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BOC-A-2018-081-2003.
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D./Dña. Mónica Santamaría Gutiérrez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Las Palmas de Gran Canaria y su Partido:
HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:
SENTENCIA
En Las Palmas de Gran Canaria, a 1 de febrero de 2018.
Han sido vistos y examinados por D. Juan Carlos Socorro Marrero, magistrado-juez titular del Juzgado de Primera Instancia nº Cinco de esta localidad y su partido, los autos sobre modificación de medidas seguidos con el número de orden 591/2017. Las partes de este juicio son: Dña. María Vanessa Santana León, representada por la procuradora Sra. Fernández Muñiz y defendida por el letrado Sr. Nieves García, y D. Cory Glen Spooner, demandado, en rebeldía.
FALLO
Se estima la demanda de modificación de medidas presentada por Dña. María Vanessa Santana León contra D. Cory Glen Spooner.
Se modifican las medidas aprobadas por la sentencia dictada el día 22 de marzo de 2011 en los autos 720/2010 de este Juzgado.
Se atribuye a Dña. María Vanessa Santana León, madre del menor XXXXXX, nacido el día 8 de mayo de 2006, el ejercicio exclusivo de la patria potestad de este, pudiendo, en consecuencia, solicitar en su nombre y sin necesidad de contar con el consentimiento paterno, el cambio de colegio del menor, matricular a este en otro centro escolar, la obtención del pasaporte, así como realizar otros actos de especial trascendencia para la vida del menor.
Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Cory Glen Spooner, expido y libro el presente en Las Palmas de Gran Canaria, a 4 de abril de 2018.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.
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