural a través del impulso de iniciativas ecoturísticas de forma segura para las personas y respetuosa con el medio. Por tanto, consiste en el desarrollo de un modelo de gestión de usos costeros diseñado para impulsar el buen estado ambiental. A su vez, implica el uso sostenible de los servicios de los ecosistemas tales como: el turismo sostenible, asociado a su vez a la conservación de la biodiversidad marina y además, de forma secundaria, creando santuarios de vida que puedan ser beneficiosos para usos extractivos cercanos. El proyecto busca conciliar las necesidades ambientales y el desarrollo socioeconómico de las zonas costeras. Es decir, hace propuestas a pequeña escala que ayuden a frenar la actual degradación ambiental, conservando ecosistemas marinos sanos y resistentes, recuperando zonas degradadas, reduciendo las presiones sobre la biodiversidad, fomentando la implicación ciudadana mediante programas de observación y seguimiento, todo ello respaldado por una dinamización empresarial basada en las buenas prácticas e interesada en conservar las atracciones culturales costeras y submarinas, así como los lugares del patrimonio marítimo con valor arqueológico, ecológico e histórico.

Para la consecución de la red de ecoáreas, por todo lo antedicho, resulta imprescindible la participación de las entidades insulares y locales a través de posibles convenios instrumentalizados mediante procedimiento de subvenciones directas.

DIRECCIÓN GENERAL DE INFRAESTRUCTURAS TURÍSTICAS.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8 de abril de 2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo. Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, los ejercicios 2016 y 2017, ya finalizados, y el actual, a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2018.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, se incorporaron, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y en concreto en el Servicio 1605 de la Dirección General de Infraestructura Turística, Programa 432B, Infraestructura Turística y Gestión Integral Núcleos Turísticos, nuevas líneas de actuación que darán cobertura a nuevas subvenciones que no están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2016/2018. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Dirección General de Infraestructura Turística y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir las referidas líneas de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente departamento.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, serán subvenciones directas y se deben añadir a las ya previstas en el Plan Estratégico del departamento, las siguientes subvenciones:

* Embellecimiento de la zona casco histórico Fontanales de Moya.

* Construcción Mirador Turístico al paisaje del Barranco de Moya.

* Centro Cívico Las Caletas, en Teguise.

* Jardín vertical de Tijarafe.

* Centro de investigación de la Seta. Mazo.

* Ampliación Rambla Juan Évora Suárez, Castillo-Caleta de Fuste.

* Adquisición inmueble para Hotel Escuela. Ayto. El Paso.

* Acondicionamiento Playa de Valleseco. Santa Cruz de Tenerife.

* Plan de Competitividad Turismo Canario. Tenerife.

En el anexo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, dentro de la Sección 16, Servicio 1605, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (432B), figuran los siguientes nuevos proyectos que darán cobertura a las siguientes subvenciones directas:

Ver anexo en la página 14370 del documento Descargar

II.1.- Objetivos.

El turismo se configura como la principal actividad económica del Archipiélago, tanto por su aportación directa e indirecta a la riqueza generada en Canarias, como por la cantidad de mano de obra que ocupa. De ahí la importancia de una planificación correcta de los recursos, para lograr una actividad turística sostenible y competitiva.

El programa 432B, se incardina dentro de los objetivos y estrategias de desarrollo que esta Comunidad está llevando a cabo a través de los diferentes programas e iniciativas teniendo como referencia estratégica la sostenibilidad del desarrollo turístico y cuyo contenido, que se mantiene para el presente ejercicio presupuestario, ha sido el siguiente:

- Continuación de la Estrategia para la mejora del espacio público turístico, para la creación de nuevas infraestructuras turísticas que contribuyan a la mejora y diversificación del atractivo turístico de Canarias, como destino turístico, y que posibiliten la realización de actividades tales como: turismo náutico, deportivo, rural, cultural, de congresos, etc.

- Mejora de las infraestructuras turísticas que tengan por finalidad:

a) El embellecimiento de los atractivos turísticos de las Islas, incluyendo los recursos naturales.

b) Un adecuado desarrollo urbanístico de los distintos enclaves turísticos y el acondicionamiento de los elementos del territorio para un sustento de la diversificación de la oferta, incluyendo segmentos tales como el turismo rural, cultural, de salud, etc.

Las razones que justifican la necesidad de actuación de la Administración y que propician un programa específico de infraestructuras turísticas, son las siguientes:

- Aplicación de la Ley 7/1995, de 6 de abril, de Ordenación del Turismo de Canarias, con especial hincapié en la acción de fomento de la actividad turística, en un sistema de calidad y respeto al medio ambiente.

- Sostenibilidad del desarrollo turístico, tomando como base la mejora de las infraestructuras turísticas existentes.

Las líneas de actuación que se siguen en este Programa se desarrollan y priorizan a través de actuaciones orientadas a:

- Mejorar la calidad del producto turístico y su entorno.

- Fomento de la gestión medioambiental de los enclaves o núcleos turísticos.

En definitiva, el programa presupuestario 432B "Infraestructura Turística y Gestión Integral de Núcleos Turísticos" para el presente ejercicio 2018, trata de impulsar una serie de actuaciones que abordan medidas y acciones de reactivación económica que, en el área de turismo, se centrarán también en la intervención frente a la degradación sufrida por la madurez y declive de los principales enclaves turísticos.

De otro lado, supone dar cobertura a actuaciones que incidan positivamente en la cualificación del espacio turístico, apostando por la renovación urbana, entendiendo por tal la regeneración de las urbanizaciones y núcleos turísticos de Canarias en los que la cooperación lo será mediante intervenciones públicas y privadas.

Es obvio que el logro de la cualificación turística tiene una magnitud estratégica y de interés público que no puede limitarse a las iniciativas que voluntariamente sea impulsadas desde el sector privado, constituyendo un deber del sector público la renovación de la oferta turística obsoleta a través de los medios adecuados y eficaces para remover los obstáculos que puedan interponerse en la marcha de las iniciativas que se orienten a conseguir la cualificación la renovación de la oferta turística promoviendo actuaciones que recuperen la imagen de los núcleos turísticos consolidados, obteniendo un entorno limpio y ordenado, con elevados niveles de satisfacción en cuanto a sus servicios públicos e imagen urbana.

DIRECCIÓN GENERAL DE DEPORTES.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo. Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, los ya finalizados ejercicios 2016, 2017 y el actual 2018 y ha sido objeto de diferentes modificaciones.

El artículo 7 del Decreto 36/2009, determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben de referirse a los Objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30 de diciembre), se incorporaron, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes y en concreto en el Servicio 1611 de la Dirección General de Deportes, Programa 336A Servicio de Deportes, nuevas líneas de actuación que darán cobertura a nuevas subvenciones que no están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2016/2018. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Dirección General de Deportes y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir las referidas líneas de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente departamento. Asimismo, algunas subvenciones que ya estaban incluidas en el Plan Estratégico han aumentado y una de ellas disminuido las cuantías económicas.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, serán subvenciones directas y se deben añadir a las ya previstas en el Plan Estratégico del departamento, las siguientes subvenciones:

1) Transvulcania (La Palma).

2) Fudenas ((Fuerteventura).

3) Apoyo a la doble insularidad.

En el anexo de transferencias corrientes de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, dentro de la Sección 16, Servicio 1611, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (336A), figuran los siguientes nuevos proyectos que darán cobertura a las siguientes subvenciones directas (nominadas y por razones de interés público):

Programa 336A Capítulo IV:

Ver anexo en la página 14373 del documento Descargar

Asimismo, una de las subvenciones directas de Capítulo VII prevista en el plan ha disminuido su cuantía económica:

Ver anexo en la página 14373 del documento Descargar

Asimismo, algunas de las subvenciones de Capítulo IV previstas en el plan han aumentado de cuantía y son las siguientes subvenciones nominadas:

Ver anexo en la página 14374 del documento Descargar

II.1.- Objetivos.

La Dirección General de Deportes, en el marco de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 113/2006, de 26 de julio y 212/1991, de 11 de septiembre, debe elaborar las propuestas de planes y programas en su ámbito de actuación, en el marco normativo de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte y para la presente anualidad, en el marco presupuestario establecido en la Ley 7/2017, de 29 de diciembre, de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Canaria para el ejercicio 2018.

A tal fin, se subvenciona de forma directa a las Federaciones Deportivas Canarias de las modalidades convocadas por el Consejo Superior de Deportes, para los Campeonatos de España en edad escolar. Las Federaciones Deportivas Canarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte, las federaciones deportivas canarias, además de sus funciones propias en el ámbito interno, ejercen, por atribución expresa de esta ley y bajo la tutela de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, las siguientes funciones públicas de carácter administrativo, actuando, en este caso, como agentes colaboradores de la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Canarias:

h) Colaborar con las Administraciones públicas en la organización de las actividades y competiciones del deporte en edad escolar.

Asimismo, se subvenciona de forma directa la promoción de la Lucha Canaria a través de centros escolares. La Ley 8/1997, Canaria del Deporte, hace explícita referencia en sus capítulos II y IV a los juegos y deportes autóctonos y tradicionales y a las federaciones canarias de los juegos y deportes autóctonos y tradicionales. Entre los principios rectores que debe contemplar la política deportiva de las administraciones políticas competentes en la materia, se encuentran:

- El establecimiento de programas dirigidos a la iniciación deportiva de los jóvenes en edad escolar.

- La divulgación y enseñanza de estas modalidades.

- La organización de actividades deportivas que contribuyan a fortalecer la identidad propia.

- El establecimiento de líneas de financiación preferente a estas federaciones.

Por ello, en respuesta a estos principios rectores y a los objetivos prioritarios de la Consejería, se ha incluido esta subvención directa por razones de interés público a la Federación de Lucha Canaria, que dará cobertura a un programa que ayude de manera efectiva a los centros educativos y, en especial, al profesorado de Educación Física, a la divulgación de la Lucha Canaria mediante la impartición de una unidad didáctica específica de esta materia.

Por último, dentro del Capítulo IV existe una nueva línea de actuación para subvenciones nominadas a Clubes Deportivos de islas no capitalinas que pretenden paliar el sobre coste económico que sufren estos clubes por la doble insularidad. Las islas no capitalinas (Lanzarote, Fuerteventura, La Palma, La Gomera y El Hierro) mantienen un déficit notable en la conectividad aérea con la Península debido a la inexistencia o baja frecuencia de las conexiones con los aeropuertos del resto del Estado. Ello tiene una consecuencia directa en los costes de desplazamiento a las competiciones regulares que se desarrollan en la Península. De manera habitual, se hace necesario realizar recorridos más largos (por la menor oferta de aeropuertos de destino próximos al lugar de competición) y se ven forzados a incrementar en uno o dos días las pernoctaciones fuera de la isla con el consiguiente incremento de los costes de alojamiento y manutención de los equipos.

Asimismo, y dentro del propio Capítulo IV, existen también otras dos nuevas líneas de actuación para subvenciones directas a los Cabildos de La Palma y Fuerteventura para contribuir a la celebración de las carreras que se celebran anualmente en estas islas (Transvulcania y Fudenas). La Transvulcania es una carrera de larga distancia que está considerada como una de las ultramaratones de montaña más duras de las Islas Canarias y una de las más importantes de España y cuenta con la participación de multitud de corredores internacionales. Además, desde el año 2012 puntúa para el Campeonato del Mundo de Carreras de Montaña. La prueba ciclista en bicicleta de montaña (BTT) Cívico-Militar FudeNaS 2017 (Fuerteventura de Norte a Sur), se desarrollará en el incomparable marco de la isla de Fuerteventura. El recorrido, de poco más de 150 km de distancia, recorre la isla de Fuerteventura de Norte a Sur, teniendo la salida en Corralejo, en el Norte de la isla, y la meta en Morro Jable, en el Sur; con un 90% del itinerario a través de caminos, pistas y sendas. Como en ediciones anteriores, vuelve a presentar dos modalidades, Carrera y Ruta. La modalidad de Carrera, homologada por la Federación Canaria de Gimnasia y que cuenta con árbitros de la misma, se realiza en un solo día, y la modalidad de ruta se realiza en dos días.

Dentro del citado Capítulo IV continúan las subvenciones directas a las Federaciones de Deportes Autóctonos y a las Federaciones correspondientes de los dos centros de tecnificación, si bien se han incrementado las cuantías económicas.

En el Capítulo VII continúan las dos líneas de actuación que darán cobertura a dos subvenciones directas por razones de interés público, una subvención al Cabildo de Tenerife, que le daría cobertura la aplicación presupuestaria Centro Náutico Deporte Cidemat, para la mejora y gestión de instalaciones deportivas de interés suprainsular. La mejora y acondicionamiento se efectuará por el Cabildo Insular con arreglo a la legislación de Contratos de las Administraciones Públicas, respetando en todo caso los principios de publicidad y concurrencia. Conforme al artículo 8 de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canaria del Deporte, corresponde a la Administración Pública de la Autónoma de Canarias la construcción, mejora y gestión de instalaciones deportivas de interés suprainsular. El artículo 27 de la misma disposición normativa señala que las Administraciones públicas canarias promoverán y fomentarán la actividad física y deportiva mediante el establecimiento de las ayudas y subvenciones que presupuestariamente se asignen.

La Promoción Escuelas de Vela Latina tiene como objetivo una subvención directa para la promoción de la vela latina mediante la realización de diferentes acciones como gastos de material específico para las escuelas de vela latina.

II.2.- Costes.

Los fondos públicos destinados a tal fin han quedado cifrados, para las subvenciones directas de capítulo IV en un total de 1.006.180,00 euros y las de capítulo VII un total de 80.000,00 euros, para la anualidad de 2018, que son financiados por el propio Gobierno de Canarias.

Ver anexo en las páginas 14376-14377 del documento Descargar

III.- Convocatorias públicas.

La Dirección General de Deportes, en el marco de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 113/2006, de 26 de julio, y 212/1991, de 11 de septiembre, debe elaborar las propuestas de planes y programas en su ámbito de actuación, en el marco normativo de la Ley 8/1997, de 9 de julio, Canarias del Deporte y para la presente anualidad, en el marco presupuestario establecido en la Ley de Presupuestos de la Comunidad Autónoma Canaria para 2017 y que se concretan en los siguientes objetivos estratégicos: a) Desarrollo y cumplimiento de la Ley Canaria del Deporte, b) Fomento del Deporte en todas sus manifestaciones c) Facilitar el acceso a las competiciones de ámbito interinsular e internacional.

De las convocatorias de concurrencia competitiva ya previstas, han aumentado de importe las que se indican a continuación:

Ver anexo en la página 14377 del documento Descargar

Se prevé convocar una nueva subvención de concurrencia competitiva dentro del mismo proyecto que le dé apoyo para los desplazamientos de ámbito interinsular, estatal e internacional, pero referido a sufragar los gastos del material necesario para competiciones deportivas.

Ver anexo en la página 14378 del documento Descargar

DIRECCIÓN GENERAL DE PATRIMONIO CULTURAL.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09), dispone que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte, el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años, el periodo de vigencia del Plan Estratégico, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin debe referirse a los Objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo, y fue diseñado para abarcar tres anualidades, el ejercicio 2016, el actual 2017, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2018.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30 de diciembre), se incorporaron, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, en el Servicio 1612 correspondiente a la Dirección General de Patrimonio Cultural, nuevas líneas de actuación, incluidas en el Programa 337A denominado Patrimonio Cultural.

Con la finalidad de incluir estas líneas de actuación en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería, para el periodo 2016/2018, por Orden nº 94/2017, de 17 de marzo, del mismo año, se procedió a aprobar la modificación del Plan que incluyera estas líneas de actuación.

Así, entre las Subvenciones directas se incluyó línea de actuación incluida en el anexo de "Operaciones de capital. Transferencias de capital" de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2017, dentro de la Sección 16, Servicio 1612, correspondiente al programa 337A, Patrimonio Cultural, que gestiona este Centro Directivo, el siguiente proyecto:

Programa 337A Patrimonio Cultural. Capítulo VII:

Ver anexo en la página 14379 del documento Descargar

El proyecto ex novo de Parque Viera y Clavijo. Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, resultante de la necesidad de la mejora y puesta al día de espacios culturales que en este caso en particular, está constituido por edificios de marcado interés patrimonial como es el caso del antiguo Colegio de las Asuncionistas declarado Monumento Histórico Artístico de interés para la Comunidad Autónoma de Canarias por Decreto 50/1986, de 14 de marzo y mediante Decreto 171/2008, de 22 de julio, se delimitó el entorno de protección de Bien de Interés Cultural, con categoría de Monumento. Todo ello al objeto de mejorar sus condiciones de seguridad, actualizar sus instalaciones y los servicios que se ofrecen a la ciudadanía en materia de patrimonio cultural, objetivos fundamentales en lo que se refiere a los objetivos reseñados en la Ley 4/1999, de 15 de marzo, de Patrimonio Histórico de Canarias, de conservación y preservación de los bienes que componen el patrimonio cultural canario.

Hay que reseñar que el presente proyecto es de carácter plurianual, instrumentado a través de un convenio de colaboración interadministrativo con el Ayuntamiento de Santa Cruz de Tenerife, por un importe total de 10.000.000 millones de euros periodificado de la siguiente manera:

año 2018.- 400.000,00 euros.

año 2019.- 1.920.825,86 euros.

año 2020.- 1.920.825,86 euros.

año 2021.- 1.920.825,86 euros.

II.1.- Objetivos.

La Dirección General de Patrimonio Cultural, en virtud del Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias, aprobado por Decreto 24/2016, de 4 de abril, ejerce competencias de promoción, difusión del patrimonio cultural canario, así como de defensa, conservación y acrecentamiento del mismo.

Para ejercer estas competencias, en las sucesivas leyes de presupuestos de la Comunidad Autónoma de Canarias, se vienen estableciendo líneas de subvenciones para entidades públicas y privadas que coadyuvan con la Administración en la consecución de los fines de interés público que constituyen la defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio cultural canario.

Las subvenciones indicadas tienen la finalidad de promover el desarrollo de actividades relacionadas con el patrimonio cultural para contribuir al cumplimiento de las competencias mencionadas.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 2, que constituye subvención, toda disposición dineraria que cumpla una serie de requisitos, entre los que figuran:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.

c) Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

II.2.- Costes.

Este extremo no sufrirá variación en la modificación que se pretende.

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN CULTURAL.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09), dispone que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte, el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años, el periodo de vigencia del Plan Estratégico, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin debe referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el período de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. No obstante lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo, y fue diseñado para abarcar tres anualidades, el ejercicio 2016, el actual 2017, y a resultas de los objetivos programados para las aportaciones del 2018.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30 de diciembre), se incorporaron, en la sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, en el Servicio 1613 correspondiente a la Dirección General de Promoción Cultural la siguiente subvención nominada incluida en el programa 334A Promoción Cultural siguiente:

16.13.334A.480.00.- P.I. 164G0469 FEDERACIÓN DE BANDAS DE MÚSICA DE CANARIAS

Importe.- 100.000,00 euros.

II.1.- Objetivos.

Con esta subvención se pretende la recuperación de una partida presupuestaria necesaria para el funcionamiento y desplazamientos de las numerosas bandas de música de Canarias y llevar al público la labor pedagógica y cultural de las diversas bandas de música de Canarias.

Estas bandas realizan como indicábamos una amplia labor en tres destacados aspectos:

1) Una labor propiamente cultural y artística, cultivando por una parte, a los propios miembros de las bandas en un repertorio bandístico y clásico, y por otra parte, al público que asiste a sus conciertos e intervenciones (muchas veces de forma pasiva, por la participación de estos conjuntos en festividades religiosas y locales, como procesiones, pendones, fiestas populares, etc.), cuya cercanía en un repertorio fácil de escuchar y entender impregna de forma eficaz al oyente de este arte. Las bandas han cubierto el vacío del acceso a la música por gran parte de la población hasta la llegada de los grandes medios de difusión de masas extendidos en la segunda mitad del siglo XX (gramófono, emisiones radiofónicas, grabaciones digitales, internet).

2) Siguiendo un camino paralelo, hay un trabajo educativo de gran interés que desarrollan las bandas municipales. Normalmente sus componentes, en sus primeros pasos en el mundo de la música, se acercaron un día a través de un familiar o amigo a la banda de su pueblo, donde le enseñaron las primeras nociones de solfeo, le adjudicaron un instrumento y un profesor o tutor con el que comenzó a utilizar o percutir su instrumento, introduciéndolo cuando la obra a interpretar o ensayar lo aconsejaba dentro del resto de la plantilla de músicos, y, abriéndole de esta forma, todo un mundo de conocimientos, sensaciones y cultivo personal y artístico. Muchos de estos músicos hoy en día siguen tocando con "su banda" aunque pertenezcan a conjuntos profesionales, orquestas, o impartan docencia en algún centro de educación musical.

3) El aspecto quizás más diferenciador con otros conjuntos y centros de enseñanza musical es quizás el social. Desde muy pequeños aprenden una disciplina de estudio, una organización de horarios y valores como la constancia o el sacrificio, pero siempre en compañía de amigos o familiares de su entorno cercano que le asesoran y arropan. Su integración dentro de un conjunto con estas características constructivas propicia que se desarrolle en un ambiente sano, minorando la posibilidad de conductas menos salubres. El hecho de pertenecer a una banda de música potencia valores como el trabajo y el esfuerzo conjunto, el respeto, la responsabilidad común e individual, las recompensas del trabajo y el esfuerzo bien empleado, la amistad y el compañerismo, etc.

Las subvenciones indicadas tienen la finalidad de promover el desarrollo de actividades relacionadas con el patrimonio cultural para contribuir al cumplimiento de las competencias mencionadas.

La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, establece en su artículo 2, que constituye subvención, toda disposición dineraria que cumpla una serie de requisitos, entre los que figuran:

a) Que la entrega se realice sin contraprestación directa de los beneficiarios.

b) Que la entrega esté sujeta al cumplimiento de un determinado objetivo, la ejecución de un proyecto, la realización de una actividad, la adopción de un comportamiento singular, ya realizados o por desarrollar, o la concurrencia de una situación, debiendo el beneficiario cumplir las obligaciones materiales y formales que se hubieran establecido.

c) Que el proyecto, acción, conducta o situación financiada tenga por objeto el fomento de una actividad de utilidad pública o interés social o de promoción de una finalidad pública.

VICECONSEJERÍA DE CULTURA Y DEPORTES.

I.- Introducción.

La Viceconsejería de Cultura y Deportes, además de las funciones generales que tiene atribuidas, ostenta las competencias en las siguientes áreas materiales:

* Fomento del Deporte.

* Cultura.

* Patrimonio Cultural.

El presupuesto con el que cuenta esta Viceconsejería para el ejercicio 2018, asciende a 1.818.293,00 euros. Se asignan para el capítulo IV "Transferencias Corrientes" un importe de 770.500,00 euros. Y para el capítulo VII "Transferencias de Capital" un importe de 580.000,00 euros.

El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que constituye legislación de carácter básico, establece que los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones, los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8.4.09), establece que se aprobará un plan estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

Por otra parte, el artículo 7.2 del citado Decreto determina que "El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones que, de manera motivada se determinen por parte del titular del Departamento, en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública".

De conformidad con el contenido del artículo 21.1 del texto mencionado son subvenciones directas: las nominadas, las de carácter excepcional que justifiquen que existen razones de interés público, social, económico o humanitario que dificulten su convocatoria pública y las impuestas por una norma de rango legal.

Teniendo en cuenta estas previsiones legales, se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

En el anexo de transferencias de corrientes de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30.12.17), correspondientes al programa 334A, Promoción Cultural, figuran las subvenciones nominadas siguientes:

Ver anexo en la página 14383 del documento Descargar

Asimismo, figuran referido al programa 337A Patrimonio Cultural las siguientes:

Ver anexo en las páginas 14383-14384 del documento Descargar

En el Anexo de Operaciones de Capital de la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30.12.17), figuran las siguientes subvenciones; referidas al programa 337A Patrimonio Cultural las siguientes:

Ver anexo en la página 14384 del documento Descargar

Y correspondiente al programa 334B, Infraestructura Cultural, figura la subvención nominada siguiente:

Ver anexo en la página 14384 del documento Descargar

III.- Objetivos

- Subvenciones nominadas:

Atendiendo a las competencias que se asume la Viceconsejería de Cultura y Deportes, de conformidad con el Decreto 24/2016, de 4 de abril, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, los objetivos genéricos vienen vinculados a las previsiones contenidas en el artículo 9.3.f) que obliga a "fomentar el deporte, la cultura y la conservación del patrimonio cultural en Canarias, planificar las actividades ditigidas a tal fin, así como las acciones para su promoción exterior".

Objetivos de las subvenciones previstas en el Plan:

- Academia Canaria de la Lengua: Apoyo al estudio y difusión de nuestro especial acervo lingüístico por medio de financiación de gastos corrientes.

- Real Academia de Bellas Artes San Miguel Arcángel, Real Academia de Medicina, Real Sociedad Cosmológica de Santa Cruz de La Palma, Instituto de Estudios Hispánicos de Canarias, Fundación Juan Negrín, Fundación Martín Chirino, Museo de Los Llanos de Aridane, Ayuntamiento de Mogán, Isis Bonita Love Festival, Centro de Arte Juan Ismael de Fuerteventura, MIAC de Lanzarote, Instituto de Estudios Canarios, Círculo de Bellas Artes, Ateneo de La Laguna, Apoyo Luján Pérez, Sociedad Filarmónica de Gran Canaria, Centro Coreográfico Martín Padrón de La Gomera, Centro de Arte Canario Casa Mané: Apoyo a la realización de actividades mediante la financiación de gastos corrientes.

- Actividades Socioculturales de Fomento de la Lectura; Elaboración, Promoción y Difusión de la Producción Editorial: Apoyo a las actividades socioculturales cuyo objetivo fundamental es estimular el hábito de lectura entre la población, y el impulso de la producción editorial canaria asegurando la diversidad cultural, la creación literaria y la investigación.

- Plan de Infraestructura Cultural de Fuerteventura; Apoyo a Cabildos Insulares y sus organismo autónomos.

IV.- Costes.

Ver anexo en las páginas 14385-14386 del documento Descargar

Costes de las Subvenciones nominadas.- Los fondos públicos destinados a tal fin han quedado cifrados en un total de 1.350.500,00 euros.

V.- Fuentes de financiación.

En aplicación de lo previsto en la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 (BOC nº 250, de 30.12.17), las subvenciones mencionadas en la presente memoria se financiarán con cargo a:

Sección 16 Turismo, Cultura y Deportes.

Servicio 1610 Viceconsejería de Cultura y Deportes.

* Programa 334A Promoción Cultural, las siguientes:

- Real Sociedad Cosmológica de Santa Cruz de La Palma.

- Instituto de Estudios Hispánicos de Canarias.

- Fundación Juan Negrín.

- Fundación Martín Chirino.

- Museo Los Llanos de Aridane.

- Museo Néstor.

* Programa 337A Patrimonio Cultural, las siguientes:

- Fundación Canaria de la Academia Canaria de la Lengua.

- Real Academia de Bellas Artes San Miguel Arcángel.

- Real Academia de Medicina.

- Ayuntamiento de Mogán.

- Isis Bonita Love Festival.

- Centro de Arte Juan Ismael de Fuerteventura.

- MIAC Lanzarote.

- Instituto de Estudios Canarios.

- Círculo de Bellas Artes.

- Ateneo La Laguna.

- Apoyo Luján Pérez.

- Sociedad Filarmónica de Gran Canaria.

- Centro Coreográfico Martín Padrón de La Gomera.

- Centro de Arte Canario Casa Mané La Oliva.

- Actividades socioculturales de Fomento de la Lectura.

- Elaboración, Promoción y Difusión de la Producción Editorial.

* Programa 334B, Infraestructura Cultural, la siguiente:

- Plan de Infraestructura Cultural de Fuerteventura.

VICECONSEJERÍA DE TURISMO.

I.- Introducción.

El artículo 6.1 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 68, de 8 de abril de 2009), establece que se aprobará un Plan Estratégico para cada Departamento. Por su parte el apartado 4 del mismo precepto fija, con carácter general, en tres años el periodo de vigencia, recogiendo la posibilidad de una duración diferente.

El Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes del Gobierno de Canarias fue aprobado por Orden nº 45/2016, de 9 de marzo. Este Plan está diseñado para que abarque tres anualidades, el ya finalizado ejercicio 2016 y 2017, y el actual 2018.

El artículo 7 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos y a tal fin deben referirse a los objetivos que se espera lograr con la acción institucional durante el periodo de vigencia del Plan, vinculados con los objetivos establecidos en los correspondientes programas presupuestarios y las líneas de subvención en las que se concreta el plan de actuación. A estos efectos, se deben determinar para cada línea de subvención, un conjunto de indicadores relacionados con los objetivos del Plan, que, recogidos periódicamente por los responsables de su seguimiento, permitan conocer el estado de la situación y los progresos conseguidos en el cumplimiento de los respectivos objetivos. No obstante, lo anterior, el contenido del Plan Estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en el caso que se concedan de forma directa.

Con la aprobación de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018 por la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias (BOC nº 250, de 30 de diciembre), se incorporaron, en la Sección 16 de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes, y en concreto en el Servicio 1609 de la Viceconsejería de Turismo, Programa 432 H, Planificación Turística y Sistema de Información, nuevas líneas de actuación que darán cobertura a nuevas subvenciones que no están previstas en el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para 2016/2018. Debido a que los objetivos de las mismas entran dentro de las actuaciones prioritarias de la Viceconsejería de Turismo y que cuentan con la debida cobertura presupuestaria, es necesario incluir la referida línea de subvención en el Plan Estratégico del correspondiente departamento.

Teniendo en cuenta estas previsiones se procede a redactar esta memoria tal y como a continuación se expone:

II.- Subvenciones directas.

En el anexo de Transferencias de capital de la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018, dentro de la Sección 16, Servicio 1609, correspondiente al programa que gestiona este Centro Directivo (432H), figura el nuevo proyecto de inversión que dará cobertura a la siguiente subvención que de conformidad con el contenido del artículo 21.1 del Decreto 36/2009, será directa y se debe añadir a las ya previstas en el Plan Estratégico del Departamento:

1. ACTUACIONES GARACHICO

Ver anexo en la página 14388 del documento Descargar

II.1.- Objetivos.

El programa 432H, se incardina dentro de los objetivos y estrategias de desarrollo que esta Comunidad está llevando a cabo a través de la promoción de la innovación turística mediante un programa coordinado y cofinanciado con los municipios dirigido a la creación y puesta en marcha de productos y servicios turísticos innovadores, que aportan valor diferencial a la oferta turística centrándose en las necesidades y expectativas de los turistas de los diferentes mercados emisores con presencia en Canarias.

Las líneas de actuación que se siguen en este Programa se desarrollan y priorizan a través de actuaciones orientadas a:

- Apoyar la creación de productos turísticos por las Corporaciones Locales.

- Apoyar políticas de promoción conjunta entre los sectores turísticos y culturales.

Se orientan a apostar por el desarrollo de experiencias, el fomento de los beneficios de la climatología y sus productos asociados, el fomento de la variedad, y riqueza natural, el impulso a la oferta de ocio y complementaria, todo ello para potenciar el cambio de imagen y reposicionando el destino y sus empresas en torno a elementos identitarios. Se insiste en la importancia de los aspectos identitarios como elemento de valor creciente en la demanda turística. Asimismo pretende reconocer la potencialidad del turismo cultural como generador de patrimonio y por su utilidad social y turística.

El turismo cultural permite desarrollar y consolidar activos ajenos al mercado turístico y genera numerosos efectos positivos, entre los que cabe citar el valor añadido que supone para los destinos turísticos maduros, la capacidad de generar recursos para el mantenimiento y protección de los espacios visitados, el interés añadido que genera en la población receptora por su cultura local y el hecho de que, en último término fortalece el desarrollo de políticas conjuntas entre el sector turístico y el cultural.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero.- El artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (legislación básica del Estado, como resulta del apartado 1 de la Disposición Final primera de dicha Ley), establece: "Los órganos de las Administraciones públicas o cualesquiera entes que propongan el establecimiento de subvenciones, con carácter previo, deberán concretar en un plan estratégico de subvenciones los objetivos y efectos que se pretenden con su aplicación, el plazo necesario para su consecución, los costes previsibles y sus fuentes de financiación, supeditándose en todo caso al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria". De ahí que, dado el citado Plan constituye un requisito esencial cuyo cumplimiento se exige para el establecimiento de subvenciones, nace la necesidad de contar con un Plan Estratégico de Subvenciones de este Departamento.

Segundo.- A fin de desarrollar la citada regulación básica en el ámbito de esta Comunidad Autónoma, los artículos 6 a 8 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias, regulan dichos planes (artº. 6), su contenido (artº. 7) y seguimiento (artº. 8).

Tercero.- De conformidad con lo previsto en el artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, corresponde a los titulares de los departamentos, previo informe de la Dirección General de Planificación y Presupuesto (artº. 6.5), la aprobación de los planes estratégicos.

Cuarto.- En el citado artículo 6 del citado Decreto 36/2009, de 31 de marzo, se establece que "se aprobará un plan estratégico para cada Departamento, que abarcará las subvenciones tanto de sus órganos como de los organismos y demás entes públicos a él vinculados" (artº. 6.1).

Asimismo, se prevé que "los planes estratégicos contendrán previsiones para un período de vigencia de tres años, salvo que por la especial naturaleza del sector afectado sea conveniente establecer un plan estratégico de duración diferente" (artº. 6.3).

Quinto.- El artículo 7.2 del Decreto 36/2009 determina el contenido de los Planes Estratégicos: "El contenido del plan estratégico podrá reducirse a la elaboración de una memoria explicativa de los objetivos, los costes de realización y sus fuentes de financiación en los siguientes casos:

a) Las subvenciones que se concedan de forma directa.

b) Las subvenciones, que de manera motivada, se determinen por parte del titular del Departamento en atención a su escasa relevancia económica o social como instrumento de intervención pública".

Sexto.- A tenor de lo establecido en el artículo 7.3 del Decreto 36/2009 al determinar que "Los planes estratégicos de subvenciones tienen carácter programático y su contenido no crea derechos ni obligaciones; su efectividad quedará condicionada a la puesta en práctica de las diferentes líneas de subvención, atendiendo entre otros condicionantes a las disponibilidades presupuestarias de cada ejercicio".

Séptimo.- Procede la modificación del Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para los ejercicios 2016-2018, que fue aprobado por Orden departamental nº 45, de 9 de marzo de 2016, consistente en la inclusión de nuevas líneas de subvención, cuya aplicación presupuestaria viene recogida en la Ley 7/2017, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2018.

Visto el informe favorable de la Dirección General de Planificación y Presupuesto.

En su virtud, en ejercicio de la competencia que tengo atribuida en el artículo 4.2.h) del Reglamento Orgánico de Departamento, aprobado por Decreto 24/2016, de 4 de abril.

R E S U E L V O:

Modificar el "Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Turismo, Cultura y Deportes para los ejercicio 2016-2018", aprobado por Orden de esta Consejería nº 45, de 9 de marzo de 2016, modificada por la Orden de 29 de julio de 2016, Orden de 24 de noviembre de 2016, por Orden de 17 de marzo de 2017, Orden 17 de mayo de 2017, Orden de 9 de noviembre de 2017, por Orden de 14 de diciembre de 2017 y por Orden de 29 de diciembre de 2017 en los términos expuestos en la presente Orden y su anexo.

Las Palmas de Gran Canaria, a 23 de abril de 2018.

EL CONSEJERO DE TURISMO,

CULTURA Y DEPORTES,

Isaac Castellano San Ginés.

Ver anexo en las páginas 14391-14441 del documento Descargar

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