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BOC Nº 80. Miércoles 25 de Abril de 2018 - 1955

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I. DISPOSICIONES GENERALES - Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento

1955 ORDEN de 16 de abril de 2018, por la que se aprueban las bases reguladoras que han de regir la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y edificios residenciales, cofinanciadas con el FEDER en el ámbito del Programa Operativo de Canarias.

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BOC-A-2018-080-1955. Firma electrónica - Descargar

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Dentro de la estrategia de desarrollo de Canarias se establece como meta u objetivo global la promoción del desarrollo sostenible de la Comunidad Autónoma procurando la consolidación de una economía competitiva y de pleno empleo que, siendo respetuosa con el medio ambiente y los valores naturales del territorio insular, permita aumentar la cohesión social y territorial del archipiélago, la calidad de vida de sus ciudadanos y la convergencia real con la Unión Europea, para lo cual se han definido una serie de objetivos entre los que figuran la mejora de la eficiencia energética y la integración de la perspectiva medioambiental en todas las actuaciones relacionadas con el consumo y la producción de energía, con la finalidad de contribuir al crecimiento sostenible.

En este sentido, el Reglamento (UE) 1301/2013, del Parlamento y del Consejo, de 17 de diciembre, sobre el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, establece en su artículo 5, entre sus prioridades de inversión, la subvencionabilidad de las inversiones destinadas a favorecer el paso a una economía de bajo nivel de emisión de carbono en todos los sectores.

El Gobierno de Canarias, a través de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, como Departamento que asume las competencias en materia de energía, y con la cofinanciación del FEDER, en el marco del correspondiente Programa Operativo de Canarias (P.O.C.), ha venido desarrollando en los últimos años un programa de subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables.

El P.O.C. 2014-2020, aprobado mediante Decisión de la Comisión C (2015) 5853, de 13 de agosto de 2015, y modificado por Decisión C (2017) 8956, de 19 de diciembre de 2017, establece, dentro de las prioridades de inversión (PI) del eje prioritario EP4 "Favorecer el paso a una economía baja en carbono en todos los sectores", la PI 4 b) "fomento de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las empresas" y la PI 4 c) "Apoyo de la eficiencia energética, de la gestión inteligente de la energía y del uso de energías renovables en las infraestructuras públicas, incluidos los edificios públicos, y en las viviendas".

En este sentido, desde la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, se considera oportuno modificar la filosofía existente hasta ahora y aunar en un solo programa el apoyo a la eficiencia energética y el uso de las energías renovables, en coherencia con las prioridades de inversión del P.O.C. que se cita en el párrafo anterior.

El régimen jurídico general de las subvenciones otorgadas por la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias viene regulado por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, en la Ley 11/2006, de 11 de diciembre, de la Hacienda Pública Canaria, y en el Decreto 36/2009, de 31 de marzo, modificado mediante Decreto de 5/2015, de 30 de enero, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias.

De conformidad a lo dispuesto en el artículo 9.1 del Decreto 36/2009, es competencia de los titulares de los Departamentos de la Comunidad Autónoma establecer las oportunas bases reguladoras para la concesión de subvenciones.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 22 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el procedimiento de concesión se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, correspondiendo a los titulares de los Departamentos la competencia para aprobar y efectuar las convocatorias, de conformidad con lo establecido en el artículo 14 del Decreto 36/2009, modificado mediante Decreto 5/2015.

Por otro lado, en el artículo 14.6 del Decreto 36/2009, de 31 de marzo, por el que se establece el régimen general de subvenciones de la Comunidad Autónoma de Canarias modificado por Decreto 5/2015, de 30 de enero, se indica que siempre que se haya previsto en las bases reguladoras se podrán realizar convocatorias abiertas.

Asimismo, en el artículo 16.5 de este Decreto, se establece que se podrá establecer un procedimiento simplificado de concurrencia competitiva.

Las subvenciones que regulan las presentes bases se enmarcan en el Programa Operativo FEDER de Canarias 2014-2020, eje prioritario EP4, prioridad de inversión 4b con los objetivos específicos 4.2.1 y 4.2.2, mejorando la eficiencia energética y aumentando el uso de las energías renovables en los edificios y en las infraestructuras de las empresas, y 4c con los objetivos específicos 4.3.1 y 4.3.2, mejorando la eficiencia energética y aumentando el uso de las energías renovables en la edificación de uso residencial.

En el caso de que los beneficiarios sean entidades que tengan la condición de empresas, el régimen de ayudas regulados por la presente Orden se considera compatible con el mercado común por acogerse al Reglamento (UE) nº 651/2014, de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado, en particular los artículos 38 "Ayudas a la inversión destinadas a medidas de eficiencia energética en empresas" y 41 "Ayudas a la inversión para la promoción de la energía procedente de fuentes renovables en empresas".

No obstante, las ayudas a la inversión para proyectos de eficiencia energética de edificios en empresas, se regirán por lo dispuesto en el Reglamento UE 1407/2013, de 18 de diciembre de 2013, relativo a la aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la UE (TFUE), en el que se regulan los requisitos que debe reunir una ayuda de Estado para que se pueda considerar una ayuda autorizada por la Comisión Europea, dada por el Estado a una empresa, sin que sea necesario ni la comunicación de esta ni la autorización de la Comisión, conforme a lo dispuesto dentro de los artículos 107 y 108 del TFUE.

Las subvenciones reguladas por la presente Orden se enmarcan en el Plan Estratégico de Subvenciones para el periodo 2017-2019 aprobado por Orden nº 16/2017, de 27 de enero, de la Consejería de Economía, Industria, Comercio y Conocimiento, y modificado por Órdenes nº 61/2017, de 28 de marzo, nº 148/2017, de 11 de julio, nº 248/2017, de 27 de diciembre y nº 41/2018, de 13 de marzo.

En su virtud, a iniciativa de la Dirección General de Industria y Energía y a propuesta de la Secretaría General Técnica de este Departamento,

D I S P O N G O:

Artículo 1º.- Aprobar las bases reguladoras, que han de regir la concesión de subvenciones para la mejora de la eficiencia energética y el uso de energías renovables en empresas y en edificios residenciales, quedando las mismas redactadas como se indica en el Anexo I.

Artículo 2º.- Aprobar los modelos de Anexo II "Solicitud y Previsión de ingresos y gastos", Anexo III "Datos de la instalación y presupuesto", Anexo IV "Aceptación de la subvención concedida", Anexo V "Justificación de la actuación subvencionada", Anexo VI "Declaración FEDER" y Anexo VII "Relación clasificada de gastos y otros ingresos o subvenciones". Estos modelos se mantendrán durante toda la vigencia de estas bases salvo que se indique lo contrario en las sucesivas convocatorias.

Disposición derogatoria única.- Derogación de normativa.

Queda derogada la Orden de 22 de diciembre de 2016, por la que se aprueban las bases reguladoras por las que se regirán las subvenciones destinadas a instalaciones de energías renovables, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 253, de 30 de diciembre de 2016.

Disposición final única.- Entrada en vigor.

La presente Orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, a 16 de abril de 2018.

EL CONSEJERO DE ECONOMÍA, INDUSTRIA,

COMERCIO Y CONOCIMIENTO,

Pedro Ortega Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 13739-13779 del documento Descargar

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