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BOC Nº 80. Miércoles 25 de Abril de 2018 - 1964

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA - Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona

1964 EDICTO de 23 de octubre de 2017, relativo al fallo de la sentencia dictada en los autos de juicio verbal nº 0001031/2015.

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BOC-A-2018-080-1964. Firma electrónica - Descargar

D./Dña. María Jenny Mora Romero, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 4 de Arona y su Partido:

HACE SABER: que en este Juzgado se ha dictado sentencia en los autos que luego se dirá, cuyo encabezamiento y fallo tienen el siguiente tenor literal:

SENTENCIA

Arona, a 20 de octubre de 2017.

Juez Francisco Borja Abeijón Pérez.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero.- La Procuradora de los Tribunales Dña. María José Arroyo Arroyo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Roque del Conde II, presentó escrito, el 7 de diciembre de 2015, por el que formulaba demanda de juicio verbal, por reclamación de cantidad, contra D. Sergei Rodin, D. Alexander Rodin y Dña. Elena Rodina. Todo ello en base a los hechos y fundamentos de derecho alegados en el propio escrito, terminó suplicando que se dictara sentencia conforme a sus pedimentos.

Segundo.- Turnada a este Juzgado, se admitió a trámite la indicada demanda mediante decreto de 17 de diciembre de 2015. En dicha resolución se ordenó dar traslado de la demanda y de los documentos que en ella se acompañan a la parte demandada, para que en el plazo de 10 días presentara contestación a la misma. Todo ello, con las correspondientes advertencias legales.

Tercero.- El 23 de septiembre de 2016, se dictó diligencia de ordenación por parte de este Juzgado, en virtud de la cual se declaraba en situación de rebeldía procesal a la parte demandada.

Cuarto.- La Procuradora de los Tribunales Dña. María José Arroyo Arroyo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Roque del Conde II, presentó escrito, el 13 de septiembre de 2017, en virtud del cual solicitaba que se dictara sentencia sin la necesidad de celebrar vista.

Quinto.- Mediante diligencia de ordenación de 18 de octubre de 2017, se pasaron las actuaciones para resolver.

FALLO

Se estima íntegramente la demanda interpuesta por la Procuradora de los Tribunales Dña. María José Arroyo Arroyo, en nombre y representación de la Comunidad de Propietarios Roque del Conde II, contra D. Sergei Rodin, D. Alexander Rodin y Dña. Elena Rodina, y, por tanto, se condena, de forma solidaria, a D. Sergei Rodin, D. Alexander Rodin y Dña. Elena Rodina a pagar tres mil cuatrocientos treinta y dos euros (3.442 euros) a favor de la Comunidad de Propietarios Roque del Conde II; así como el interés legal de dicha cantidad, que se devenga desde la interposición de la demanda, el 7 de diciembre de 2015.

Todo ello con imposición de costas a la parte demandada.

Notifíquese esta resolución a las partes y hágaseles saber que contra la misma cabe recurso de apelación, que se interpondrá en este Juzgado en el plazo de veinte días desde la notificación de la presente resolución. Asimismo será necesario para poder interponer el recurso, salvo que el recurrente tenga reconocido el derecho a la asistencia jurídica gratuita, constituir depósito por importe de 50 euros mediante consignación en la oportuna entidad de crédito y en la cuenta de depósitos y consignaciones abierta a nombre del Juzgado, lo que deberá ser acreditado.

Expídase testimonio para incorporarlo a las actuaciones, llevándose el original al libro de sentencias.

Así, por esta mi sentencia, en primera instancia, lo acuerdo, mando y firmo.

PUBLICACIÓN.- La sentencia precedente fue publicada en legal forma el día de su fecha, incorporándose al Libro de sentencias de este Juzgado con el número que consta.

Y para que sirva de notificación al demandado en paradero desconocido D./Dña. Sergey Rodin, Alexander Rodin y Elena Rodina, expido y libro el presente en Arona, a 23 de octubre de 2017.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia.

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