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BOC Nº 64. Martes 3 de Abril de 2018 - 1533

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas

1533 Secretaría General Técnica.- Resolución de 16 de marzo de 2018, por la que se dispone la publicación de la Adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, el Cabildo Insular de El Hierro, la Sociedad Cooperativa Campo de Frontera y Frutas de El Hierro SAT 377/05 para la realización de un proyecto de regeneración y modernización del cultivo de la piña tropical en la isla de El Hierro, por la que se prorroga el plazo para realizar y justificar la anualidad 2017.

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BOC-A-2018-064-1533. Firma electrónica - Descargar

Suscrito el día 29 de diciembre de 2017, la adenda del Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, el Cabildo Insular de El Hierro, la Sociedad Cooperativa Campo de Frontera y Frutas del Hierro SAT 377/05 para la realización de un proyecto de regeneración y modernización del cultivo de la piña tropical en la isla de El Hierro, por la que se prorroga el plazo para realizar y justificar la anualidad 2017.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.2 de la Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública, y en el artículo 13 del Decreto 74/2014, de 26 de junio, por el que se regula la actividad convencional del sector público de la Comunidad Autónoma de Canarias, en su redacción dada por el Decreto 89/2015, de 22 de mayo,

R E S U E L V O:

Único.- Publicar en el Boletín Oficial de Canarias la Adenda que figura como anexo a esta Resolución.

Santa Cruz de Tenerife, a 16 de marzo de 2018.- La Secretaria General Técnica, Pilar Herrera Rodríguez.

A N E X O

ADENDA DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, GANADERÍA, PESCA Y AGUAS, EL CABILDO INSULAR DE EL HIERRO, LA SOCIEDAD COOPERATIVA CAMPO DE FRONTERA Y FRUTAS DEL HIERRO SAT 377/05 PARA LA REALIZACIÓN DE UN PROYECTO DE REGENERACIÓN Y MODERNIZACIÓN DEL CULTIVO DE LA PIÑA TROPICAL EN LA ISLA DE EL HIERRO, POR LA QUE SE PRORROGA EL PLAZO PARA REALIZAR Y JUSTIFICAR LA ANUALIDAD 2017.

En Santa Cruz de Tenerife, a 29 de diciembre de 2017.

REUNIDOS

De una parte, actuando en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias, el Excmo. Sr. D. Alejandro Narvay Quintero Castañeda, Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, según nombramiento efectuado por Decreto del Presidente nº 105/2015, de 9 de julio (BOC nº 133, de 10.7.15), actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artículo 29.1.k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias.

De otra parte, actuando en nombre y representación del Cabildo Insular de El Hierro, la Excma. Sra. Dña. María Belén Allende Riera, Presidenta del Cabildo Insular de El Hierro, actuando conforme a las atribuciones que le confiere el artº. 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, así como la autorización del Consejo de Gobierno Insular de 28 de diciembre de 2017, según consta en certificado del Secretario Accidental del Cabildo Insular.

D. Pedro Miguel Acosta Padrón, actuando en nombre y representación de la Sociedad Cooperativa Campo de Frontera, NIF F38023545, designado Presidente en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 20 de julio de 2012, actuando en nombre y representación de la misma, conforme a las atribuciones conferidas en sus Estatutos.

D. Pablo Valentín Carmona Martín, actuando en nombre y representación de Frutas del Hierro SAT 377/05, NIF F38515, designado Presidente en la Asamblea General Ordinaria celebrada el 31 de marzo de 2015, actuando en nombre y representación de la misma, conforme a las atribuciones conferidas en virtud del artículo 12.1.a) de sus Estatutos.

Las partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, se reconocen mutua y recíprocamente la capacidad legal necesaria para suscribir la presente adenda del Convenio, a cuyo efecto,

EXPONEN

Primero.- La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, el Cabildo Insular de El Hierro y las entidades Sociedad Cooperativa Campo de Frontera y Frutas del Hierro SAT 377/05, suscribieron, con fecha 14 de septiembre de 2017, un Convenio de Colaboración para la ejecución de un proyecto de regeneración y modernización del cultivo de la piña tropical en la isla de El Hierro.

Segundo.- La cláusula cuarta, punto 1, letra f) del Convenio establece que el Cabildo Insular de El Hierro estará obligado a realizar y justificar el pago de las actuaciones en la siguientes plazos y forma:

* anualidad 2017: deberá aplicar los fondos abonados antes de 31 de diciembre de 2017, y se justificará en el primer trimestre de 2018.

* anualidad 2018: deberá aplicar los fondos abonados antes de 31 de diciembre de 2018 y se justificará en el primer trimestre de 2019.

* anualidad 2019: deberá aplicar los fondos abonados y se justificará antes de 31 de diciembre de 2019.

Asimismo, el punto 2, letra a), de la misma cláusula cuarta dispone que la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas se obliga a abonar al Cabildo Insular de El Hierro, la cantidad de un millón cincuenta mil (1.050.000,00) euros con cargo a la aplicación presupuestaria 13.10.412B.760.00.00.177G0023 "Regeneración y modernización cultivo Piña Tropical" de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias.

El importe total se distribuirá en las siguientes anualidades y cuantías:

- anualidad 2017: trescientos cincuenta mil (350.000,00) euros.

- anualidad 2018: trescientos cincuenta mil (350.000,00) euros.

- anualidad 2019: trescientos cincuenta mil (350.000,00) euros.

El abono de las anualidades se efectuará de los siguientes términos:

- Anualidad 2017, en concepto de anticipo a la firma del Convenio.

- Anualidad 2018, en concepto de anticipo en el primer trimestre de 2018, previa justificación de la anualidad 2017, al menos en un 50% de su importe total. En el supuesto que se prorrogara el plazo de realización y justificación de la anualidad 2017 se suspenderá el abono anticipado de la anualidad 2018, hasta que se acredite la realización y justificación correspondiente a la anualidad 2017.

- Anualidad 2019, en concepto de anticipo en el primer trimestre de 2019, previa justificación de la anualidad 2018, al menos en un 50% de su importe total. En el supuesto que se prorrogara el plazo de realización y justificación de la anualidad 2018 se suspenderá el abono anticipado de la anualidad 2019, hasta que se acredite la realización y justificación correspondiente a la anualidad 2018.

Tercero.- El Cabildo Insular de El Hierro ha solicitado por escrito de 16 de octubre de 2017, la ampliación del plazo establecido para realizar y justificar la anualidad 2017, ante la imposibilidad de ejecutar las inversiones correspondientes.

Cuarto.- El Acuerdo de Gobierno de 20 de febrero de 2017 por el que se modifica el Acuerdo de Gobierno de 22 de febrero de 2016, por el que se aprueban los criterios generales y medidas que conforman el marco de referencia para la asignación y el uso eficiente de los recursos públicos en el sector público autonómico, establece que para las subvenciones, aportaciones dinerarias o encomiendas cofinanciadas con cargo a los Programas Operativos FEDER Canarias, FSE Canarias, Empleo Juvenil, Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca (FEMP), Programa de Desarrollo Rural de Canarias (FEADER) del período 2014-2020, se podrá establecer abono anticipado, siempre que no dispongan de recursos suficientes para financiar transitoriamente la ejecución de la actividad, con arreglo a alguna de las siguientes opciones:

* Abono total únicamente cuando la ejecución y justificación de la actividad o realización de la inversión se produzca dentro del ejercicio presupuestario en que se concede.

* Abonos parciales ajustados a la duración y ritmo de ejecución del proyecto conforme al cumplimiento de fases e hitos identificados en el proyecto aprobado, supeditando cada nuevo pago a la justificación del pago anterior en al menos un 50% de su importe total, siempre que el plazo de ejecución de cada abono no supere los 6 meses desde la solicitud del mismo.

Si se prorrogaran los plazos de realización y justificación respecto a alguno de los anticipos concedidos se deberá suspender la autorización de nuevos abonos anticipados hasta que se acredite su cumplimiento.

Quinto.- La cláusula sexta del Convenio establece el plazo de vigencia del mismo hasta 31 de diciembre de 2019.

Sexto.- Visto que el Convenio se firmó en el mes de septiembre y dada la naturaleza de las inversiones, se estima que no será posible acometer la totalidad de las inversiones correspondientes a la anualidad de 2017 en este ejercicio.

Considerando las circunstancias expuestas, interesa a todas las partes prorrogar el plazo para realizar y justificar las actuaciones correspondientes a la anualidad 2017.

Séptimo.- Visto que en el Convenio suscrito entre las partes está prevista la prórroga del plazo para realizar y justificar la anualidad 2017, así como lo dispuesto en el Acuerdo de Gobierno de 20 de febrero de 2017, las partes consideran oportuno prorrogar el plazo para realizar y justificar las actuaciones correspondientes a la anualidad 2017 hasta 31 de diciembre de 2018.

Por todo lo anteriormente expuesto, las partes

ACUERDAN

Único.- Prorrogar el plazo de realización y justificación de las actuaciones o proyectos de la anualidad 2017 hasta el 31 de diciembre de 2018.

Y para que así conste, en prueba de conformidad, las partes firman el presente documento, por triplicado ejemplar y a un único efecto, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento.- El Consejero de Agricultura, Ganadería, Pesca y Aguas, Alejandro Narvay Quintero Castañeda.- La Presidenta del Cabildo Insular de El Hierro, María Belén Allende Riera.- El Presidente de la Sociedad Cooperativa Campo de Frontera, Pedro Miguel Acosta Padrón.- El Presidente de Frutas del Hierro SAT 377/05, Pablo Valentín Carmona Martín.

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