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BOC Nº 60. Lunes 26 de Marzo de 2018 - 1431

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III. OTRAS RESOLUCIONES - Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda

1431 Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia.- Resolución de 2 de marzo de 2018, por la que se resuelve la presentación por parte de entidades privadas sin ánimo de lucro de propuestas para la implementación de programas de atención a jóvenes extutelados en la Comunidad Autónoma de Canarias.

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BOC-A-2018-060-1431. Firma electrónica - Descargar

Conforme a lo dispuesto en artículo 10 de la Ley 1/1997, de 7 de febrero, de Atención Integral a los Menores, la Comunidad Autónoma de Canarias, a través del Departamento competente en materia de su atención, asume la responsabilidad de desarrollar programas de atención a jóvenes extutelados en virtud de lo dispuesto en el artículo 22 bis de la Ley 26/2015, de modificación del Sistema de Protección a la Infancia y a la Familia, debiendo llevar a cabo para ello la regulación y el establecimiento de los recursos, servicios y programas adecuados para garantizar la atención a estos jóvenes.

El Decreto 103/2015, de 9 de julio, del Presidente, por el que se determinan el número, denominación y competencias de las Consejerías, establece en su artículo 3 que la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda asume las competencias que legal y reglamentariamente tenía atribuidas la Consejería de Cultura, Deportes, Políticas Sociales y Vivienda en materia de políticas sociales y vivienda. Asimismo el Reglamento Orgánico de la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda, aprobado por Decreto 124/2016, de 19 de septiembre, Boletín Oficial de Canarias nº 188, de 27 de septiembre de 2016, establece en su artículo 17 las competencia generales y específicas de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia.

La citada la Ley 1/1997 prevé en su artículo 10.2.b) que la Consejería competente en materia de infancia y familia podrá suscribir convenios con otras Administraciones públicas, instituciones y entidades públicas o privadas relativas a planes, programas, servicios o actividades y medios de atención a menores.

La Administración Pública de la Comunidad Autónoma Canaria a través de la Dirección General de Protección a la Infancia y a la Familia se encuentra en proceso de modificación de la referida Ley 1/1997, con el fin de ampliar el concepto "menor" para que este sea inclusivo respecto a los menores extutelados, ya que la citada Ley 26/2015, obliga a la Entidad Pública a preparar para la vida independiente a los jóvenes que están bajo una medida de protección o en situación de especial vulnerabilidad, desde dos años antes de su mayoría de edad y "una vez cumplida esta, siempre que lo necesiten", obligando a la Administración a ofertar programas que propicien seguimiento socioeducativo, alojamiento, inserción sociolaboral, apoyo psicológico y ayudas económicas.

Ante este nuevo marco normativo y la realidad socioeconómica del colectivo de jóvenes extutelados, la Consejería de Empleo, Políticas Sociales y Vivienda presentó un programa para la Atención a Jóvenes Extutelados con el fin de que fuese incluido en la financiación del FSE. Finalmente el 17 de diciembre de 2015 fue aprobado el Plan Operativo 2014-2020.

El Reglamento (UE) nº 1303/2013, del Parlamento Europeo y el Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se establecen disposiciones comunes relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión, al Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y por el que se establecen disposiciones generales relativas al Fondo Europeo de Desarrollo Regional, al Fondo Social Europeo, al Fondo de Cohesión y al Fondo Europeo Marítimo y de la Pesca, y se deroga el Reglamento (CE) nº 1083/2006, del Consejo, en su artículo 9, fija los objetivos temáticos que apoyará a fin de contribuir a la estrategia de la Unión para un crecimiento inteligente, sostenible e integrador, así como a las misiones específicas de los Fondos con arreglo a sus objetivos basados en el Tratado. Entre estos objetivos se encuentra: "Promover la inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación".

Por otra parte el Reglamento (UE) nº 1304/2013, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo al Fondo Social Europeo y por el que se deroga el Reglamento (CE) nº 1081/2006, del Consejo, en su artículo 3 dispone que para lograr el objetivo temático anteriormente indicado, apoyará entre otras, la siguiente prioridad de inversión: "La inclusión activa, en particular con vistas a la igualdad de oportunidades, la participación activa y la mejora de la empleabilidad".

En virtud de lo anteriormente expuesto el objetivo final de este programa será lograr la integración social y laboral de las y los jóvenes, de forma que consigan su plena autonomía y responsabilidad, siendo los destinatarios con carácter general jóvenes extutelados, tanto en acogimiento residencial como familiar.

La Comunidad Autónoma de Canarias no tiene regulado este tipo de programas y en aras de garantizar un mayor nivel de transparencia y concurrencia en el proceso de selección de las entidades que pueden colaborar con el sector público en la ejecución del programa de atención a jóvenes extutelados, dando además la oportunidad a la presentación de propuestas novedosas en este ámbito, resultó procedente ofrecer la posibilidad a tales entidades de que presentaran propuestas de colaboración sin que ello comportase, no obstante, una obligación por parte de esta Administración de suscribir finalmente convenios de colaboración con las entidades proponentes.

Por todo ello, mediante Resolución de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia de 12 de julio de 2017, publicada en el Boletín Oficial de Canarias nº 140, de 21 de julio de 2017, se abrió un plazo de veinte días hábiles para la presentación por parte de entidades privadas sin ánimo de lucro, de propuestas para la implementación de Programas de Atención a Jóvenes Extutelados en la Comunidad Autónoma de Canarias, cofinanciado en un 85% por el Fondo Social Europeo.

Estas propuestas se enmarcarán dentro del Programa Operativo FSE de Canarias, cofinanciado con un porcentaje del 85% por el Fondo Social Europeo, para el periodo 2014-2020, concretamente en el eje prioritario 2 "Promover la Inclusión social y luchar contra la pobreza y cualquier forma de discriminación", objetivo específico 9.1.1 "Mejorar la inserción socio-laboral de personas en situación o riesgo de exclusión social, a través de la activación y de itinerarios integrados y personalizados de inserción".

El crédito destinado a financiar las propuestas seleccionadas se hará efectivo a través de la aplicación presupuestaria 23.17.231H.2297600 Fondos Europeos Programas Operativos 2014-2020, del Presupuesto de Gastos de la Dirección General de Protección a la Infancia y la Familia, que cuenta con una dotación económica de 500.000 euros.

Finalizado el plazo de presentación de propuestas establecido en el apartado primero de la parte resolutiva de la Resolución de 12 de julio de 2017 y una vez, cumplimentado el trámite previsto en el punto 3 de la condición 4ª de participación, relativa a la subsanación de solicitudes, previo requerimiento acordado en la citada Resolución, la Comisión de Valoración evaluó los proyectos presentados aplicando, para ello, los criterios establecidos en la condición 6ª de participación y, emitió Acta de la valoración realizada con fecha 31 de enero de 2018.

Según consta en el expediente, son 11 las entidades privadas sin ánimo de lucro que han presentado propuestas para la implementación de Programas de Atención a Jóvenes Extutelados en la Comunidad Autónoma de Canarias, según consta en Anexo I.

Por todo lo anterior, previa aprobación del Acta nº 2 de la Comisión de Valoración y a propuesta del Servicio de Programas de Prevención y Protección de Menores,

R E S U E L V O:

Primero.- Aprobar el resultado de la baremación de los programas presentados por las entidades que constan en el Anexo II a la presente Resolución.

Segundo.- Proponer la suscripción de un Convenio de Colaboración con el fin de implementar el Programa de Atención a Jóvenes Extutelados en el ámbito la Comunidad Autónoma de Canarias conforme a las condiciones de participación que figuran en el anexo de la Resolución de 12 de julio de 2017, con la entidad Mensajeros de la Paz Canarias por haber obtenido la puntuación más alta del baremo que se recoge en el citado Anexo II.

Tercero.- Proponer la suscripción de un Convenio de Colaboración con el fin de implementar el Programa Súmate-Centro de Día para Jóvenes Extutelados con Características Especiales, en el ámbito la Comunidad Autónoma de Canarias conforme a las condiciones de participación que figuran en el anexo de la Resolución de 12 de julio de 2017, con la entidad Asociación SUMAS por tratarse de la única entidad que presentó un proyecto destinado a atender al colectivo de jóvenes extutelados con características especiales.

Cuarto.- Desestimar la propuesta de la entidad PROMEPAL, por no alcanzar la puntuación mínima de 15 puntos, según lo establecido en la condición 6ª de participación.

Quinto.- Las entidades solicitantes que reuniendo los requisitos establecidos en las condiciones de participación, no hubiesen resultado seleccionadas, por haberse agotado la dotación presupuestaria, quedarán establecidas en una lista de reserva, según la puntuación obtenida, para futuros ejercicios en función de la disposición económica existente y de las necesidades técnicas de este Centro Directivo.

La presente Resolución no pone fin a la vía administrativa. Contra la misma cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Políticas Sociales y Vivienda en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de Canarias, de acuerdo con lo establecido en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Santa Cruz de Tenerife, a 2 de marzo de 2018.- La Directora General de Protección a la Infancia y la Familia, Carmen Morales Rodríguez.

Ver anexo en las páginas 10123-10135 del documento Descargar

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